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Invalida SCJN reforma sobre derechos de audiencias en Medios

El ministro indicó que se debe declarar inválida la reforma por falta de consulta a comunidades indígenas y personas con discapacidad.

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Ciudad de México.- El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó por unanimidad la reforma de 2017 a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en materia de derechos de las audiencias, por irregularidades en el proceso legislativo.

El ministro Alberto Pérez Dayán presentó este lunes ante el Pleno de la Corte el proyecto para resolver las acciones de inconstitucionalidad presentadas contra esta reforma que eliminó la obligación de que comunicadores distingan entre opinión e información.

Al presentar una noticia, estableció un sistema de autorregulación para que tanto el nombramiento del defensor de las audiencias y los códigos de ética para radio y televisión abiertas fueran nombrados por estos mismos.

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El ministro señaló que el decreto de reforma debe declararse inválido por irregularidades en el procedimiento legislativo que no permitieron que las minorías parlamentarias en el Senado de la República tuvieran participación en el debate de la reforma.

“Aspectos que en el presente caso impidieron que existiera un debate abierto e informado por parte de todos y cada uno de los integrantes del cuerpo legislativo, pues no se tenía un conocimiento preciso sobre el alcance de las disposiciones que se estaban modificando, al no cumplir con las disposiciones reglamentarias sobre la forma, intervalos y modo de proceder en las discusiones y votaciones”, señala el documento

Además, el ministro indicó que se debe declarar inválida la reforma por falta de consulta a comunidades indígenas y personas con discapacidad.

“Considerando que las disposiciones impugnadas inciden en concesiones indígenas, particularmente en cuanto al alcance de los derechos de las audiencias y las nuevas obligaciones impuestas a los concesionarios en cuanto al Código de Ética y lo atinente a la designación y actuación del defensor de las audiencias a partir de un modelo de autorregulación era necesario que se respetara el derecho de consulta que asiste a las comunidades indígenas de manera previa a la aprobación del Decreto de reformas impugnado.

Las disposiciones impugnadas impactaron negativamente en un cúmulo de derechos de las audiencias con discapacidad que el Instituto Federal de Telecomunicaciones previó de manera adicional a los previstos en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión en los Lineamientos Generales sobre la Defensa de las Audiencias”, concluye el proyecto

Pérez Dayán propuso otorgar un plazo de seis meses al Congreso de la Unión para que en uso de sus atribuciones emita otra reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión para armonizar los derechos de las audiencias con las libertades de los medios de comunicación en la materia.

ARH



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Derecho a la vida, principio fundamental consagrado en la Declaración Universal de Derechos Humanos

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Derecho a la vida, principio fundamental consagrado en la Declaración Universal de Derechos Humanos

Ciudad de México.— La Declaración Universal de Derechos Humanos ha servido como un marco fundamental para el desarrollo de tratados internacionales, constituciones nacionales y legislaciones destinadas a proteger y promover los derechos humanos en todo el mundo.

El derecho a la vida es un principio fundamental consagrado en la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH).

La DUDH es un documento adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948 y proclama los derechos fundamentales que se consideran inherentes a todos los seres humanos, sin importar su nacionalidad, origen étnico, religión u otras características.

El artículo 3 de la Declaración Universal de Derechos Humanos establece lo siguiente:

“Toda persona tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona”.

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Este artículo reconoce el derecho básico de cada individuo a la vida, afirmando que ninguna persona debe ser privada arbitrariamente de su vida. Este principio fundamental ha sido ampliamente aceptado como un componente esencial de los derechos humanos en la comunidad internacional.

Es importante señalar que el derecho a la vida no solo implica la protección contra la pena de muerte arbitraria, sino que también aborda otras cuestiones relacionadas con la preservación y el respeto de la vida humana en diversas circunstancias, como la violencia, la guerra y la falta de acceso a condiciones de vida dignas.

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Ingresa hombre con navaja a Catedral Metropolitana; fue detenido

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Ingresa hombre con navaja a Catedral Metropolitana; fue detenido
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Ciudad de México.— La Arquidiócesis Primada de México informó que la tarde del viernes, día de la Solemnidad de la Inmaculada Concepción de María, un hombre ingresó con un arma blanca al interior de la Catedral Metropolitana, sin que provocara lesiones a ninguna persona.

Poco después de las 13:00 hrs de este viernes, una persona que dijo llamarse César “N” de 44 años de edad, ingresó con un arma blanca al interior de la Catedral Metropolitana durante la celebración de la Eucaristía en el Altar Mayor a cargo del Canónigo Ricardo Valenzuela Pérez, Rector de la Catedral Metropolitana.

Esta persona fue detectada a tiempo y retirada de las instalaciones de la Catedral Metropolitana, siendo detenida en Plaza Empedradillo por elementos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana y puesta a disposición de la Procuraduría de Justicia en la Alcaldía Cuauhtémoc, donde se levantó la carpeta de investigación.

La Catedral Metropolitana agradeció la pronta respuesta de los elementos de la Guardia Nacional, de la SSC de la CDMX, de la Fiscalía de la CDMX.

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En ese sentido, la Arquidiócesis de México pidió elevar sus oraciones por la paz en la Ciudad de México y el país; a fin de que se detengan las acciones violentas en contra de los miembros de la Iglesia Católica y de la sociedad en general.

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