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Aprueban uso de marihuana con fines medicinales

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Ciudad de México.— La Cámara de Diputados aprobó, en sus términos, la minuta del Senado que reforma la Ley General de Salud y el Código Penal Federal para permitir en el país el uso medicinal y científico de la cannabis sativa o marihuana.

El dictamen, enviado al Ejecutivo Federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación, elimina la prohibición y penalización de los actos relacionados con el uso medicinal de la mariguana y su investigación científica y de aquellos que atañen a la producción y distribución de la planta para esos fines.

El pleno de la Cámara de Diputados aprobó el uso medicinal de la Cannabis para contrarrestar enfermedades como epilepsia

En entrevista, Raúl Elizalde, padre de Grace Elizalde, la niña a quien un juez federal permitió el uso de medicamentos derivados del  tetrahidrocannabinol para tratar su padecimiento de crisis epilépticas, manifestó su beneplácito ante lo que se aprobó al asegurar que es un gran paso y el comienzo de lo que vendrá en el futuro.

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“Muchos enfermos podrán ya usarla con fines terapéuticos, vamos a hacer investigación científica, varios diputados que presentaron sus reservas pensarán que tendrán su churro pero eso no va a ser, no habrá personas que fumen un churro con fines terapéuticos, esto no tiene que ver con cosas lúdicas”.

Dijo que con esto se acaban los amparos y yo pensé que era el único pero se han sumado muchas familias, ciento de miles de personas que se ven beneficiadas.

Por ello, hizo un llamado a grupos conservadores y les dijo que “no estamos hablando de churros de mota sino de medicamentos regulados”.

En el dictamen se establece que: Los productos que contengan derivados de la cannabis en concentraciones del 1% o menores de THC y que tengan amplios usos industriales, podrán comercializarse, exportarse e importarse cumpliendo los requisitos establecidos en la regulación sanitaria.

La Secretaría de Salud otorgará autorización para importar estupefacientes, substancias psicotrópicas, productos o preparados que los contengan, incluyendo los derivados farmacológicos de la cannabis sativa, indica y americana o marihuana, entre los que se encuentra el tetrahidrocannabinol, sus isómeros y variantes estereoquímicas.

Se adiciona un último párrafo al artículo 198 del Código Penal Federal, para quedar de la manera siguiente: La siembra, cultivo o cosecha de plantas de marihuana no será punible cuando estas actividades se lleven a cabo con fines médicos y científicos en los términos y condiciones de la autorización que para tal efecto emita el Ejecutivo Federal.

ebv

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