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Congreso de Sinaloa resguarda estatus jurídico de la familia

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Ciudad de México.— El Congreso de Sinaloa resguardó los criterios que configuran el estatus jurídico de familia frente a una iniciativa que buscaba reformar el Código familiar para incluir otras figuras relacionadas al concepto de familia.

La víspera, veinte diputados de Sinaloa se pronunciaron a favor de la familia tradicional en un dictamen que planteaba modificar algunos artículos del Código Familiar en pro del matrimonio entre personas del mismo sexo.

El dictamen que proponía reformar los artículos, 40 y 165 del Código Familiar del Estado de Sinaloa fue presentado y rechazado ante el Pleno por las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y Gobernación; Derechos Humanos y Equidad, Género y Familia, para extender el matrimonio y concubinato a personas del mismo sexo.

Aunque la bancada de Morena fue quien presentó el proyecto, varios de sus legisladores votaron a favor del matrimonio hombre y mujer, con lo cual coincidieron legisladores del PRI, PAN, Partido Sinaloense (PAS) y PT.

La diputada del PRI, Elva Margarita Inzunza Valenzuela, dijo que su partido “rechaza de manera contundente las reformas al Código Familiar, porque se ataca a una institución fundamental para la sociedad, como lo es la familia, donde se busca incluir el matrimonio entre personas del mismo sexo, y de manera implícita y oculta, también se pretende legalizar la adopción de niñas y niños”.

El dictamen que no avanzó en el Congreso pretendía modificar los artículos 40 y 165 del Código Familiar del Estado de Sinaloa.

De esta forma el artículo 40 se mantiene y establece que: “El matrimonio es una institución por medio de la cual se establece la unión voluntaria y jurídica de un hombre y una mujer, con igualdad de derechos, deberes y obligaciones, con la posibilidad de generar la reproducción humana de manera libre, responsable e informada. Cualquier condición contraria a estos fines, establecida por los cónyuges, se tendrá por no puesta”.

Mientras que en el 165, sobre el concubinato, dice a la letra: “El concubinato es la unión de un hombre y una mujer quienes, sin impedimentos legales para contraer matrimonio, hacen vida en común de manera notoria, permanente, han procreado hijos o han vivido públicamente como marido y mujer durante dos años continuos o más.

De acuerdo con el artículo 162 de la Ley Orgánica del Congreso del Estado estas iniciativas dictaminadas y no aprobadas no podrán volver a presentarse en este mismo periodo ordinario de sesiones.

ebv

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