México

Tribunal Electoral divide sentencias contra ministros de culto

Publicada

on

Foto archivo Cuartoscuro

Ciudad de México.— El Pleno Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la infracción atribuida al obispo Pedro Pablo Elizondo Cárdenas por violación al principio de separación Iglesia-Estado; así como la relativa a la violación del periodo de veda electoral, atribuida al cardenal Juan Sandoval Íñiguez.

Sin embargo, el tribunal electoral determinó confirmar la existencia de la violación al principio constitucional de separación Iglesia-Estado, por parte del cardenal Juan Sandoval Íñiguez y del sacerdote Mario Ángel Flores Ramos.

DENUNCIAS DE MORENA

La denuncia en contra de diversos ministros de culto, se presentó en junio de 2021, derivado de la publicación de videos en redes sociales durante el proceso electoral 2020-2021, mediante los cuales realizaron manifestaciones presuntamente proselitistas en contra de Morena, violentando el principio de separación Iglesia-Estado, así como la veda electoral.

A pesar de que las quejas contra los ministros de culto fueron retiradas por Morena, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación decidió continuar con el proceso.

Al no poder sentenciarlos por violar ley alguna, los magistrados lo hicieron por supuestamente transgredir “principios” constitucionales.

En ese sentido, la Sala Regional Especializada declaró existente la infracción atribuida a los ministros, correspondiente a la transgresión a los principios de separación Iglesia-Estado, equidad e igualdad en la contienda y a la veda electoral; al considerar que realizaron manifestaciones que impactaron en el proceso electoral federal al pretender influir en el sentido del voto de la ciudadanía.

LEE Obispos rechazan ley que permite el aborto en Ecuador

LIBERTAD DE EXPRESIÓN

Ante ello, los ministros de culto promovieron medios de impugnación alegando, principalmente, que las expresiones se realizaron en ejercicio de su libertad de expresión y en su carácter de ciudadanos, no como representantes de la Iglesia.

Además, sostuvieron que no indujeron al voto y, por ende, no vulneraron el principio de separación Iglesia-Estado.

MONSEÑOR PEDRO PABLO ELIZONDO CÁRDENAS NO HIZO PROSELITISMO

De esta forma, en sesión pública por videoconferencia, a propuesta del magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón, el pleno de la Sala Superior consideró que las manifestaciones del Obispo de Cancún-Chetumal, Mons. Pedro Pablo Elizondo Cárdenas no conllevan proselitismo electoral, “pues su mensaje fue ambiguo y no es posible identificar a una fuerza política a la que intentara beneficiar o perjudicar políticamente”.

Asimismo, el cardenal Juan Sandoval Íñiguez no vulneró la veda electoral, porque la publicación denunciada se realizó antes de que iniciara esta etapa del proceso, pues se realizó el 1 de junio, mientras que la veda transcurrió del 3 al 5 de junio.

SEPARACIÓN IGLESIA-ESTADO

Sin embargo, ratificó que Juan Sandoval Íñiguez y Mario Ángel Flores Ramos vulneraron el principio de separación Iglesia-Estado pues sus expresiones, de manera inequívoca, pretendieron inducir al voto en contra de una opción política y se realizaron a través de redes sociales, es decir, medios de comunicación masiva que trascendieron a la ciudadanía.

El fallo contra Sandoval Íñiguez y Flores Ramos podría ser llevado a una instancia internacional, como la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

LEE Líderes religiosos piden no aprobar la reforma sobre libertad de culto

CASOS

En el caso del Cardenal Sandoval Íñiguez, la sanción surge de su llamado del 1 de junio de este año a no votar por quienes “están en el poder”, pues “se viene la dictadura o se pierde la libertad porque se trata de un sistema comunista, socialista que esclaviza”.

Dijo además que en ese proceso electoral estaba “en juego también la familia, el bien de la familia y de la vida, porque este gobierno ha adoptado la ideología de género”.

El sacerdote Mario Ángel Flores Ramos fue sentenciado por su conferencia “La Doctrina Social de la Iglesia y el compromiso político en las elecciones del 6 de junio”, en la que pidió que “no demos más poder a quien no ha sabido usarlo para el bien común” y “no brindemos más confianza a quien se dedica a dividir, no a unir, no a desarrollar”.

“Cuidemos nuestra democracia, es de todos, no de una persona”, dijo el sacerdote en esa ocasión.

PROYECTOS CONTRA LA IGLESIA

De acuerdo con Aciprensa, CitizenGO denunció que Morena, prepara una serie de proyectos de ley que “van contra la Iglesia”.

En un correo electrónico remitido a sus suscriptores, CitizenGO señaló que “a través de cinco proyectos legislativos”, miembros del partido del Presidente López Obrador “básicamente lo que pretenden es criminalizar a quienes no piensen como ellos”.

Señaló que el paquete de proyectos legislativos que ya se encuentran en discusión en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, órgano legislativo federal de México, “incluye una iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción IV del artículo 29 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público”.

Con esta reforma, advirtió, se busca “sancionar ‘expresamente a las asociaciones religiosas o ministros de culto, cuando profieran expresiones o actos de discriminación en contra de las personas, particularmente en el caso de aquellos actos de discriminación en contra de las personas con motivo de su identidad sexual o expresión de género’”.

Los proyectos de ley son promovidos por las diputadas de Morena Reyna Celeste Ascencio Ortega, Salma Luévano Luna y María Clementa García.

ebv

Te Recomendamos

Salir de la versión móvil