México
¿Cómo es la convivencia de niños con sus padres separados en tiempos de COVID-19?
Aumentan conflictos familiares por incumplimiento del régimen de convivencia y visitas
Ciudad de México.- La emergencia sanitaria por el COVID-19 ha tenido importantes repercusiones en México en el tema del régimen de convivencia al que están sujetos los hijos menores de edad de padres divorciados.
De acuerdo con el abogado especialista, Raúl Rodríguez Piña, con la crisis del coronavirus se observa un aumento en los conflictos familiares causado por el incumplimiento del régimen de convivencia y visitas de los progenitores a los hijos, cuya custodia ha sido dictada para ejercicio exclusivo de uno de los padres, debiendo sujetarse el otro, al acuerdo de visitas calendarizadas para mantener la convivencia y lazo entre padres e hijos.
La prohibición para evitar que el progenitor pueda mantener convivencia con su hijo o hija, considera Rodríguez Piña, puede no siempre estar justificada por el padre o madre en ejercicio de la patria potestad.
Estas justificaciones, pueden derivar de las medidas de emergencia y las consecuentes situaciones de confinamiento y distanciamiento social como medio de control y mitigación de contagios por COVID 19.
De acuerdo con el especialista, el régimen de visitas se determina siempre bajo el principio del interés superior de la niña, niño o adolescente, bajo un esquema de lo más equitativo posible entre los padres, como fines de semana y fechas importantes de forma intercalada, para asegurar que los derechos de los menores no se vean vulnerados, así como el propósito de que los padres tengan tiempo de calidad con sus hijos.
Desafortunadamente, este equilibrio de convivencia con los padres, aunque sólo uno de ellos tenga la custodia del menor, se ha visto notoriamente afectado durante la emergencia sanitaria, principalmente porque no hay actividad jurisdiccional con regularidad en los Juzgados familiares, lo que puede ser el factor para incumplimiento del régimen de convivencia y visitas de alguno de los progenitores.
Para la atención del estado de emergencia sanitaria, el Pleno del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México emitió el “Plan de Contingencia para el Poder Judicial de la Ciudad de México”, para que los Juzgados familiares mantengan guardias presenciales durante el periodo de suspensión de labores y de plazos procesales del 18 de marzo al 31 de mayo del 2020, para evitar la vulnerabilidad de los menores ante los conflictos familiares durante la emergencia sanitaria generada por la pandemia.
Los Juzgados familiares deben recibir las demandas correspondientes y aunque no se verifique el estudio del fondo del asunto, el Juez familiar está obligado a dictar las medidas cautelares el mismo día en que se reciba la demanda, principalmente en las controversias por incumplimiento al régimen de convivencia y visitas, pensiones alimenticias y violencia intrafamiliar
Dentro de este Plan de Contingencia, destaca Rodríguez Piña, también fueron dictadas medidas especiales y lineamientos para continuar con las convivencias familiares que deben realizarse bajo supervisión oficial y que normalmente se llevaban a cabo en el Centro de Convivencia Familiar Supervisada (CECOFAM) que depende del Poder Judicial.
Así fue que se implementaron convivencias familiares a través de un sistema electrónico y plataforma digital que permite realizar la convivencia materno o paterno filial en la modalidad de videollamada y de una línea telefónica de apoyo y contención psicoemocional para procurar la seguridad, garantizar la protección y del bienestar de los menores.
En caso del incumplimiento al régimen de convivencias y visitas, el progenitor afectado puede solicitar la protección judicial mediante una denuncia penal en caso de que cualquiera de los padres se coloque en el supuesto del delito de sustracción, retención u ocultamiento de un menor, señalado en los Códigos penales de cada Entidad.
Raúl Rodríguez Piña señala que la comisión del delito puede darse con la finalidad de obligar al otro progenitor hacer o dejar de hacer algo, es decir, con la intención de obtener un beneficio como el aumento de la pensión alimenticia o cualquier beneficio o derecho a su favor.
En cualquiera de estos supuestos, el padre o madre afectada puede presentar la denuncia penal correspondiente y el Juez deberá dictar las medidas cautelares inmediatas en protección al menor.
Debe destacarse que, si el incumplimiento al régimen de visitas lo realiza el progenitor en ejercicio de la guarda y custodia del menor sin que pretenda obtener beneficio personal alguno, entonces se está frente al desacato de una orden judicial y primero deben de agotarse las medidas de apremio ante el Juez de lo familiar como una solución provisional y urgente para la protección del interés superior del menor.
Siendo el supuesto de que el progenitor en ejercicio de la guarda y custodia no quiere colocar al menor en situación de vulnerabilidad ante las restricciones de emergencia sanitaria, entonces los jueces familiares deberán considerar dictar medidas intermedias para intentar mantener la convivencia entre los menores y sus padres.
Así, se faculta a los jueces para que dicten resoluciones creativas sustentadas en la sana convivencia y utilizando herramientas tecnológicas, para continuar con el régimen de convivencia vía remota, ya sea telefónica o video conferencia, debiendo modificar también la recurrencia de estas novedosas convivencias sociales, que representan ahora otra opción para controlar y evitar la violencia familiar o la afectación de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, puntualizó el especialista, Raúl Rodríguez Piña.
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México
Nacidos en febrero y mayo serán funcionarios de casilla para elección judicial
Ciudad de México.— El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó, mediante sorteo, que los meses de febrero y mayo servirán como base para la insaculación de los ciudadanos que integrarán las Mesas Directivas de Casilla durante los Procesos Electorales Locales (PEL) 2024-2025 y el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial de la Federación (PEEPJF) 2024-2025.
En el sorteo, se excluyeron los meses de marzo y abril, que fueron utilizados en el proceso electoral 2023-2024 para seleccionar a los ciudadanos que fungieron como funcionarios de casilla.
Las personas nacidas en febrero y mayo podrán ser convocadas por el INE para participar como funcionarios de mesas directivas de casilla en las elecciones locales de Durango y Veracruz, así como en la primera elección de jueces, magistrados y ministros en México, programada para el 1 de junio de 2025.
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Claudia Arlett Espino, secretaria ejecutiva del INE, explicó que los nacidos en febrero tendrán prioridad en este proceso, mientras que mayo servirá como base complementaria. Además, señaló que el INE realizará una segunda insaculación para determinar las letras de los apellidos de los ciudadanos que serán convocados.
En el marco de la reforma judicial aprobada en el Congreso de la Unión, las elecciones de junio de 2025 incluirán la designación de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, magistrados y jueces.
ebv
México
Credencial para Votar vencida en 2024 ¿continuará vigente en elecciones de 2025?
Ciudad de México.— El pleno del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó que las Credenciales para Votar cuyo último día de vigencia es el 31 de diciembre de 2024, continúen vigentes hasta el día de la Jornada Electoral de las elecciones ordinarias y, en su caso, extraordinarias que se celebren con motivo de los PEL 2024-2025.
Asimismo, que los registros de las personas ciudadanas cuyas Credenciales para Votar se encuentren en este supuesto, sean excluidas del Padrón Electoral y de la Lista Nominal de Electores el día siguiente a la celebración de las jornadas electorales respectivas.
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Con corte al 31 de octubre de 2024, el número de registros de ciudadanas y ciudadanos residentes en los estados con PEL el próximo año, cuyas credenciales tienen como último día de vigencia el 31 de diciembre de 2024, asciende a un total de 478 mil 405 (91 mil 204 en Durango y 387 mil 201 en Veracruz).
ebv
México
El político está sometido a intrigas palaciegas de su equipo y de la familia, asegura Ricardo Monreal
Ciudad de México.— El coordinador del Grupo Parlamentario de Morena en la Cámara de Diputados, advirtió que en la política se tiene que actuar con honestidad y rectitud, pese a que el político está sometido a vicisitudes, a intrigas palaciegas, a intrigas de su equipo y de la familia incluso, está sometido a golpes y elogios de los más cercanos que luego se convierten en detractores.
En ese sentido, Monreal Ávila sostuvo que cuando alguien amenaza con interponer una denuncia debe concretarla para que no quede mal frente a la población, y el denunciado debe exigir que se presente la denuncia, porque si son bases falsas o endebles queda en el escenario de la población que sí fue cierto, cuando fue producto de un mecanismo de maquinación o de invento por dañar la reputación de una persona.
“Esos son los grandes mensajes, por eso en la vida hay que resistir y por eso el que se dedica a la política es obligado ver estas obras, porque en el camino te vas a encontrar con todas ellas, incluso mentiras, insultos o reconocimientos y normalmente no debes dejar pendiente una mentira, una intriga o una acusación falsa, de eso habla el político y de eso habla Maquiavelo. No dejes abierto un expediente, tienes que cerrarlo”, aseveró.
Monreal Ávila indicó que el político tiene que exigir que se presente la denuncia y debe pedir, sí acuerdos, pero no pactos de impunidad. Sí acuerdos en beneficio de lo que se representa, pero no a cambio de impunidad, eso sería muy lamentable.
“Entonces hay que decir, presenta tus denuncias si tienes bases y que la autoridad aclare. No a la maquinación de delitos, no a la maniobra y construcción de argucias ilegales inexistentes, pero tampoco impunidad”.
ebv
México
Proponen protocolos de atención para madres y padres en pérdidas perinatales
Ciudad de México.— La diputada del PRI Ana Isabel González González impulsa una iniciativa con el objetivo de establecer protocolos de atención en caso de pérdida gestacional, perinatal o neonatal, con manejo clínico y acompañamiento psicoemocional y mental a la madre y al padre, en todo el Sistema Nacional de Salud.
La propuesta de reformas a las leyes General de Salud, del Seguro Social, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, y Federal del Trabajo, plantea incluir la atención médica física y mental integral a la mujer durante el embarazo, el parto y el puerperio.
Señala que, en caso de pérdida perinatal o neonatal, la madre tendrá derecho a atención física y psicológica para vivir y superar su duelo y en esta etapa se le otorgará una licencia especial por posparto de seis meses, con el pago de salario íntegro, respetando en todo momento su dignidad como persona.
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Se establecerán protocolos específicos de atención física y psicológica, así como acompañamiento y seguimiento al proceso de duelo de madres y padres de familia, en casos de muerte perinatal o neonatal, estipula.
Asimismo, se activarán los protocolos correspondientes para otorgar a la madre la información necesaria respecto a los bancos de leche humana que le permita la donación de leche materna, respetando en todo momento su voluntad y sus derechos humanos.
Se menciona que las causas más importantes de defunciones están relacionadas con la diabetes, el parto prematuro, la hipertensión, las infecciones maternas, el embarazo prolongado y el consumo del tabaquismo.
Refiere que datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (NEGI) señalan que en 2023 se registraron 23 mil 541 defunciones fetales, las cuales pertenecen a una tasa nacional de 67.5 por cada 100 mil mujeres de edad fértil.
Agrega que, del total de fallecimientos fetales, 81.7 por ciento fue antes del parto, 17.2 durante el parto. Las entidades que obtuvieron tasas más altas fueron San Luis Potosí con 92.8 por ciento, Durango 91.1 por ciento y Estado de México con 89 por ciento.
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