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Objeción de Conciencia es compatible con derecho al acceso a salud para pacientes: diputados

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Ciudad de México.— El Grupo Parlamentario del Partido de Acción Nacional (PAN) en la Cámara de Diputados presentaron una iniciativa en materia de objeción de conciencia.

De esta forma, los diputados panistas cumplen de manera inmediata con el exhorto que el Poder Judicial realizó al Congreso de la Unión para actualizar la Ley General de Salud.

En ese sentido se manifestaron en contra de todo aquello que limite la libertad de decidir y se convierta en una regresión a los derechos por los que hemos luchado durante décadas en el sector salud.

“Quienes suscribimos esta iniciativa defendemos el derecho del personal sanitario a la Objeción de Conciencia; no debe suprimirse, ni obstaculizarse más que por los límites que marcan los derechos humanos, forma parte de los principios más elementales en el sistema de salud, al preservar la ética, la autonomía, la dignidad personal y profesional de los trabajadores de la salud”, señaló el diputado Ector Jaime Ramírez Barba.

Ramírez Barba dijo que debe atenderse lo señalado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en su resolución del 21 de septiembre de 2021 al declarar la invalidez del artículo 10 Bis de la Ley General de Salud, “para que la ley establezca los lineamientos y límites necesarios para que la Objeción de Conciencia pueda ser ejercida sin poner en riesgo los derechos humanos de otras personas, en especial el derecho a la salud”.

Los panistas consideran un error los pronunciamientos de aquellos que quieren poner barreras para que la Objeción de Conciencia sea irrealizable, “vemos con preocupación las Iniciativas presentadas por MORENA que pretenden limitar el derecho a la Objeción de Conciencia, sobre todo ante procedimientos de interrupción del embarazo, limitando la libertad de decidir y obstaculizando el libre ejercicio de la profesión a los médicos y personal de enfermería”.

El diputado panista señaló que el gobierno de Morena reiteradamente está violando los derechos del personal sanitario; los ha dejado sin equipo médico frente a la pandemia del Covid-19 provocando muertes evitables; además incumplió con las promesas de contratación y basificación y ahora quiere restringir su derecho a la Objeción de Conciencia.

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“Nosotros creemos que la Objeción de Conciencia es plenamente compatible con derecho al acceso a la salud para los pacientes; nunca debe ser vista como una limitante para recibir atención médica, sino como un principio que protege la integridad de los profesionales de la medicina”.

Ante ello, hicieron un llamado a los legisladores a iniciar cuanto antes el análisis de los proyectos de ley, en un espacio de Parlamento Abierto, mediante el diálogo y la reflexión con todos los actores involucrados, incluyendo los colegios, federaciones y asociaciones de medicina.

Ramírez Barba aclaró que la iniciativa establece con claridad que la objeción de conciencia será un derecho individual, únicamente puede ser invocada por personas y nunca por instituciones del Sistema Nacional de Salud.

Detalló que el personal médico y de enfermería que forme parte del Sistema Nacional de Salud, podrá ejercer la objeción de conciencia y excusarse de participar en la prestación de servicios, cuando consideren que se oponen a sus convicciones religiosas, éticas y de conciencia, respetando los derechos de los pacientes.

Su ejercicio se permitirá, de acuerdo a las siguientes reglas:

I. Cuando se ponga en riesgo la vida del paciente, se trate de una urgencia médica o produzca un grave daño a su salud, no podrá invocarse la objeción de conciencia.

II. Las instituciones del Sistema Nacional de Salud deberán asegurarse de contar con personal médico y de enfermería suficiente de carácter no objetor para garantizar que se preste la atención médica.

III. En caso de que, en un hospital, unidad sanitaria o de seguridad social no se cuente con personal médico y de enfermería no objetor de conciencia, las instituciones del Sistema Nacional de Salud se encuentran obligadas a realizar el traslado de las personas a otra unidad.

IV. Será obligación de las instituciones del Sistema Nacional de Salud la permanente disponibilidad de personal no objetor de conciencia.

Además, se deja en claro que, el ejercicio de la objeción de conciencia no derivará en ningún tipo de discriminación laboral.

No obstante, el personal médico o de enfermería objetor de conciencia se abstendrá de emitir algún juicio valorativo de carácter religioso o personal que pueda discriminar, vulnerar la dignidad humana o interferir en la atención médica.

La SCJN, la CNDH, el Congreso de la Unión y los Congresos locales, deben garantizar la Objeción de Conciencia, demandamos que cumplan con sus obligaciones de proteger los derechos humanos que garantiza nuestra constitución.

ebv

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