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Pide Monreal revisar situación de “exfuncionarias” con más de dos años en prisión preventiva

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Foto Cuartoscuro

Ciudad de México.— El coordinador de los senadores de Morena en Senado, Ricardo Monreal Ávila, hizo un llamado al Poder Judicial de la Federación para que se revisen todos los casos, tanto de hombres como de mujeres que llevan más de dos años en prisión preventiva y no se les ha emitido una sentencia.

Refirió que el anuncio del presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Arturo Zaldívar, para revisar sólo aquellos casos de mujeres que lleven más de dos años en prisión preventiva, es correcto, pero debe contemplarse a todas las personas que se encuentren bajo la misma condición, “incluso para aquellas mujeres que sean exfuncionarias públicas”.

“Me parece correcto que el Presidente de la Suprema Corte haya expresado su voluntad para aplicar esta disposición constitucional para las mujeres, yo le diría que está bien, lo respaldamos, pero debe ser para todas las personas”.

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Es fundamental, dijo en conferencia de prensa, que se considere tanto a hombres como mujeres que estén sometidos a un proceso de prisión preventiva y que no se les haya emitido una sentencia, porque así lo mandata la Constitución.

La Carta Magna es muy clara, precisó, “dice que la prisión preventiva no podrá exceder del tiempo que como máximo de pena fije la ley, al delito que motivara el proceso, y en ningún caso será superior a los dos años”.

Monreal Ávila aseguró que no se trata de un tema de generosidad, sino una obligación constitucional de jueces, magistrados y ministros, y eso es lo que deben hacer respetar y en ese sentido va el exhorto que enviamos al Poder Judicial Federal.

Explicó que la Constitución Política establece que, se deben liberar a todas las personas que llevan dos años privados de la libertad bajo la figura de la prisión preventiva y que no han sido sentenciados.

Advirtió que jueces, magistrados y ministros, han incurrido en una omisión con todas aquellas personas que siguen en prisión a pesar de haber cumplido este término sin una sentencia, no sólo con las mujeres, sino con todos los que se encuentran en dicha situación.

Destacó que no se puede prolongar el ejercicio judicial si se ha cumplido este término, entonces el imputado debe ser puesto en libertad; a pesar de que lo quiera o no realizar un funcionario, es una obligación constitucional.

ebv

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