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Disposiciones en la Ley de Protección y Bienestar Animal entran en vigor

Así como el abandono de animales en la vía pública o en situaciones de abandono en bienes muebles o inmuebles.

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Ciudad de México.- A partir de este jueves 28 de marzo, entran en vigor significativas modificaciones en la Ley de Protección y Bienestar Animal.

Estas enmiendas, publicadas hoy en la Gaceta Oficial mediante el Decreto que reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones, marcan un hito en el tratamiento y cuidado de los animales en la Ciudad de México.

Entre los cambios más destacados se encuentra la actualización del nombre de la ley, ahora denominada Ley de Protección y Bienestar de los Animales de la Ciudad de México.

Además, se regulan con mayor detalle los establecimientos y actividades comerciales que ofrecen servicios específicos para animales, así como se refuerzan las acciones para prohibir su maltrato.

Estas modificaciones introducen una serie de conceptos clave, tales como animal de compañía, animal para abasto, bienestar animal, Centros de Atención Canina y Felina, Centros de Control Animal, entre otros.

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Se busca garantizar un ambiente de respeto y cuidado para los animales, abordando aspectos como su estado mental, la eutanasia, y el trato digno y respetuoso.

Uno de los aspectos más importantes de estas reformas es la coordinación interinstitucional entre el Gobierno central, dependencias capitalinas y Alcaldías.

Esta coordinación tiene como objetivo armonizar normativas complementarias para promover el bienestar físico y mental de los animales.

Asegurando condiciones adecuadas de nutrición, ambiente, salud y comportamiento a lo largo de sus vidas.

Además, se establecen responsabilidades legales y de cuidado para aquellos que ofrecen servicios con fines de lucro relacionados con los animales, abarcando desde pensiones y hospitales hasta escuelas de adiestramiento y funerarias.

En cuanto a los actos de crueldad y maltrato, las reformas precisan qué casos se consideran como tales, incluyendo la prohibición de dar muerte a animales sanos sin causa justificada.

Así como el abandono de animales en la vía pública o en situaciones de abandono en bienes muebles o inmuebles.

Es importante destacar que estas reformas establecen la obligación de reparar el daño en caso de crueldad, maltrato, daño o tortura hacia los animales., conforme a lo establecido en el Código Civil, Código Penal y otras leyes aplicables.

Estas nuevas disposiciones representan un paso significativo hacia una convivencia más justa y respetuosa entre humanos y animales en la Ciudad de México, promoviendo una cultura de cuidado y protección animal en todos los ámbitos de la sociedad.

ARH

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