Cultura

Quemar obra de Frida Kahlo es un delito: Inbal

El Inbal desmiente donativos al Palacio de Bellas Artes

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Ciudad de México.- En México la destrucción deliberada de una obra artística es un delito. La Secretaría de Cultura y el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (Inbal) fijaron su posición sobre la destrucción de la obra “Fantasmones siniestros”, de la pintora Frida Kahlo.

En un comunicado el Inbal recordó que en nuestro país la destrucción deliberada de un monumento artístico constituye un delito en términos de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.

Toda la obra de Frida Kahlo fue declarada Monumento Artístico en 1984, ya sea propiedad de la nación o de particulares.

Y es que en la red surgió la controversia esta semana debido a que un coleccionista privado, llamado Martin Mobarak, aparece en un video difundido en redes sociales quemando un dibujo de Frida Kahlo, “Fantasmones siniestros”, con la intención de digitalizar las cenizas y venderlas como NFT.

NFT son las siglas en inglés de non-fungible token o token no fungible, activos digitales que no pueden ser reemplazados debido a sus propiedades únicas. Los NFT suelen tener una relación estrecha con las criptomonedas.

El coleccionista afirmó que con las ganancias realizaría una donación al Inbal, cosa que desmintió y rechazó el Instituto. El dibujo está valuado en 10 millones de dólares.

“Se desmiente que recintos de este Instituto, como el Palacio de Bellas Artes y/o el Museo del Palacio, recibirán donación alguna por parte de dicho coleccionista, como lo ha difundido públicamente”.

Y agrega:

“El Instituto en todo momento acatará lo establecido en los términos de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos (LFMZAAH), su Reglamento y del Decreto por el que se declara monumento artístico toda la obra de la artista mexicana Frida Kahlo Calderón, incluyendo la obra de caballete, la obra gráfica, los grabados y los documentos técnicos que sean propiedad de la nación o de particulares, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 18 de julio de 1984.

En México la destrucción deliberada de un monumento artístico constituye un delito en términos de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos”.

Informaron que recaban toda la información necesaria para establecer con certeza si se trató de la destrucción de la obra original o una reproducción tilizada para fines comerciales.

npq

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