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La Salle brinda asesoría jurídica gratuita ante crisis por COVID-19

Temas laborales son la principal causa de injusticia en esta pandemia

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Ciudad de México.- En apoyo a la comunidad en el marco de la crisis sanitaria global por el COVID-19, la Facultad de Derecho de la Universidad La Salle anunció que brindará apoyo y asesoría jurídica de manera totalmente gratuita para quienes con motivo de la pandemia así lo requieran.

El Despacho Pro Bono de la Universidad La Salle reúne el talento de profesores y estudiantes de su Facultad de Derecho, atendiendo un promedio de 400 casos anuales, aumentando en más del 300% su número de atenciones desde 2018.

Es ante la situación actual que atraviesa México como consecuencia de la pandemia, que el Despacho Pro Bono de la Universidad La Salle decidió impulsar de forma extraordinaria este apoyo en temas jurídicos a toda la comunidad que lo solicite.

A través de un comunicado La Salle indicó que todas aquellas personas que se vean afectadas en cualquier situación pueden acudir a solicitar el apoyo, sin embargo, son casos principalmente del ámbito laboral, los que se han estado presentando con mayor frecuencia en el marco de la situación actual.

Entre las posibles injusticias están:

Despido injustificado 

Es una situación que se ha suscitado en demasía en esta cuarentena, lo cual está regulado en el artículo 48 de la Ley Federal del Trabajo y se busca proteger al trabajador.

Disminución de salario 

Si se ha dado lugar a una reducción de salario unilateralmente en este periodo de cuarentena, esto es contrario a las leyes mexicanas y se regula en el artículo 83 de la Ley Federal del Trabajo.

Descanso por pandemia

A muchos trabajadores que los han mandado a sus casas por la situación actual, se les hizo firmar un documento en el cual aceptaban el descanso, pero sin goce de sueldo, esto es completamente ilegal y se encuentra en los artículos 72 y 73 de la Ley Federal del Trabajo.

Toma de vacaciones obligada

Los trabajadores son libres de elegir el periodo de vacaciones que quieran, siempre y cuando se haya hablado con el patrón y se le avise, esto conforme al artículo 81 de la Ley Federal del Trabajo, pero en ningún momento el patrón te puede obligar a tomar vacaciones en alguna fecha en específico.

Negación del pago

La obligación del patrón de pagar el salario se menciona en el artículo 106 de la Ley Federal del Trabajo no se suspende, salvo en los casos y con los requisitos establecidos en la Ley Federal del Trabajo.

Obligar al trabajador a asistir

Algunos empleos se pueden realizar de forma remota y a distancia. Si el patrón obliga al trabajador a asistir al lugar de trabajo con la situación de salud que se presenta en el mundo, vulnera lo estipulado en el artículo 132, fracción XVII y XIX Bis, ya que esta acción arriesga a sus trabajadores.

Realizar colectas

El hacer o autorizar colectas en los establecimientos y lugares de trabajo, con lo dispuesto en al artículo 133 fracción VI, es ilegal por parte de los patrones realizar esta actividad, con la supuesta justificación de poder mantener a flote el lugar de trabajo o para poder pagar los servicios necesarios como es, limpieza, luz, internet, agua, etc.

Rescisión de contrato sin responsabilidad para el trabajador

En caso de que el patrón no cumpla con las medidas preventivas en caso de que la salud del trabajador y de su familia esté en riesgo, el trabajador podrá pedir la rescisión contractual sin responsabilidad según el artículo 51 de la Ley Federal del Trabajo.

Además, el despacho continúa ofreciendo sus servicios regulares, siguiendo las debidas medidas de precaución recomendadas por el gobierno federal.

Para solicitar este apoyo gratuito puedes ponerte en contacto vía correo electrónico
en despachoprobono@lasalle.mxcon copia a carmen.cobos@lasalle.mx.


O en el teléfono 5528998169, en un horario de 9:00 a 15:00 horas.

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