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Validan reforma para proteger a periodistas

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México.— Con el fin de dar certeza jurídica a los periodistas que pudieran ser afectados en sus derechos, la Cámara de Diputados aprobó el dictamen que reforma el artículo 11 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República (PGR), conforme a las últimas actualizaciones legislativas.

El dictamen avalado por 378 votos precisa que en los casos referidos, el Ministerio Público de la Federación ejercerá la facultad establecida en el Artículo 21 del Código Nacional de Procedimientos Penales y no en el 10 del Código Federal de Procedimientos Penales, pues éste último ordenamiento fue abrogado.

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El documento de la Comisión de Justicia señala que la actual redacción del citado artículo deja en incertidumbre jurídica a los periodistas cuando sufran algún delito en contra de la libertad de expresión, estando a lo dispuesto del Código Federal de Procedimientos Penales, el cual ya fue derogado.

Al argumentar el dictamen, el presidente de la Comisión de Justicia, el priista Álvaro Ibarra Hinojosa indicó que la reforma refiere una armonización legislativa sobre la facultad de atracción para reconocer delitos contra periodistas.

“Proponemos reformar el Artículo 11 de la ley en mención, en razón de que dicho párrafo aún contiene reminiscencias del Sistema de Justicia Penal inquisitivo y hace referencia al abrogado Código Federal de Procedimientos Penales”, sostuvo.

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El documento avalado establece que la labor periodística es uno de los pilares para la libertad de expresión y, por lo tanto, la protección del ejercicio periodístico es esencial.

Indica, además, que “cuando tales delitos quedan impunes, se fomenta la reiteración de actos violentos y puede resultar en el silenciamiento y en la autocensura de las y los comunicadores”.

La reforma promovida por la presidenta de la Comisión Especial de Seguimiento a las Agresiones a Periodistas y Medios de Comunicación, la panista Brenda Velázquez Valdez, fue enviada al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

AGP

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