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Vehículos sin anclaje como scooters, no podrán operar

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Ciudad.— Las empresas que no cumplan con los lineamientos para regular la operación de bicicletas, monopatines, patinetas o ruedas eléctricas sin anclaje en la Ciudad de México no podrán operar, recalcó el titular de la Secretaría de Movilidad (Semovi), Andrés Lajous Loaeza.

Explicó que las reglas de operación garantizarán un transporte ordenado, banquetas libres, balance entre oferta y demanda, mantenimiento de unidades, pólizas de seguro, servicio de atención a clientes y que la velocidad máxima de estos aparatos no sea mayor a 25 kilómetros por hora.

“Como son motores eléctricos se les puede poner el límite, que sean 25 kilómetros por hora dentro de las reglas técnicas que constituye este tipo de patines”, indicó en conferencia de prensa, luego de mencionar que las sanciones a los usuarios dependerán de las empresas.

Sostuvo que entre los lineamientos, publicados este martes en la Gaceta Oficial, también se amplió el área de operación de esas unidades, pues anteriormente sólo se permitía en tres alcaldías en las zonas de Chapultepec, Polanco, Roma, Condesa, Del Valle y del Centro. Ahora el polígono pasará de 30 a 31.3 kilómetros cuadrados con la incorporación de la región Lomas Virreyes al norponiente de la ciudad.

Asimismo indicó que se permitirá que cada empresa amplíe el número de unidades de mil 100 a mil 483 en el caso de bicicletas y de 500 a 856 en el caso de monopatines o “scooters”, como también se le conocen.

El titular de la Semovi indicó que en el gobierno anterior se otorgaban permisos cada dos semanas y que el objetivo es que a partir de junio se otorguen permisos a cambio de una contraprestación por un año, donde los recursos serán utilizados para la infraestructura y las zonas de arribo que se darán a conocer en abril.

Entre los lineamientos se detalla que las bicicletas y monopatines podrán operar de 5:00 a 00:30 horas, de lunes a domingo; quedará prohibido el uso de tarifas dinámicas; y las empresas tendrán ocho horas para reubicar las unidades de servicio estacionadas fuera del área de operación siempre que no cuenten con un reporte de robo.

Las unidades no se podrán estacionar en franjas peatonales, de fachada y acceso a predios, cruces, rampas peatonales, estaciones de transporte público masivo y semimasivo. Además no se podrán colocar ni iniciar y finalizar viajes en zonas de valor ambiental. (Notimex)

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emc

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