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Aprueban garantizar derechos humanos de hijos adoptivos

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Ciudad de México.— La Comisión de Seguridad Social en el Senado aprobó un dictamen que elimina el requisito contemplado en la Ley del ISSSTE que indica que los hijos adoptivos sólo tendrán derecho a la pensión por orfandad cuando la adopción se haya hecho por el trabajador o pensionado antes de haber cumplido cincuenta y cinco años.

Los senadores integrantes de la Comisión mencionaron que la intención de derogar la fracción V del artículo 131 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, tiene el objetivo de resguardar los derechos humanos de los hijos adoptivos.

Además, estas modificaciones legales, agregaron, van en concordancia con las leyes que esta Legislatura ha realizado para garantizar los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

En su reunión ordinaria, los senadores del órgano legislativo también avalaron una reforma a los artículos 251 de la Ley del Seguro Social, 146 de la Ley Federal del Trabajo y una adición al artículo 59 bis de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, para que las personas que se hayan inscrito voluntariamente a los regímenes de vivienda obtengan un crédito barato y suficiente.

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El documento establece en el artículo 251 de la Ley del Seguro Social que tratándose de personas que se hayan inscrito voluntariamente al régimen obligatorio de este ordenamiento, dentro del cálculo de las cuotas obrero-patronales, se analizará lo correspondiente a las aportaciones de vivienda sobre el ingreso reportado.

Mientras que el artículo 146 de la Ley Federal del Trabajo, indica que las personas trabajadoras que se hayan inscrito voluntariamente al régimen obligatorio de la Ley del Seguro Social, podrán realizar aportaciones al Fondo Nacional de la Vivienda, que les permita obtener un crédito barato y suficiente.

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ebv

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