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Apertura de adquisición de vacunas contra Covid-19 es obligación constitucional; INAI respeta fallo de SCJN

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Foto Cuartoscuro

Ciudad de México.— El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) respetará las sentencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitidas en los recursos de revisión en materia de seguridad nacional interpuestos respecto de las resoluciones en contra de la Secretaría de Salud (SSA), relacionadas con la entrega de documentos para la adquisición de vacunas.

En la primera resolución, el Pleno del INAI por unanimidad determinó revocar la reserva de la información invocada por la SSA y le instruyó entregar versiones públicas de los contratos para la adquisición de vacunas contra Covid-19, celebrados con las farmacéuticas Pfizer, AstraZeneca, CanSino, Sputnik, Serum y Sinovac.

En la segunda resolución, aprobada también por unanimidad, el Pleno resolvió modificar la respuesta de la SSA y le instruyó confirmar, a través de su Comité de Transparencia, la clasificación de los comprobantes de pagos para la adquisición de vacunas contra Covid-19 como información reservada y confidencial, con fundamento en los artículos 110, fracción II y 113, fracciones II y III, de la Ley Federal de Transparencia.

Las Comisionadas y los Comisionados del INAI, en estricto respeto al Estado de derecho y atendiendo a la extraordinaria circunstancia provocada por la pandemia, señalan que asegurar la apertura de información relacionada con la adquisición de vacunas, además de ser una obligación constitucional que ha posicionado al Instituto en el liderazgo internacional en materia de acceso a la información y rendición de cuentas, es concordante con la resolución 1/2020 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, emitida el 10 de abril de 2020.

Al respecto, dicho organismo internacional puntualizó que se debía asegurar el derecho de acceso a la información pública en el marco de la emergencia generada por Covid-19 y no establecer limitaciones generales basadas en razones de seguridad u orden público.

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También dejó claro que los organismos que garantizan este derecho y los sujetos obligados debían otorgar prioridad a las solicitudes de acceso a la información relacionadas con la emergencia de salud pública, así como informar proactivamente a todos los grupos en situación de vulnerabilidad, en formatos abiertos y de manera accesible, sobre los impactos de la pandemia y los gastos de emergencia, desagregados de acuerdo con las mejores prácticas internacionales.

En este contexto y frente al desafío que significaba el acceso a la información en el desarrollo de la pandemia, el Pleno del INAI, privilegió la apertura de la información, favoreciendo el principio de máxima publicidad y la rendición de cuentas, por encima de los posibles intereses o factores externos, sobre todo, cuando se trata de contrataciones pagadas con recursos públicos, las cuales, incluso, están consideradas como una obligación de transparencia.

Tras analizar los dos recursos de revisión en materia de seguridad nacional interpuestos por el Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal, este lunes, el Pleno de la SCJN resolvió ambos recursos de revisión, en los que reconoce los términos de las resoluciones emitidas por el INAI, en el sentido de proporcionar versiones públicas, y ampliando, sin embargo, el periodo de reserva de la información de 2 a 5 años.

El INAI se mantendrá atento a la notificación de las sentencias, a fin de analizar y conocer a detalle su contenido y los argumentos que llevaron al Máximo Tribunal a resolver en dicho sentido.

CONTRATOS Y COMPROBANTES DE PAGO SOBRE LAS VACUNAS DE COVID-19 ES INFORMACIÓN RESERVADA: SCJN

Por mayoría de votos, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó resguardar la información sobre los contratos y comprobantes de pago que efectuó el Gobierno de México con diversas farmacéuticas, por la compra de vacunas contra el Covid-19.

A propuesta del Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, la SCJN determinó declarar fundados dos recursos de revisión en materia de seguridad nacional, interpuestos por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal contra la decisión del INAI de entregar el contenido íntegro de los contratos y comprobantes de pago a un particular, pues consideró que dar a conocer esa información sí implica un riesgo en perjuicio de la seguridad nacional.

Para la Ministra Yasmín Esquivel Mossa, la sola posibilidad de infringir las cláusulas de confidencialidad de los contratos, como son precios, costos, detalles y calidad del producto, entre otras características, no implica solamente el riesgo de enfrentar demandas por incumplimiento de la relación contractual con las consecuencias económicas inherentes, sino que adicionalmente representa el riesgo de dejar a la población sin el suministro de vacunas y los incalculables daños de todo tipo que ello acarrearía a la propia estabilidad económica y social del país, poniendo en riesgo la vida y la salud de numerosas personas.

ebv

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