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Hasta 4 años de prisión por sufrimiento animal

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Ciudad de México.— Senadores del Grupo Parlamentario del PRI y PVEM presentaron una propuesta para establecer sanciones económicas y de prisión a quien maltrate o trate de manera cruel a los animales para consumo humano.

La iniciativa, presentada por la senadora Diva Gastélum Bajo, establece que se impondrán de uno a cuatro años de prisión y multa de 400 a mil días multa a quienes infrinjan cualquier tipo de sufrimiento o dolor durante su traslado, captura, exhibición o comercialización del animal.

Con ello, se pretende garantizar la muerte de los animales de acuerdo a lo que establece la Declaración Internacional, el Código Sanitario para los Animales Terrestres de la OIE, así como a la Normativa vigente obligatoria en México, dijo.

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La senadora recordó que se han documentado hechos que ponen en evidencia el trato cruel que se da a los animales en los rastros.

El proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Sanidad Animal y del Código Penal Federal, se turnó a las comisiones unidas de Recursos Naturales y de Estudios Legislativos, Primera.

En otro orden de ideas, el Senado de la República aprobó, con 74 votos a favor y cero en contra, un dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, cuyo propósito es prevenir, combatir y erradicar la fabricación y el tráfico ilícito de armas de fuego, sus piezas, componentes y municiones.

El dictamen avalado, incorpora el Protocolo de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) contra la fabricación y el tráfico ilícito de armas de fuego, el cual prevé que las armas de fuego, piezas, componentes, cartuchos y municiones importados cuenten con una marca distintiva que permita identificar al fabricante, país de origen y número de origen; así como el prevenir y evitar su supresión, clonación o alteración.

De igual forma, señala que lasfábricas, plantas industriales, almacenes y establecimientos comerciales que produzcan, ensamblen, organicen, reparen, almacenen o vendan armas de fuego, piezas, componentes, cartuchos y municiones, deberán contar con un registro interno donde se asienten las marcas distintivas correspondientes.

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El dictamen añade que la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) podrá asentar en el Registro Federal de Armas las marcaciones o remarcaciones que hagan a las armas, piezas, componentes, cartuchos y municiones asegurados o decomisados, así como la marca distintiva anterior e imponer sanciones con multa de entre 10 y 100 días a quienes omitan dar aviso de la adquisición de armas.

Asimismo, de cuatro a 12 años de prisión y de 100 a 500 días de multa a quienes fabriquen, vendan, entregue, adquiera, intercambie una o más armas de fuego, piezas, componentes, cartuchos o municiones sin el permiso correspondiente.

ebv

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