México
Pensión alimentaria, derecho irrenunciable y vital de los menores de edad: especialistas
Ciudad de México.— La Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia en la Cámara de Diputados llevó a cabo el foro nacional “Por una niñez más protegida: Instrumentación y alcances del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias (RENOA)”, en el cual participaron especialistas y funcionarios.
La diputada priista Ana Lilia Herrera Anzaldo dijo que la reforma que permitió la creación del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias tuvo como propósito velar por los derechos de las mujeres ante la carga económica, de cuidado y social, que asumen solas respecto al desarrollo de sus hijos.
De igual manera, agregó, se busca garantizar el interés superior de la niñez, es decir, crear mecanismos que les permitan hacer realidad el ejercicio de sus derechos y satisfacer sus necesidades básicas de alimentación, salud y educación, lo cual es fundamental.
Afirmó que ocho de cada 10 hogares de padres separados no reciben una pensión alimentaria, es decir, los hombres no atienden su responsabilidad moral, social y paternal.
FAMILIAS ENCABEZADAS POR MUJERES
Julieta Lujambio Fuentes, activista por los derechos de las madres solas y sus hijos, explicó que el 8 de mayo de este año, el Diario Oficial de la Federación emitió los lineamientos para la constitución del RENOA, el cual fue creado debido a la impunidad generalizada ante un derecho irrenunciable y vital de los menores de edad, que es el de los alimentos y porque cerca de un tercio de las familias son encabezadas por mujeres, quienes se agobian al saber que no les alcanza para mantener a sus hijos.
Apuntó que con esta medida se restringe a los deudores la emisión de pasaportes o documentos migratorios, postularse a cargos de elección popular y puestos públicos como juez, magistrado, regidor o consejero de municipios y se faculta al DIF como el órgano que opera este Registro y a los tribunales estatales de justicia para que alimenten y consulten las bases de datos. Además, se establece que la institución que sea requerida sobre el estatus del deudor y no lo hace será corresponsable del delito.
REGISTRO
El director general de Asuntos Jurídicos del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de Familia (SNDIF), Alejandro Cárdenas Camacho, detalló que el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias opera de forma digital, pública, gratuita y únicamente alberga la información de deudas alimentarias decretadas a favor de las niñas, los niños y los adolescentes.
Subrayó que el acceso al Registro tendrá tres modalidades: consulta pública, acceso directo para los tribunales y por parte de las procuradurías de protección a la niñez. Asimismo, los tribunales tendrán la obligación de suministrar mensualmente la información de los deudores alimentarios morosos. Por otra parte, propuso que se disminuya a cinco días el plazo para llevar a cabo la inscripción y no 90 días como actualmente se estipula.
CAPACITACIÓN
Rebeca Yolanda Bernal Alemán, abogada y defensora de los derechos de las mujeres y de la niñez, expresó que es fundamental capacitar a las autoridades jurídicas sobre la perspectiva de la infancia a efecto de que imparta justicia como es debido y exhortar a las instancias locales desde los congresos para que cumplan con los lineamientos de este Registro.
Planteó que el plazo de 90 días para que las personas sean inscritas al RENOA es enorme, por lo que propuso concientizar y dar a conocer a los niveles de gobierno y autoridades que hay un artículo en la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes que establece que se podrá pedir el certificado de no inscripción en dicho Registro.
ebv