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Peña promulga Ley de Desaparición Forzada

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México.— El presidente de México, Enrique Peña Nieto, promulgó la Ley General de Desaparición Forzada y Desaparición por Particulares en un acto privado en el que expresó sus condolencias a los familiares de personas en paradero desconocido.

En un evento celebrado la residencia presidencial de Los Pinos, Peña Nieto señaló que la promulgación de la ley supone “un paso de gran trascendencia” que brinda herramientas para combatir la impunidad y defender los derechos de las miles de víctimas y sus familiares, informó la Presidencia en un comunicado.

Asimismo, reconoció a familiares de las víctimas y a colectivos y organizaciones de la sociedad civil la insistencia y energía puesta en la creación de esta ley.

Durante el encuentro con los familiares, el titular del Ejecutivo reconoció la desaparición de una persona cercana como una de las tragedias más dolorosas que puede sufrir un ser humano y que obliga al Estado a intervenir.

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La nueva legislación distribuye competencias y establece la forma de coordinación entre los distintos órdenes de gobierno, además de que crea un Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, responsable de determinar, ejecutar y dar seguimiento a las acciones de búsqueda.

Asimismo, autoriza una Comisión Nacional de Búsqueda, un Consejo Nacional Ciudadano integrado por familiares de víctimas y organizaciones civiles, así como fiscalías especializadas en los órdenes federal y local.

La Cámara bajó aprobó la ley el 12 de octubre, tras dos años de discusión en el Legislativo con la colaboración de familiares de desaparecidos, quienes exigían que la norma pasara cuanto antes para enfrentar una problemática que suma miles de víctimas en el país.

La norma establece que sobre quien cometa este delito caerá una pena de 40 a 60 años de prisión, y una multa que puede oscilar entre los 800 mil 400 pesos (42 mil 328 dólares) a los 1.6 millones de pesos (84 mil 656 dólares).

En el caso de que la víctima sea migrante, niña, niño o adolescente, mujer, mujer embarazada, persona con discapacidad o persona mayor, periodista o defensor de derechos humanos, estas penas podrían aumentar hasta en un 50%.

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Asimismo, si la desaparición es cometida por un particular, la pena será de 25 a 50 años de prisión, y la multa de 320 mil 160 pesos (16 mil 927 dólares) a 640 mil 320 pesos (33 mil 862 dólares). (Agencias)

emc

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