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Frenan dictamen que convertiría en ley el aborto
Ciudad de México.— Bajo el consenso de grupos parlamentarios del PRI y el PAN en la Cámara de Diputados, ha sido removido el dictamen de elevar a rango legislativo la NOM-046 debido a que “atentaría contra el derecho a la seguridad jurídica y la vida” como enfatizó la diputada del Partido Encuentro Social (PES), Norma Edith Martínez.
De esa manera, los miembros de la Comisión de Equidad de Género pospusieron el debate de los artículos de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia que, según el primer borrador, obligarían a hospitales y médicos a aplicar abortos sin dar aviso del delito de violación al Ministerio Público, lo cual protege la impunidad de los violadores.
Ha sido la propia presidenta de la Cámara, Guadalupe Murguía, quien advirtió que el tema sería retirado para buscar el máximo de consensos posibles entre los legisladores.
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La diputada Cecilia Romero, vicecoordinadora del grupo parlamentario del PAN, explicó que la mayoría de los miembros en la Comisión de Equidad de Género decidió modificar el dictamen: “a fin de que la ley no diga expresamente que se habrá de cumplir con la Norma Oficial 046 en materia de salud sino que se aplicará la normatividad vigente […] La mención es eliminar la Norma 046 de la legislación. Esto no quiere decir que no exista la norma; la norma existe y tiene un nivel de vinculatoriedad. En vez de eso, se hablará de garantizar la atención a las víctimas de violencia”.
Legisladoras de su partido explicaron que la interrupción legal del embarazo, prevista como posibilidad para víctimas de violación sexual –contemplada en la NOM-046- no puede aplicarse a nivel general en estados y municipios de México.
Además, asociaciones civiles como Pasos por la Vida argumentaron que incorporar la Norma 046 a una ley general violaría los tratados internacionales –los cuales México ha firmado y hasta homologado a rango constitucional- que protegen la vida como un derecho humano fundamental.
La propia presidenta de la Comisión, la diputada Laura Plascencia, reconoció que el propósito de la reforma quiere “fortalecer la atención de las mujeres y las niñas víctimas de violencia sexual en nuestro país”; por lo que, de entre el paquete de cinco dictámenes para la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia sí fueron aprobadas reformas para catalogar la desigualdad salariar como violencia económica y laboral contra las mujeres y la creación de un Sistema Municipal de Prevención, Atención y Erradicación de la violencia contra las mujeres.
Pero los diputados no coincidieron en la propuesta de hacer una ley a partir de una norma administrativa que no es sino un reglamento técnico y operativo institucional interno.
Será el jueves 16 de marzo cuando los diputados tengan oportunidad de debatir la nueva redacción del dictamen el cual ha aclarado que la NOM-046 de la Secretaría de Salud sólo es de observancia para las instituciones y centros de salud públicos, y no “del sistema nacional de salud” como estaba propuesto originalmente.
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Además la nueva redacción del dictamen asegura que: “En el caso de embarazo como consecuencia de una violación, las autoridades garantizarán la atención inmediata de servicios médicos para la víctima, en consideración a su propia voluntad, a su estado de salud y a lo que disponga la ley”.
En concreto, la nueva redacción del dictamen busca garantizar la atención a víctimas y otorgar más facilidades a las mujeres para denunciar a sus agresores.
El dictamen de la Comisión de Igualdad de Género, para reformar la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia que se analizará este jueves en la Cámara de Diputados dice lo siguiente: “Corresponde a la Secretaría de Salud crear programas de capacitación y evaluación para el personal del sector salud, respecto de la violencia contra las mujeres a efecto de garantizar la atención a las víctimas y la aplicación de la normatividad vigente en materia de violencia familiar, sexual y contra las mujeres”; le instruye “garantizar la atención a las víctimas y la aplicación de la normatividad vigente en materia de violencia familiar, sexual y contra las mujeres”.
El artículo 49, fracción XXV propone que “En el caso de embarazo como consecuencia de una violación, las autoridades garantizarán la atención inmediata de servicios médicos para la víctima, en consideración a su propia voluntad, a su estado de salud y a lo que disponga la ley”. Y, agrega un tercer artículo transitorio para que las autoridades ministeriales y del sector salud “celebren convenios que tengan por objeto apoyar a las víctimas en casos de violencia familiar, sexual y contra las mujeres, para la presentación de la denuncia, en las propias instalaciones de salud donde ésta sea atendida”.
ebv