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Rechaza SCJN violación al proceso legislativo en Ley de Remuneraciones

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Ciudad de México.— La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desestimó el argumento de que hubo violaciones en el proceso legislativo para que la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos fuera aprobada.

En un comunicado, se informó que no se alcanzó la mayoría calificada de ocho votos para poder invalidar de una vez la legislación, como lo propuso el ministro Alberto Pérez Dayán.

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación no alcanzó la mayoría de ocho votos para declarar la invalidez de la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos por vicios en el proceso legislativo.

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“Seis ministros se pronunciaron en favor de invalidar la totalidad del Decreto por el que se expidió la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, por estimar que hubo violaciones graves al proceso legislativo que le dio origen, sin embargo, al no haberse alcanzado la mayoría calificada de al menos ocho votos, el asunto se desestimó en este punto; es decir, no será tomado en consideración y la SCJN no hará pronunciamiento al respecto”.

En su proyecto de resolución, el ministro Alberto Pérez Dayán argumentó que en la aprobación de dicha ley si hubo vicios en el proceso legislativo entre las que destacan: que la minuta no fue dictaminada dentro del periodo ordinario de sesiones en que fue presentada, como lo exige el numeral 2 del artículo 184 del Reglamento de la Cámara de Diputados.

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Asimismo, porque no se discutió de manera sucesiva el proyecto de ley en términos del primer párrafo del artículo 72 de la Constitución y porque la inobservancia a lo dispuesto en la Constitución y el Reglamento de la Cámara Baja provocó la emisión de un ordenamiento que no guarda congruencia con el marco constitucional y legal que ahora rige.

“En la sesión de próximo lunes continuará la discusión de este asunto, lo cual implicará determinar si existen o no omisiones legislativas, que impliquen la invalidez de todo el decreto”.

En caso de que no se alcance la votación necesaria para invalidar todo el decreto por la razón expuesta, se entraría al análisis de los argumentos formulados respecto de los artículos que no fueron sobreseídos.

ebv

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