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Prohíben popotes, vasos y platos desechables en Acapulco

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CHILPANCINGO.— El Congreso de Guerrero aprobó la reforma a la Ley 593 de Aprovechamiento y Gestión Integral de los Residuos del Estado de Guerrero, con lo que se prohíbe a establecimientos industriales, comerciales y de servicios proporcionar y vender artículos de plástico y unicel, la entrega de alimentos y productos en éstos, así como al gobierno estatal y municipal el uso de los mismos en sus actividades.

La fundamentación del dictamen a favor de la propuesta fue leída por el secretario de la Comisión de Recursos naturales, Desarrollo Sustentable y Cambio Climático, Ossiel Pacheco Salas, quien consideró que con la modificación legal se incorporan nuevos instrumentos de política ambiental que permitirán un ejercicio responsable y compartido del cuidado del medio ambiente, para acabar con la contaminación derivada del uso de plásticos de un solo uso y desechables de unicel. La reforma adiciona el artículo 49 bis y se deroga el segundo párrafo al artículo 49 de la Ley 593.

En la votación en lo general diputadas hicieron reservas de artículos, para posteriormente, en lo particular, hacer adiciones, donde se incluyó la prohibición de plástico de un solo uso en la venta y entrega de alimentos como vasos y cubiertos; así como la prohibición para el sector gubernamental.

Con las modificaciones legales también queda prohibido en Guerrero usar entregar y vender popotes de plástico, prohibición que excluye aquellos utilizados en hospitales, por razones médicas o por razones de higiene, siempre y cuando sean de material biodegradable.

En la legislación se indica que los establecimientos deberán incentivar y facilitar al público que lleve y utilice sus propias bolsas reutilizables o artículos que no sean de un solo uso. En los artículos transitorios se especifica que el decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado, por lo que las autoridades estatales y municipales tendrán un plazo no mayor a 90 días naturales, posteriores a la entrada en vigor, para adecuar los reglamentos necesarios para su debida aplicación.

Sin afectar lo anterior, indica, se permitirá la transición progresiva con productos elaborados con material biodegradable, en supermercados, tiendas de autoservicios, farmacias, tiendas de conveniencia, mercados, restaurantes y similares, quienes tendrán un plazo de 6 meses, a la entrada en vigor.

En los establecimientos que se dedican a la venta de mayoreo y de menudeo de bolsas y popotes de plástico se tendrá un plazo de 12 meses para la sustitución.

“Concluidos los plazos señalados en los incisos anteriores, todos los establecimientos comerciales señalados, en el presente decreto, deberán de llevar a cabo la eliminación definitiva de las bolsas y popotes de plástico”.

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emc

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