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Falla Corte de Justicia de Argentina en favor del registro de sacramentos de la Iglesia católica

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Buenos Aires.— La Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina reafirmó que no es posible imponer a una autoridad religiosa, como la Iglesia Católica, la procedencia y el modo en que debe modificar el registro de un sacramento.

El fallo emitido por la Corte Suprema responde a la solicitud de Alba Rueda, representante especial sobre Orientación Sexual e Identidad de la Cancillería, y militante por los derechos de las personas trans, que solicitaba al Arzobispado de Salta la modificación de sus registros de Bautismo y Confirmación.

Alba Rueda pedía que se anularan las actas y se emitieran otras nuevas, adecuadas a su nuevo nombre e identidad de género autopercibida.

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La sentencia, firmada por los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, citó los artículos 14 y 19 de la Constitución Nacional, vinculados a la libertad de culto y de conciencia, y determinó por unanimidad que todo lo relativo al registro de sacramentos constituye materia eclesiástica sobre la que el Estado no puede interferir.

Asimismo, detalló que no es posible imponer a una autoridad religiosa como la Iglesia Católica la procedencia y el modo en que debe registrar o modificar el registro de un sacramento, pues ello conllevaría a una inadmisible intromisión del Estado en el ejercicio de un culto y, por ello, una violación de la libertad religiosa garantizada por la Constitución Nacional.

“No puede desconocerse que la legislación civil y la legislación canónica regulan materias diferentes ya que el ámbito civil resulta distinto e independiente al religioso”, señaló.

Por su parte, el Arzobispado de Salta explicó que una persona tiene el derecho, de acuerdo a la ley civil, a modificar su identidad de género y a expresar su identidad autopercibida como femenina; pero no puede “imponer la negación de la realidad” ya que, al tiempo de su nacimiento y de su Bautismo, “era una persona de sexo masculino”.

Sin embargo, accedió hacer una adenda en sus registros según consta en la legislación civil vigente respecto de la identidad de género experimentados por Alba Rueda.

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ebv

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