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Aprueban reformas a la Ley de Telecomunicaciones

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México.— El Senado de la República aprobó las reformas enviadas de la Cámara de Diputados a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

El dictamen, según los legisladores, busca centrar la actuación del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) en temas que beneficien a las audiencias y los consumidores, y de esta manera evitar su distracción en asuntos ajenos a su objetivo que puedan ser motivo de polémica en cuanto a la libertad de expresión.

En la minuta, se establece que la derogación de la figura de suspensión precautoria de transmisiones se considera adecuada, ya que el Estado no debe tener mecanismos o herramientas que puedan suspender las transmisiones y, mucho menos, so pretexto de querer excluir contenidos.

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Al Instituto le corresponderá ejercer las facultades de vigilancia en materia de derechos de las audiencias y, en su caso, imponer las sanciones correspondientes, así como ordenar la suspensión precautoria de las transmisiones que violen las normas previstas en la ley, sin que esta facultad se aplique a programas noticiosos.

El IFT ya no podrá ordenar la suspensión precautoria de las transmisiones que violen las normas previstas en esta ley.

Cada concesionario deberá emitir un Código de Ética y no estará sujeto a convalidación o a la revisión previa o posterior del Instituto o de otra autoridad; asimismo, designarán libremente al defensor de la audiencia.

Los senadores también establecieron proteger los derechos de las audiencias, con la precisión de que éstos no pueden limitar ni restringir cualquier otro derecho, por lo cual consideraron impreciso limitar el ejercicio de la libertad de expresión para imponer en pro de las audiencias, mecanismos que regulen contenidos y formas de hacer dichos contenidos.

La minuta deroga el párrafo del artículo 256 que pide diferenciar “con claridad la información noticiosa de la opinión de quien la presenta”.

Además, deja que los concesionarios determinen su propia autorregulación, que será “vigilada” por el IFT, con supervisión de la Secretaría de Gobernación.

El presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, Miguel Romo Medina, dijo que esta minuta impulsa una regulación más óptima sobre los derechos de las audiencias, frente a los sujetos obligados, ya que propone un marco de protección y equilibrio respecto de la libertad de expresión.

Indicó que se establece que el IFT deberá garantizar que los concesionarios de uso comercial, público y social, cuenten con plena libertad de expresión, programática, editorial y evitar cualquier tipo de censura previa sobre sus contenidos.

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Por su parte el senador Alejandro Encinas, dijo que esta Ley debilita las defensorías de las audiencias, sus derechos y reduce la protección para niñas y niños en contenidos de violencia y discriminación.

“En materia de vigilancia y en lo relativo a los derechos de las audiencias permite que el IFT deje de sancionar a los concesionarios cuando no pongan a disposición de las audiencias sus mecanismos de defensa; les exime de nombrar al defensor de audiencias y tampoco les exige que emitan códigos de ética”, puntualizó.

JAHA

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