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Sanción a los Diablos Rojos por manipulación

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Ciudad de México.— La Liga Mexicana de Beisbol informa, que recibió una solicitud formal por parte del club Leones de Yucatán, con fecha del 01 de septiembre de 2022. La LMB abrió una carpeta de investigación por una supuesta manipulación en las tomas de la transmisión de televisión del Juego 1 y una parte del Juego 2 de la Serie de Campeonato de la Zona Sur, en los cuales, se demandó que los encuadres y switcheos de las señales de los receptores de ambos equipos no resultaron equitativos.

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La Liga Mexicana de Beisbol inició de inmediato un procedimiento de investigación formal sobre este incidente

Sí existió una manipulación en las tomas de la transmisión de televisión por parte del Productor del juego asignado por el club Diablos Rojos del México en el Juego 1 y una parte del Juego 2 de la Serie de Campeonato de la Zona Sur.

Cabe mencionar que, como parte de la investigación, la Liga Mexicana de Beisbol revisó transmisiones de juegos de temporada regular y postemporada del club Diablos Rojos como equipo local y no se encontró ese patrón de inequidad hallado en los dos primeros juegos de la Serie de Campeonato de la Zona Sur. 

Se concluye que fue un hecho aislado en estos dos enfrentamientos.

Con la investigación realizada de manera pronta y expedita por la propia Liga Mexicana de Beisbol y la información vertida por ambos clubes.

Se concluyó que no existe evidencia alguna de robo de señales del club Diablos Rojos del México por este incidente, pero si manipulación.

Este hecho compite a dos individuos del club Diablos Rojos del México: el Sr. Marco Antonio Ávila Toledo, Productor de Televisión de los Diablos Rojos del México, y el Sr. Miguel Arturo Ojeda Siqueiros, Director Deportivo de los Diablos Rojos del México.

Por lo descrito anteriormente, la Liga Mexicana de Beisbol emite la resolución con las siguientes sanciones:

  1. El Sr. Miguel Arturo Ojeda Siqueiros, Director Deportivo del club Diablos Rojos del México, se hace acreedor a una sanción consistente en la suspensión temporal de 1 (un) año calendario, con efectos inmediatos, por lo cual queda imposibilitado de participar en cualquier actividad organizado por la LMB. En caso de reincidencia en los hechos imputados, la LMB estará facultada para suspenderlo de manera indeterminada de cualquier actividad relacionada con la LMB.
  2. El club Diablos Rojos del México se hace acreedor a una sanción económica por manipulación.
  3. La persona que encabece la producción de los juegos de local de los Diablos Rojos del México, por el período de 1 (un) año calendario, con efectos inmediatos, será supervisada por aquel personal que la propia LMB designe, a efecto de corroborar que dicha producción sea llevada de forma correcta y conforme a la normativa de la LMB.

Foto cortesía

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