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SCJN rompe tejido social al imponer un trastorno en derecho: Frente por la Familia

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Foto Cuartoscuro

Ciudad de México.— La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es inconstitucional el requisito de tener 18 años de edad para solicitar una nueva acta de nacimiento de identidad de género autopercibida.

La Suprema Corte invalidó el artículo 875 Ter, fracción II, del Código Civil de Puebla que exige tener 18 años cumplidos para solicitar el levantamiento de una nueva acta de nacimiento, por violar el derecho a la identidad de género de las infancias y adolescencias trans.

Los ministros y ministras sostuvieron que la norma vulneraba el derecho a la igualdad y no discriminación de las personas menores de edad trans, por lo que declararon la inconstitucionalidad de la norma impugnada por unanimidad de once votos.

La discusión de este asunto continuará durante la próxima sesión del Pleno de la SCJN, pues quedó pendiente la resolución de los efectos de la declaratoria de invalidez.

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El ministro Arturo Saldívar, aseguró que se tiene la oportunidad de reafirmar en una sola voz que no hay nada que curar, que la experiencia trans no es una enfermedad, sino una realidad que da cuenta de la diversidad humana.

El Frente Nacional por la Familia lamentó que miembros de la SCJN sean meros instrumentos al servicio de la agenda transgénero que lastima a la niñez y agrede a las mujeres.

En ese sentido, advirtió que “convertir un trastorno en un derecho e imponerlo al resto, es romper el tejido social”.

CASO SINALOA

La víspera se realizó una conferencia de medios en Sinaloa de grupos de la sociedad civil que defienden el derecho a la vida y la familia.

Allí, la líder de Vía Familiar Asociación Civil, Ana Laura Hernández Meijueiro, expuso el cambio de identidad en las actas de nacimiento en Sinaloa “es un capricho”.

Hernández Meijueiro dijo que el acta de nacimiento es documento oficial de identidad personal y con el cambio de identidad se convierte “en un papel cualquiera, que puede modificar a capricho y no basado en la naturaleza y en la biología, sino en percepción ajena a la realidad”.

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ebv

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