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Constitucionalista advierte ilegalidades en el Senado

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México.— El abogado constitucionalista, doctor y profesor de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM), Elisur Arteaga Nava, acusó a la fracción de Morena en el Senado de violar la Constitución, sus leyes, reglamentos y prácticas parlamentarias.

Por medio de un artículo publicado en el semanario Proceso, el abogado aseguró que con “la licencia a Manuel Velasco Coello”, el partido que llevó a Andrés Manuel López Obrador a la Presidencia ha colmado el vaso de ilegalidades.

Arteaga Nava, profesor del Departamento de Derecho de la UAM, denunció que las violaciones a las leyes perpetradas por Morena “son reiteradas y groseras; son de antes y de ahora”. Afirma que la presencia de Nestora Salgado García y Napoleón Gómez Urrutia en el Senado de la República viola el artículo 32 constitucional.

“El ejercicio de los cargos y funciones para los cuales, por disposición de la presente Constitución, se requiere ser mexicano por nacimiento, se reserva a quienes tengan esa calidad y no adquieran otra nacionalidad”, y explica: “Es público y notorio que la señora Salgado y el señor Gómez, aparte de la mexicana, cuentan con la nacionalidad estadounidense y la canadiense, respectivamente; no han renunciado a ellas.

En derecho público existe el principio de que las normas que contienen prohibiciones deben ser interpretadas de tal manera que se hagan operantes y no limitantes de lo que deriva la ley, o que se desvirtue. No es válido interpretarlas con el propósito de eludir la prohibición”.

Pero no son el único caso

El también miembro del Sistema Nacional de Investigadores asegura que “en aplicación del mismo principio de interpretación, los señores Manuel Velasco Coello y Miguel Ángel Mancera no pueden ser senadores. Haberlo permitido fue violatorio del artículo 55, en su fracción V constitucional, según la cual los gobernadores de los estados y el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México no podrán ser electos en las entidades de sus respectivas jurisdicciones durante el periodo de su encargo, aun cuando se separen definitivamente de sus puestos”.

Para Arteaga Nava “la prohibición es absoluta; no admite salvedades”. Y aún hay más: “La señora Olga Sánchez Cordero, que merece todos mis respetos, tampoco puede ser senadora. Está impedida por la sencilla razón de que dejó de ser ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 30 de noviembre de 2015 y, según el artículo 55 constitucional, fracción V párrafo segundo hay una prohibición expresa.  ‘Para ser diputado se requiere: … No ser ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación… salvo que se hubiere separado de su encargo, de manera definitiva, tres años antes del día de la elección”.

“Si ella se retiró el 30 de noviembre de 2015, el plazo de tres años vence el próximo 30 de noviembre. La jornada electoral fue el 1 de julio pasado. Es evidente que no había transcurrido el plazo de tres años. En su registro como candidata, en su toma de posesión y en su ejercicio como legisladora se violó la Constitución Política”.

Para el constitucionalista, estos actos no deben quedar sin pena ya que el artículo 214 del Código penal federal dispone que el ejercicio indebido del servicio público es un delito. Arteaga arremete además contra los legisladores interinos que van a ocupar una oposición en el gabinete o una gobernatura como es el caso de Manuel Velasco.

“Es violatorio de los principios que explican la división de poderes” y acota: “Hay exceso. El que eso haya sido práctica en el pasado no desvirtúa la infracción ni absuelve a Morena de responsabilidad política ante los electores”.

Para el abogado, la gota que derramó el vaso fue la licencia del gobernador de Chiapas: “la más grosera y burda… en un primer momento se negó licencia al senador Manuel Velasco para retirarse temporalmente de su encargo; minutos después, en esa misma sesión, los mismos senadores revocaron su propio acuerdo y concedieron la licencia solicitada. La revocación del primer acuerdo se hizo en violación del artículo 72 constitucional.

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Éste, en respeto del principio de economía parlamentaria, niega la posibilidad de volver a plantear el mismo asunto dentro del mismo periodo de sesiones. El precepto parte del supuesto, válido, por cierto, de que dentro de un mismo periodo no se pueden presentar los elementos suficientes como para cambiar el criterio de los legisladores respecto de una materia que ya han resuelto.

“El señor Velasco Coello sigue siendo senador; al reasumir la gubernatura ha violado el artículo 125 de la Constitución”.

emc

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