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SEDENA informará sobre su intervención en Ixtapaluca
Ciudad de México.— La Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) deberá buscar y dar a conocer los delitos atendidos, así como los informes que ha realizado, derivados de su intervención en las “Bases de Operaciones Mixtas”, desplegadas en el municipio de Ixtapaluca, Estado de México, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Al presentar el asunto ante el Pleno, el comisionado presidente, Francisco Javier Acuña Llamas, destacó que el asunto tiene que ver con un tema de gran actualidad, la pertinencia y el grado de participación de militares en labores de seguridad pública, que ha generado, dijo, muchas opiniones en los ámbitos académicos y políticos del país.
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“En zonas muy amplias del país, sabemos que prevalece una inseguridad pública agravada, que ha marginado poblaciones por no contar con ese elemento básico. En todo el mundo hay inseguridad, por muchas razones, pero la seguridad pública que se consideraba un bien mínimo básico para hablar de Estado democrático de derecho, se ha venido convirtiendo en un asunto más aleatorio, más volátil, con mucha facilidad se puede hablar de inseguridad pública agravada”, remarcó.
En respuesta, a un particular que solicitó dicha información, el sujeto obligado, a través del Estado Mayor, informó que, en coordinación con las autoridades federales, estatales y municipales, implementan las “Bases de Operaciones Mixtas”, integrando una fuerza interinstitucional para la atención de zonas que representan alta incidencia de inseguridad pública, con operaciones de vigilancia móvil y/o estacionaria, revisión de vehículos y atención de denuncias ciudadanas.
Agregó que la participación del personal militar en dichos instrumentos, es en calidad de coadyuvante de las autoridades civiles, sin sustituirlas en sus funciones; en ese sentido, precisó que, en el municipio de Ixtapaluca, a partir del 17 de enero de 2017, se encuentran desplegadas dos “Bases de Operaciones Mixtas”.
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El particular interpuso recurso de revisión ante el INAI, en el que manifestó su inconformidad por no recibir los delitos atendidos, así como los informes generados durante el periodo de intervención de la SEDENA, en la referida estrategia, como había solicitado originalmente.
En alegatos, la SEDENA manifestó su incompetencia para conocer de dichos contenidos de información.
En el análisis de caso, la ponencia del comisionado Acuña Llamas, una vez realizada una búsqueda de información pública, advirtió que el Programa Sectorial de Defensa Nacional 2013-2018 prevé que el despliegue operativo del Ejército y Fuerza Aérea responde a la necesidad estratégica de mantener presencia permanente en el territorio nacional, para cumplir las misiones de protección y vigilancia del país, con la finalidad de apoyar a los tres órdenes de gobierno en diversas actividades.
Se expuso que las “Bases de Operaciones Mixtas” están integradas con tropas de las unidades y dependencias de los Mandos Territoriales, Agentes del Ministerio Público Federal y Común, elementos de la Policía Federal Ministerial y Agentes Preventivos Estatales.
Además, la ponencia localizó el 4to. informe de labores de la SEDENA, del cual fue posible advertir que, la dependencia, como autoridad participante en la implementación y desarrollo de las “Bases de Operaciones Mixtas”, ha hecho pública diversa información generada derivado de su intervención en dicho programa, por lo que lo solicitado podría obrar en sus archivos.
En ese sentido, se consideró que el procedimiento de búsqueda realizado fue restrictivo y se estimó que resultaba aplicable el Criterio 15/13, emitido por el Pleno del INAI, en el sentido de que, en caso de que el sujeto obligado tenga una competencia concurrente, deberá agotar el procedimiento de búsqueda de la información y proporcionar aquélla con la que cuente, o bien, de no ser así, declarar la formal inexistencia.
Se manifestó que la dependencia debió haber activado el procedimiento de búsqueda de la información en aquellas unidades administrativas competentes, además del Estado Mayor, es decir, la oficina del General Secretario y las Zonas Militares en el Estado de México.
Derivado de lo anterior, a propuesta del comisionado presidente, Francisco Javier Acuña Llamas, el Pleno del INAI determinó modificar la respuesta de la SEDENA y le instruyó a realizar la búsqueda de la información en todas las unidades administrativas competentes, sin omitir las ya mencionadas, y la entregue al particular, en los términos referidos.
En el caso de que la información localizada sea de carácter confidencial o reservada, o bien, contenga partes o secciones susceptibles de ser clasificadas, la SEDENA deberá emitir una respuesta conforme a derecho.
ebv