Mundo

Constitución de la CDMX no podrá ser alterada por actos de fuerza

Publicada

on

Ciudad de México.— La Asamblea Constituyente abrió su sesión con un minuto de silencio por las víctimas del accidente pirotécnico que ocurrió ayer en Tultepec, Estado de México, y comprometió su apoyo a familiares de muertos y heridos.

Al continuar el debate sobre el dictamen de la Comisión de Principios Generales, el Pleno aprobó este martes, en lo general y en lo particular, los artículos 74 (salvo su numeral 4), 75 y 76, en los cuales se establecen disposiciones para normar futuras reformas a la Carta Magna y se colocan candados contra cualquier pretensión de vulnerar o menoscabar los derechos de las personas, e impedir que la Carta Magna pueda ser alterada por actos de fuerza.

El numeral 4 del artículo 74, relativo a las reformas a la Constitución, se regresó a la Comisión de Principios Generales para que, en un plazo de 72 horas, elabore una nueva propuesta que gane el consenso de los legisladores.

En el arranque de los trabajos, los diputados Jaime Cárdenas Gracia y Raúl Bautista González, de Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), se manifestaron en contra del dictamen del artículo 74. El primero se quejó de la eliminación de la figura de referéndum para que la ciudadanía participe en el procedimiento de reforma constitucional, como proponía el proyecto que envió a la Asamblea Constituyente el jefe de Gobierno.

Además, añadió, tampoco se considera la posibilidad de que las alcaldías participen en la aprobación de las reformas constitucionales, ni se estimó conveniente que fuesen dos legislaturas las que aprobaran la reforma constitucional.

Por su parte, el diputado Bautista González sostuvo que con la participación ciudadana las reformas pueden ganar mayor legitimidad. “Debemos reconocer este derecho de los ciudadanos a modificar su propia Constitución; eliminar esta prerrogativa, impedir que los ciudadanos expresen su voluntad a las reformas de la Constitución, creo que no sería congruente con el ejercicio que desde esta Asamblea se está desarrollando para toda la ciudad”, advirtió.

En favor del dictamen se pronunciaron la diputada Dolores Padierna, del Partido de la Revolución Democrática (PRD), y Gonzalo Altamirano Dimas, del Partido de Acción Nacional (PAN). Este último afirmó que el procedimiento establecido en el artículo 74 “le da certeza a las propuestas de reforma constitucional, porque para ser admitidas se requiere de dos terceras partes de los presentes, a diferencia de la legislación ordinaria”.

La diputada Padierna, por su lado, mencionó que “la riqueza del diseño constitucional de la capital en materia de procesos de participación ciudadana incentiva la existencia de múltiples voces en la deliberación de las reformas constitucionales, lo cual permite que los debates sean diversos, plurales y no se constriñan exclusivamente al ámbito parlamentario”.

“En el proyecto de Constitución del jefe de Gobierno –señaló– se pide la figura de referéndum para que procedan las modificaciones a la Constitución. Sin embargo, hay que ver qué tipo de modificaciones: hay algunas de palabra, de precisión o de concepto; son distintas”. Agregó que el proyecto define que será la Sala Constitucional o el Tribunal Constitucional el que determine en qué casos proceden o no la reforma y el referéndum, y que una reforma total de la Constitución obligadamente tendría que pasar por un referéndum”.

El dictamen de la Comisión de Ciudadanía, Ejercicio Democrático y Régimen de Gobierno, abundó la diputada perredista, regula la figura de referéndum y establece las características que debe de tener y en qué casos procede, entre otros, para reformar la Constitución. Ante la contradicción en los dictámenes, la diputada Padierna llamó a que, antes de ser votadas las reservas al respecto, pudiera haber una reflexión de la Mesa de Consulta para llevar al Pleno una nueva propuesta.

Una vez agotada la discusión, el artículo 74 fue aprobado, en lo general y en lo particular, por 71 votos en favor, 12 en contra y una abstención. Después de un receso, el Pleno autorizó a la Mesa Directiva a que regrese el numeral 4 del artículo 74 a la Comisión de Principios Generales, que en 72 horas deberá presentar una nueva propuesta de redacción que alcance en el Pleno mayoría calificada.

PROGRESIVIDAD CONSTITUCIONAL

El Pleno pasó después a la discusión del artículo 75, que establece la progresividad constitucional, es decir, la garantía de que los derechos y libertades reconocidas en la Constitución y en las leyes reglamentarias que deriven, no podrán reformarse para su menoscabo.

En contra del dictamen se pronunciaron los diputados de Morena Jaime Cárdenas, Irma Eréndira Sandoval y Mayela Delgadillo. El primero consideró que el artículo no especifica qué institución se encargará de garantizar que ninguna reforma constitucional menoscabe los derechos humanos y libertades, ni define la consecuencia jurídica de un eventual “fraude constitucional”. La diputada Sandoval, por su lado, se refirió a que la progresividad propuesta en el artículo es limitada, ya que no incluye los derechos humanos de nueva generación.

En favor se expresó Katia D´Artigues, diputada del PRD, quien dijo: “Este artículo prohíbe la supresión de derechos de los habitantes de la ciudad, permite su constante ampliación y es una vacuna contra tiempos difíciles que podrían cernirse sobre el mundo y la ciudad”.

El diputado panista Santiago Creel también respaldó el dictamen. Dijo que el artículo 75 proyecta adecuadamente la reforma constitucional en materia de derechos humanos que se dio en 2011. “El principio de progresividad habrá de ser un faro que irradie en toda la Constitución y todo el ordenamiento jurídico de la capital”, subrayó.

En pro, la diputada Dolores Padierna, del PRD, expuso que la progresividad es la clave para alcanzar la igualdad sustantiva en la ciudad. A su vez, el constituyente César Camacho, del PRI, coincidió con esto último, y añadió que el principio de progresividad alienta más la libertad como preludio de la justicia, y de la paz.

Agotada la discusión, el artículo 75 fue aprobado, en lo general y en lo particular, con 83 votos en favor, cuatro en contra y una abstención.

DEBATE SOBRE DERECHO A LA RESISTENCIA

En la discusión sobre el artículo 76, el cual señala que la Constitución no puede ser alterada por actos de fuerza, mantiene su vigencia aun si se interrumpe el orden institucional y sólo puede ser modificada por la vía democrática, se pronunciaron en contra del dictamen los diputados Jaime Cárdenas Gracia, Mayela Delgadillo y Patricia Ruiz Anchondo, del grupo parlamentario de Morena.

“Este es un buen ejemplo de cómo se puede actuar con regresividad respecto de los derechos, pues la propuesta del jefe de Gobierno establecía el derecho de resistencia. El dictamen de la comisión suprime el derecho a resistir, lo cual es una regresión a los derechos humanos; en la comisión lo confundieron con la rebelión violenta y ese fue el argumento para eliminarlo. La resistencia, en su significado específico, tiene como objetivo corregir, enmendar y restablecer el orden constituido que se ha alejado de sus principios; la resistencia no es estar en contra del orden jurídico. Cuando falla el control de constitucionalidad y se agotan los instrumentos jurídicos y las vías institucionales, al gobernado sólo le queda la opción de resistirse”, señaló Cárdenas Gracia, quien calificó al artículo de “descafeinado”.

Alejandra Moreno y Toscano, del Partido Nueva Alianza, se manifestó en contra del artículo y se pronunció por dejar el artículo en los términos del proyecto de Constitución del grupo redactor.

En favor del artículo, el diputado Carlos Gelista, del PAN, expresó: “Para que las personas no nos veamos compelidas a ninguna rebelión, está justamente esta disposición de inviolabilidad, para que en caso de que se llegara a interrumpir el orden jurídico de la ciudad y se llegara a suspender la aplicación de nuestra Constitución, se restablezca una vez que se restituya el orden público”.

Y añadió: “Estoy de acuerdo con el derecho que tendríamos a resistirnos frente al autoritarismo o la tiranía, pero el orden constitucional que estaremos aprobando en los siguientes días tiene su garantía, precisamente de restablecimiento, una vez que concluya ese régimen violatorio de la propia Constitución y se restablezca. Creeríamos ilógico que en esta disposición y que en esta Constitución se incluyera este derecho a la rebelión, que no es otra cosa más que el derecho a desobedecer leyes”.

La diputada Dolores Padierna, del PRD, se manifestó en pro. Subrayó que la característica más importante del principio de inviolabilidad constitucional planteado consiste en garantizar su permanencia por encima de circunstancias que puedan afectar el orden jurídico previsto en la Carta Magna.

El diputado Enrique Burgos, del PRI, en favor del dictamen, expuso: “El Estado sin derecho no es sino un fenómeno de fuerza; el derecho sin el Estado es una idealidad carente de efectividad. La suma conceptual es Estado más derecho, que es el dique justamente para impedir y para evitar actitudes arbitrarias o actitudes marginales a la propia Constitución o a la propia Ley”.

Al término del debate, el artículo 76 fue aprobado con 62 votos en favor, 23 en contra y una abstención.

ebv

haga clic para comentar

Te Recomendamos

Salir de la versión móvil