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El Vaticano actualiza normas sobre apariciones y fenómenos sobrenaturales

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Vaticano.— El Dicasterio para la Doctrina de la Fe publicó nuevas normas para proceder en el discernimiento de presuntos fenómenos sobrenaturales.

Estas nuevas normas buscan equilibrar el respeto por la devoción popular con un discernimiento riguroso y prudente de los presuntos fenómenos sobrenaturales, protegiendo tanto la fe de los fieles como la integridad de la doctrina eclesiástica.

La principal actualización establece que la declaración de sobrenaturalidad será excepcional y quedará reservada al Papa.

Las decisiones que tomen las autoridades eclesiásticas sobre estos fenómenos, “de forma habitual, no cabe esperar un reconocimiento positivo” sobre el origen divino de los presuntos fenómenos sobrenaturales.

Las normas anteriores, promulgadas en 1978 por Pablo VI, ofrecían tres posibles pronunciamientos: afirmativo (constat de supranaturalitate), negativo (constat de non supranaturalitate) o no definitivo (non constat de supranaturalitate). Las nuevas normas, que entrarán en vigor el domingo 19 de mayo, fiesta de Pentecostés, contemplan seis posibles conclusiones fruto de un discernimiento realizado por el Ordinario del lugar, con la colaboración del Dicasterio para la Doctrina de la Fe.

  1. Nihil obstat: no se expresa ninguna certeza sobre la autenticidad sobrenatural, pero se reconocen signos de una acción del Espíritu. Se anima al obispo a evaluar el valor pastoral y a promover la difusión del fenómeno, incluidas las peregrinaciones.
  2. Prae oculis habeatur: se reconocen signos positivos, pero también elementos de confusión o riesgos que requieren discernimiento y diálogo con los destinatarios. Puede ser necesaria una clarificación doctrinal si hay escritos o mensajes asociados al fenómeno.
  3. Curatur: están presentes elementos críticos, pero hay una amplia difusión del fenómeno con frutos espirituales verificables. Se desaconseja una prohibición que pueda perturbar a los fieles, pero se pide al obispo que no fomente el fenómeno.
  4. Sub mandato: Las cuestiones críticas no están relacionadas con el fenómeno en sí, sino con el mal uso que hacen de él individuos o grupos. La Santa Sede confía al obispo o a un delegado la guía pastoral del lugar.
  5. Prohibetur et obstruatur: A pesar de algunos elementos positivos, las criticidades y los riesgos son graves. El Dicasterio pide al obispo que declare públicamente que no se permite la afiliación y que explique los motivos de la decisión.
  6. Declaratio de non supernaturalitate: el obispo está autorizado a declarar que el fenómeno no es sobrenatural basándose en pruebas concretas, como la confesión de un presunto vidente o testimonios creíbles de falsificación del fenómeno.

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Las nuevas normas establecen que los obispos diocesanos, en diálogo con su Conferencia Episcopal y bajo la supervisión del Dicasterio para la Doctrina de la Fe, deben examinar los casos de posibles apariciones. Una vez investigados los hechos, el obispo debe remitir los resultados al Dicasterio, que evaluará el material y el procedimiento seguido. Hasta que el Dicasterio no se pronuncie, el obispo debe abstenerse de hacer declaraciones públicas sobre la autenticidad del fenómeno.

Si el fenómeno afecta a más de una diócesis, debe establecerse una comisión interdiocesana para la investigación. Los obispos deben contener las manifestaciones religiosas confusas y evitar el sensacionalismo.

Los criterios positivos incluyen la credibilidad de los implicados, la ortodoxia doctrinal del fenómeno, el carácter imprevisible del hecho y los frutos de vida cristiana. Los criterios negativos observan la presencia de errores doctrinales, un espíritu sectario, la búsqueda de beneficios personales y la existencia de actos inmorales o problemas psíquicos.

Al concluir la investigación, el obispo emite un voto personal basado en las seis declaraciones previstas, que debe ser ratificado por el Dicasterio para la Doctrina de la Fe. Las conclusiones se comunicarán a los fieles de manera clara y comprensible. El obispo debe continuar vigilando el fenómeno y el Dicasterio se reserva el derecho de intervenir en cualquier momento.

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