México
Organizaciones civiles piden a SCJN respetar reformas que protegen el derecho a la vida
Ciudad de México.— Organizaciones de la sociedad civil piden a los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ser congruentes y respetuosos al momento de deliberar respecto a las acciones de inconstitucionalidad por reformas legislativas en los estados de Coahuila al Código Penal y en Sinaloa, por el reconocimiento constitucional del derecho a la vida desde la concepción.
En ese sentido exhortan que desechen los proyectos de sentencia de los ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Luis María Aguilar Morales a la Acción de Inconstitucionalidad por reformas legislativas en los estados de Coahuila y Sinaloa que atentan contra el derecho a la vida desde la concepción.
Más de 60 organismos denuncian que con argumentación ideológica y no jurídica se declaran anticonstitucionales las penas por obligar y/o ayudar a cometer deliberadamente el delito tipificado del aborto en ambos estados.
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Desconocer o ser omiso ante este principio de legalidad constitucional, implicará que la SCJN ceda el Estado de Derecho a un simple activismo judicial.
Ministros de la SCJN ¿qué intereses los llevan a imponer el aborto como un “derecho” en vez de delito?, preguntaron.
Los estados de la República y sus congresos gozan por mandato constitucional de una libertad configurativa en asuntos no reservados a la Federación. La Suprema Corte de Justicia de la Nación no debe desconocer este principio de constitucionalidad, soporte fundamental del Federalismo mexicano y la soberanía de las entidades federativas.
Las organizaciones señalaron que el reconocimiento del derecho a la vida desde la concepción no viola derechos de ninguna mujer, ni pone en entredicho su seguridad jurídica, salud, ni libertad; por el contrario, las protege.
Las constituciones que defienden el derecho a la vida en los estados que han legislado al respecto, como Coahuila y Sinaloa, no criminalizan a las mujeres.
Por ello, piden que los ministros del máximo órgano de justicia del país no sean recordados por la historia como la “Corte de la Muerte”.
En ese sentido exhortaron a la SCJN a respetar los compromisos suscritos por México que protegen el derecho a la vida al impartir justicia:
1.- Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre: Todo ser humano tiene derecho a la vida, a la libertad y a la integridad de su persona (Artículo 1).
2.- Declaración Universal de los Derechos Humanos: Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona (Artículo 3).
3.-Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos: El derecho a la vida es inherente a la persona humana. Este derecho estará protegido por la Ley. Nadie podrá ser privado de la vida arbitrariamente (Artículo 6, fracción primera).
4.- Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. (art. 10): Se debe conceder especial protección a las madres… antes y después del parto.
5.- Convención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José): Toda persona tiene derecho a que se le respete su vida. El derecho estará protegido por la Ley y, en general, a partir del momento de la concepción (Artículo 4, párrafo 1).
México estableció a este respecto una declaración interpretativa, más bien una reserva, en la que señala que la expresión “en general”, no constituye la obligación de adoptar o mantener en vigor legislación que proteja la vida “a partir del momento de la concepción” ya que esta materia pertenece al dominio reservado de los estados.
Sin embargo, conforme al Artículo 19 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, un Estado no puede formular una reserva que sea incompatible con el objeto y fin del tratado, por lo que consideramos que tal declaración interpretativa o reserva es nula.
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6.- Convención sobre los Derechos del Niño: Todo niño tiene derecho intrínseco a la vida (Artículo 6.1), y las madres tienen derecho a atención prenatal apropiada (Artículo 24.2, inciso d). Aunque el Artículo primero define al niño como todo ser humano menor de 18 años de edad, salvo que haya alcanzado antes la mayoría de edad por alguna causa legal, la disposición es omisa respecto del momento en que un niño entra bajo la protección de la Convención, por lo que se debe acudir al preámbulo de la misma para su correcta interpretación (Artículo 31, párrafo 2, de la Convención de Viena sobre el Derechos de los Tratados).
Dicho preámbulo señala que teniendo presente que como se indica en la Declaración de los Derechos del Niño, el niño, por su falta de madurez física y mental necesita protección y cuidado especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento. Así, se entiende por niño todo ser humano, desde antes de nacer y hasta los 18 años.
La Convención sobre los Derechos del Niño deroga tácitamente la reserva de México a la Convención Americana de Derechos Humanos, ya que ley posterior deroga a la anterior, ya que debe prevalecer el tratado internacional que otorga mayor protección y ya que la ley especial deroga a la ley general.
ebv
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México
Nacidos en febrero y mayo serán funcionarios de casilla para elección judicial
Ciudad de México.— El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó, mediante sorteo, que los meses de febrero y mayo servirán como base para la insaculación de los ciudadanos que integrarán las Mesas Directivas de Casilla durante los Procesos Electorales Locales (PEL) 2024-2025 y el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial de la Federación (PEEPJF) 2024-2025.
En el sorteo, se excluyeron los meses de marzo y abril, que fueron utilizados en el proceso electoral 2023-2024 para seleccionar a los ciudadanos que fungieron como funcionarios de casilla.
Las personas nacidas en febrero y mayo podrán ser convocadas por el INE para participar como funcionarios de mesas directivas de casilla en las elecciones locales de Durango y Veracruz, así como en la primera elección de jueces, magistrados y ministros en México, programada para el 1 de junio de 2025.
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Claudia Arlett Espino, secretaria ejecutiva del INE, explicó que los nacidos en febrero tendrán prioridad en este proceso, mientras que mayo servirá como base complementaria. Además, señaló que el INE realizará una segunda insaculación para determinar las letras de los apellidos de los ciudadanos que serán convocados.
En el marco de la reforma judicial aprobada en el Congreso de la Unión, las elecciones de junio de 2025 incluirán la designación de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, magistrados y jueces.
ebv
México
Credencial para Votar vencida en 2024 ¿continuará vigente en elecciones de 2025?
Ciudad de México.— El pleno del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó que las Credenciales para Votar cuyo último día de vigencia es el 31 de diciembre de 2024, continúen vigentes hasta el día de la Jornada Electoral de las elecciones ordinarias y, en su caso, extraordinarias que se celebren con motivo de los PEL 2024-2025.
Asimismo, que los registros de las personas ciudadanas cuyas Credenciales para Votar se encuentren en este supuesto, sean excluidas del Padrón Electoral y de la Lista Nominal de Electores el día siguiente a la celebración de las jornadas electorales respectivas.
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Con corte al 31 de octubre de 2024, el número de registros de ciudadanas y ciudadanos residentes en los estados con PEL el próximo año, cuyas credenciales tienen como último día de vigencia el 31 de diciembre de 2024, asciende a un total de 478 mil 405 (91 mil 204 en Durango y 387 mil 201 en Veracruz).
ebv
México
El político está sometido a intrigas palaciegas de su equipo y de la familia, asegura Ricardo Monreal
Ciudad de México.— El coordinador del Grupo Parlamentario de Morena en la Cámara de Diputados, advirtió que en la política se tiene que actuar con honestidad y rectitud, pese a que el político está sometido a vicisitudes, a intrigas palaciegas, a intrigas de su equipo y de la familia incluso, está sometido a golpes y elogios de los más cercanos que luego se convierten en detractores.
En ese sentido, Monreal Ávila sostuvo que cuando alguien amenaza con interponer una denuncia debe concretarla para que no quede mal frente a la población, y el denunciado debe exigir que se presente la denuncia, porque si son bases falsas o endebles queda en el escenario de la población que sí fue cierto, cuando fue producto de un mecanismo de maquinación o de invento por dañar la reputación de una persona.
“Esos son los grandes mensajes, por eso en la vida hay que resistir y por eso el que se dedica a la política es obligado ver estas obras, porque en el camino te vas a encontrar con todas ellas, incluso mentiras, insultos o reconocimientos y normalmente no debes dejar pendiente una mentira, una intriga o una acusación falsa, de eso habla el político y de eso habla Maquiavelo. No dejes abierto un expediente, tienes que cerrarlo”, aseveró.
Monreal Ávila indicó que el político tiene que exigir que se presente la denuncia y debe pedir, sí acuerdos, pero no pactos de impunidad. Sí acuerdos en beneficio de lo que se representa, pero no a cambio de impunidad, eso sería muy lamentable.
“Entonces hay que decir, presenta tus denuncias si tienes bases y que la autoridad aclare. No a la maquinación de delitos, no a la maniobra y construcción de argucias ilegales inexistentes, pero tampoco impunidad”.
ebv
México
Proponen protocolos de atención para madres y padres en pérdidas perinatales
Ciudad de México.— La diputada del PRI Ana Isabel González González impulsa una iniciativa con el objetivo de establecer protocolos de atención en caso de pérdida gestacional, perinatal o neonatal, con manejo clínico y acompañamiento psicoemocional y mental a la madre y al padre, en todo el Sistema Nacional de Salud.
La propuesta de reformas a las leyes General de Salud, del Seguro Social, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, y Federal del Trabajo, plantea incluir la atención médica física y mental integral a la mujer durante el embarazo, el parto y el puerperio.
Señala que, en caso de pérdida perinatal o neonatal, la madre tendrá derecho a atención física y psicológica para vivir y superar su duelo y en esta etapa se le otorgará una licencia especial por posparto de seis meses, con el pago de salario íntegro, respetando en todo momento su dignidad como persona.
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Se establecerán protocolos específicos de atención física y psicológica, así como acompañamiento y seguimiento al proceso de duelo de madres y padres de familia, en casos de muerte perinatal o neonatal, estipula.
Asimismo, se activarán los protocolos correspondientes para otorgar a la madre la información necesaria respecto a los bancos de leche humana que le permita la donación de leche materna, respetando en todo momento su voluntad y sus derechos humanos.
Se menciona que las causas más importantes de defunciones están relacionadas con la diabetes, el parto prematuro, la hipertensión, las infecciones maternas, el embarazo prolongado y el consumo del tabaquismo.
Refiere que datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (NEGI) señalan que en 2023 se registraron 23 mil 541 defunciones fetales, las cuales pertenecen a una tasa nacional de 67.5 por cada 100 mil mujeres de edad fértil.
Agrega que, del total de fallecimientos fetales, 81.7 por ciento fue antes del parto, 17.2 durante el parto. Las entidades que obtuvieron tasas más altas fueron San Luis Potosí con 92.8 por ciento, Durango 91.1 por ciento y Estado de México con 89 por ciento.
ebv
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