México

SEMAR y SEDENA de nuevo a las calles a hacer labor de seguridad pública

Dicha tarea será por un periodo de cinco años, concretamente hasta el mes de marzo de 2024.

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Ciudad de México.- Andrés Manuel López Obrador, presidente de México publicó un acuerdo en el Diario Oficial de la Federación (DOF), en el que se ordena “a las Fuerzas Armadas (SEDENA y SEMAR), a participar de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada subordinada y complementaria con la Guardia Nacional en las funciones de seguridad pública”.

Dicha labor será por un periodo de cinco años, concretamente hasta el mes de marzo de 2024.

En el documento, firmado por el Titular del Ejecutivo el 8 de mayo pasado, se señala que este acuerdo era necesario para complementar el marco legal de la Guardia Nacional y comenzará a partir de mañana.

El Primer Mandatario instruyó al secretario de Seguridad y Protección Ciudadana, Alfonso Durazo Montaño, coordinarse con los titulares de la SEDENA, Cresencio Sandoval González, y de la SEMAR, Rafael Ojeda Durán, para definir la forma en que las actividades de la Fuerza Armada permanente complementarán la función de la Guardia Nacional.

En el DOF agrega que “la Fuerza Armada permanente, en el apoyo en el desempeño de las tareas de seguridad pública a que se refiere el presente Acuerdo, realizará las funciones que se le asignen conforme a las atribuciones que prevén las fracciones I, II, IX, X, XIII, XIV, XV, XVI, XXV, XXVII, XXVIII y XXXIV del artículo 9 de la Ley de la Guardia Nacional”.

Además, “en el apoyo en el desempeño de las tareas de seguridad pública, la Fuerza Armada permanente se regirá en todo momento por la estricta observancia y respeto a los derechos humanos, en términos del artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y observará la Ley Nacional Sobre el Uso de la Fuerza y demás ordenamientos en la materia”.

El acuerdo precisa que “las tareas que realice la Fuerza Armada permanente en cumplimiento del presente instrumento, estarán bajo la supervisión y control del órgano interno de control de la dependencia que corresponda”.

En cuanto a los gastos, señala que “deberán cubrirse con cargo al presupuesto aprobado a la dependencia que reciba el apoyo, para el presente ejercicio fiscal y los subsecuentes”.

ARH

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