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Frente a la violencia sexual infantil, Ministerio Público actuará con medidas urgentes de protección

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Ciudad de México.— El Senado de la República aprobó por unanimidad el Dictamen de las Comisiones Unidas de Derechos de la Niñez y de la Adolescencia; y de Estudios Legislativos, que contiene proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales, en materia de protección de niñas, niños y adolescentes.

La iniciativa promueve dar visibilidad a las medidas de protección para niñas, niños y adolescentes, que los ministerios públicos atiendan los delitos sexuales con un enfoque de derechos en la niñez y la adolescencia. También, busca garantizar que no se excluyan de las medidas de protección a adolescentes de 15 a 17 años.

La iniciativa reforma el tercer párrafo del artículo 109 del Código Nacional de Procedimientos Penales, mismo que establece que, en el caso de que las víctimas sean personas menores de dieciocho años, el Órgano jurisdiccional o el Ministerio Público tendrán en cuenta los principios del interés superior de niñas, niños y adolescentes, la prevalencia de sus derechos, su protección integral y los derechos reconocidos en la Constitución, en los Tratados Internacionales, en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, así como en las demás disposiciones aplicables.

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Asimismo, promueve la adición de un párrafo sexto al artículo 137 del mismo ordenamiento, el cual advierte que, en caso de delitos cometidos en contra de personas menores de dieciocho años, el Ministerio Público aplicará las medidas urgentes de protección especial solicitadas por las Procuradurías Federal y locales de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes que la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes señala.

Para continuar con su proceso legislativo, la Iniciativa deberá remitirse a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados como Minuta para su análisis, discusión y aprobación en Comisiones. Tras la aprobación de la iniciativa por ambas Cámaras, el Código Nacional de Procedimientos Penales se deberá alinear a lo establecido en la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y transverzalizar lo que en ella se establece, con el fin de garantizar el interés superior de la niñez en la atención a niñas, niños y adolescentes que hayan sido víctimas de violencia sexual.

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ebv

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