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México

SCJN ordena al IMSS garantizar prótesis y aparatos auditivos a menores de edad

La votación reflejó diferencias entre integrantes del máximo tribunal sobre el alcance de las obligaciones del Estado en materia de salud.

Foto: Cuartoscuro

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Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó una disposición del Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS que excluía prótesis, aparatos auditivos e implantes cocleares para menores de edad. Con la resolución, el instituto deberá otorgar estos insumos a niñas, niños y adolescentes que los requieran.

La decisión derivó de la declaratoria general de inconstitucionalidad 13/2025, aprobada por el Pleno de la Corte. El fallo estableció que negar estos apoyos vulneraba derechos fundamentales, entre ellos el acceso a la salud, la seguridad social y la inclusión de menores con discapacidad.

¿Qué resolvió la Suprema Corte sobre las prestaciones del IMSS?

La Corte invalidó la norma que permitía al Instituto Mexicano del Seguro Social excluir de su cobertura médica insumos esenciales para menores con discapacidad auditiva o motriz.

La resolución obliga al IMSS a incorporar estos tratamientos y dispositivos en su esquema de atención.

Por su parte, la ministra Yasmín Esquivel Mossa, explicó el alcance del fallo.

“En el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por mayoría, resolvimos la declaratoria general de inconstitucionalidad 13/2025, relacionada con un reglamento del IMSS que excluía de la cobertura médica insumos como implantes cocleares, aparatos auditivos y prótesis”, publicó en redes sociales.

Añadió que el antecedente fue una sentencia de la entonces Segunda Sala.

“Concedió la protección constitucional a un niño con discapacidad auditiva al que el IMSS le negó el tratamiento que necesitaba, bajo el argumento de que la institución no lo proporciona”, señaló.

Derechos de la niñez y acceso a la salud en México

El criterio del máximo tribunal del país, reconoció que estas exclusiones afectaban de manera directa a menores de edad en una etapa crítica de desarrollo. El acceso oportuno a implantes cocleares, auxiliares auditivos y prótesis puede incidir en su integración escolar, social y familiar.

“En la Suprema Corte determinamos que estas exclusiones vulneran el derecho a la salud y a la seguridad social, especialmente de niñas, niños y adolescentes”, escribió.

También precisó que la invalidez de la norma buscó garantizar el acceso efectivo a estos tratamientos.

La resolución sentó un precedente para la protección de los derechos de la infancia con discapacidad.

Además, reforzó la obligación de las instituciones públicas de ajustar sus normas a los principios constitucionales y a los tratados internacionales en materia de derechos humanos.

Debate político tras el fallo de la SCJN

Además, el diputado federal del PAN, Éctor Jaime Ramírez Barba, criticó el voto de la también ministra Lenia Batres Guadarrama, en este asunto. Señaló que resultaba inaceptable oponerse a garantizar estos apoyos a menores afiliados al IMSS.

Es inaceptable que la ministra Lenia Batres haya votado en contra de garantizar prótesis y aparatos auditivos para niñas, niños y adolescentes en el IMSS”, expresó el legislador en redes sociales.

Ramírez Barba sostuvo que el interés superior de la niñez debía prevalecer en cualquier deliberación judicial relacionada con el acceso a la salud.

“Es inadmisible que una integrante de la Corte anteponga los intereses presupuestales del gobierno al interés superior de la niñez”, afirmó en el mismo mensaje.

La votación reflejó diferencias entre integrantes del máximo tribunal sobre el alcance de las obligaciones del Estado en materia de salud. No obstante, la mayoría respaldó la eliminación de una restricción que limitaba el acceso a tratamientos especializados para menores de edad.

IMSS deberá ajustar su normativa y cobertura médica

Con la declaratoria de invalidez, el IMSS tendrá que modificar sus lineamientos internos y garantizar el suministro de estos dispositivos a quienes cumplan con los criterios médicos establecidos.

La resolución del Pleno entrará en vigor una vez que sea publicada en el Diario Oficial de la Federación. A partir de ese momento, el IMSS deberá acatar el criterio y garantizar el acceso a prótesis, aparatos auditivos e implantes cocleares para niñas, niños y adolescentes derechohabientes.

ARH

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