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¿Cuántas vacaciones te tocan?
México.— Todo trabajador formal en México, con más de un año prestando servicios tiene derecho a vacaciones al menos seis días al año y la empresa deberá cubrir el salario ordinario que comúnmente percibe el empleado en el periodo.
El Artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo establece que los empleados que tengan más de un año de servicio disfrutatán de un periodo anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborales y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a 12 por cada año subsecuente, explicó la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).
Al cuarto año aumentarán dos días las vacaciones por cada cinco de servicio.
Lo anterior se ejemplifica de la siguiente forma: tras un año corresponden 6 días; con 2 años laborados (8 días); 3 años (10), 4 años (12); de 5 a 9 años, 14 días; de 10 a 14 años (16); de 15 a 19 años (18); de 20 a 24 años (20); de 25 a 29 años (22); y de 30 a 34 años (24 días).
De conformidad con el Artículo 81 de la legislación laboral, las vacaciones deberán concederse a los trabajadores dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicio.
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Por lo que hace a los trabajadores que presten servicios discontinuos y los de temporada, el marco legal establece que tendrán derecho a un período anual de vacaciones, en proporción al número de días de trabajo en el año.
Adicional al pago ordinario durante esos días, el patrón deberá cubrir al trabajador una prima vacacional equivalente a un 25 por ciento sobre el salario que le corresponda durante ese lapso.
Cabe subrayar que las vacaciones jamás se deberán de compensar con remuneración alguna, es decir, se tiene que otorgar el período a disfrutar.
En caso de que la relación de trabajo termine antes de que se cumpla el año de servicio, el trabajador tendrá derecho a solicitar una remuneración proporcional al tiempo de trabajo.
Para orientación y asistencia jurídica gratuita, la PROFEDET pone a disposición los números telefónicos 01 800 911 7877 y 01 800 717 2942 para todo el territorio nacional, así como el correo electrónico orientacionprofedet@stps.gob.mx.
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emc