México
¡Que no te engañen!, Actívate explica que SCJN NO despenalizó el aborto en todo el país
Ciudad de México.— Actívate, la plataforma digital conformada por herramientas que promueven la participación ciudadana, aclaró que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) NO despenalizó el aborto en todo el país.
La Primera Sala de la Suprema Corte resolvió un amparo interpuesto en 2021 por el Grupo de Información en Reproducción Asistida (GIRE) que busca que todas las mujeres tengan acceso a abortos.
En ese sentido, Actívate pidió a la población no dejarse engañar de lo que algunos medios de comunicación han informado en el sentido de que la despenalización del aborto es una realidad, pero “esto no es así”.
Por ello, explicó lo que discutió y avaló la víspera la Suprema Corte:
La Primera Sala invalidó la prohibición del aborto voluntario en el Código Penal Federal. En esta sentencia, aplicó al Código Penal Federal el criterio judicial que decidió el pleno de la SCJN el 7 de septiembre del 2021 “es inconstitucional la prohibición del aborto en el inicio de la gestación”.
“¿Esta sentencia despenaliza el aborto? No, de ninguna manera. La Corte no legisla, la regulación del aborto es competencia de cada uno de los congresos estatales. Existen otros 32 códigos penales, uno por cada estado. En todos los códigos penales el aborto sigue siendo un delito”, detalló.
LEE Presentan Amicus Curiae a SCJN con argumentos jurídicos en defensa de la vida
Asimismo, cuestionó ¿la sentencia obliga a los congresos estatales a modificar su código penal en materia de aborto? “No, la sentencia no los obliga en ningún sentido”, respondió.
“Territorialmente en México ¿En dónde aplica el Código Penal Federal en materia de aborto? Técnicamente en ningún estado de la república. El IMSS e ISSSTE, instituciones reguladas por leyes federales, no practican abortos con fundamento en la prohibición del CPF.
Con esta sentencia, ¿el aborto ya no es delito en el Código Penal Federal? El aborto sigue siendo un delito en el CPF el criterio judicial y corresponde solamente a la Cámara de Diputados modificarlo, no a los ministros de la SCJN .
¿Qué efectos tiene esta sentencia?
De acuerdo con Actívate todavía falta conocer la versión final de la sentencia para conocer sus efectos. Se plantea que el delito del aborto no aplicará a las mujeres que sean acompañadas por GIRE cuando acudan a instituciones de salud reguladas por el orden federal.
ebv