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Aprueban reformas a ley de telecomunicaciones

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Ciudad de México.— La Cámara de Diputados aprobó con 288 votos a favor, 114 en contra y 18 abstenciones un dictamen que reforma la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, para establecer como derecho de las audiencias “que los concesionarios se abstengan de transmitir publicidad o propaganda presentada como información periodística o noticiosa”.

Se aprobó también la eliminación de la obligación de que los códigos de ética de los concesionarios de radio y televisión se ajusten a los lineamientos del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), y para establecer que la designación de los defensores de las audiencias la harán los propios concesionarios sin opinión de dicho Instituto.

Luego de una larga discusión, los legisladores aprobaron las adiciones de varios artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.  Además de que se presentó una adenda, para hacer precisiones y modificaciones.

El diputado del PRD Guadalupe Acosta Naranjo reprochó el ‘fast track’ con lo que se realizó la aprobación del dictamen “no, no, no, delfines no. Delfines no, compañeros, que aquí trajo este tema meses y meses con una pasión enorme a todo mundo debatiendo sobre los delfines, pero hoy que estamos discutiendo sobre la regulación de los principales monopolios televisivos, nosotros, ni siquiera se expone el dictamen, se presenta la iniciativa el 30 de marzo y antes de un mes ya está aquí, en un fast track vertiginoso”.

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Dentro de las reformas se estableció que entre los derechos de las audiencias está “que los concesionarios se abstengan de transmitir publicidad o propaganda presentada como información periodística o noticiosa”.

El dictamen reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de los artículos 15, 216, 256, 259, 260, 261, 297 y 311 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

Originalmente el dictamen también consideraba reformas a los artículos 17 y 228, pero al iniciar su discusión ante el pleno, la junta directiva de la Comisión de Radio y Televisión presentó una adenda para hacer precisiones y modificaciones, entre ellas dejar la redacción actual de estos dos preceptos.

Se reforma el Artículo 256 para indicar, en la fracción IV, que entre los derechos de las audiencias está “que los concesionarios se abstengan de transmitir publicidad o propaganda presentada como información periodística o noticiosa”.

Este artículo también se modifica para indicar que los códigos de ética de los concesionarios, bajo el principio de autorregulación, tendrán el propósito de informar al público de forma detallada cómo el concesionario se compromete a respetar y promover los derechos de las audiencias.

También para precisar que el código de ética lo emitirá libremente cada concesionario y no estará sujeto a convalidación o revisión del IFT, de autoridad, ni a criterios, directrices, lineamientos o cualquier otra regulación.

Se reforma la fracción LIX del Artículo 15, para estipular que entre las atribuciones del IFT está “ejercer las facultades de vigilancia en materia de derechos de las audiencias”, para, en su caso, imponer sanciones económicas a los concesionarios y defensores de las audiencias.

ebv

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