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Sí habrá L7 del Metrobús: juez

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México.—  El juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa, Fernando Silva García, resolvió que sí es posible continuar con la construcción de la Línea 7 del Metrobús en Reforma, toda vez que las autoridades capitalinas obtuvieron la autorización general del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH).

En una tarjeta informativa, el Consejo de la Judicatura Federal destacó que las obras iniciaron sin la autorización del INAH, por lo cual fueron suspendidas por el Juzgador en su resolución interlocutoria del pasado 9 de junio de 2017.

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Refirió que esta situación generaba incertidumbre jurídica respecto a la salvaguarda de las zonas protegidas del Bosque de Chapultepec y del Paseo de la Reforma.

Posteriormente, el 19 de junio, el INAH emitió la autorización general para que se efectuara la construcción del Metrobús Reforma; con lo cual, el día 21 las autoridades capitalinas interpusieron un incidente de revocación y/o modificación a la suspensión definitiva aduciendo la existencia de un hecho superveniente, el cual se hizo consistir en la nueva autorización emitida por esa institución.

El juzgador federal consideró procedente y parcialmente fundado el incidente de modificación a la suspensión definitiva, al estimar que la reciente autorización del INAH sí es un hecho superveniente susceptible de modificar, parcialmente, el sentido de la medida cautelar.

Lo anterior, de conformidad con lo previsto en los artículos 139, 141 y 154 de la Ley de Amparo, para quedar como sigue:

Por un lado, el juzgador determinó negar la suspensión definitiva solicitada por la parte quejosa en relación con el cese total de la construcción de la Línea 7 del Metrobús Reforma.

Por tanto, determinó que es posible continuar la construcción del carril respectivo y de las estaciones correspondientes (con un diseño de bajo impacto) en las zonas adyacentes y tangenciales del Bosque y de Paseo de la Reforma, en los términos de la reciente autorización del INAH.

Esto en el entendido que debe implicar cero afectaciones en las áreas esenciales protegidas y mínima intervención en las zonas tangenciales o adyacentes de la avenida Paseo de la Reforma, del Bosque de Chapultepec, de su periferia y de los demás monumentos que ahí se encuentran.

Además, el juez determinó que de la reciente autorización general del INAH y de los artículos 4 y 27 constitucionales y de otros ordenamientos legales se desprende que las autoridades de la ciudad de México continúan estando obligadas a salvaguardar –en el desarrollo de la construcción del Metrobús Reforma- las zonas del Bosque de Chapultepec y la estructura urbana esencial del Paseo de la Reforma.

Por ello, se determinó que debe seguir rigiendo la concesión de la suspensión definitiva de los actos reclamados para que las autoridades responsables continúen garantizando dichas zonas protegidas.

El juzgador destacó que en los asuntos en que las partes contendientes defienden intereses constitucionalmente protegidos que se encuentran en conflicto, es labor del juez realizar una ponderación y un balance equilibrado de los principios enfrentados.

Asimismo, establecer una relación proporcional entre ellos, con el fin de que tengan eficacia todos en una medida razonable, aun cuando alguno deba ceder en cierto grado en función de otro.

En ese orden de ideas, el juez de Distrito concluyó en la resolución que las autoridades de la Ciudad de México sí pueden ejecutar la construcción de la Línea 7 del Sistema de Transporte Público Metrobús.

Finalmente, en la resolución se señala que los efectos para los cuales fue concedida la medida cautelar provisional van más allá de la esfera jurídica de la asociación quejosa.

Sin embargo, ello atiende a la naturaleza de los actos reclamados y al carácter difuso y colectivo de los derechos que se defienden, lo que ha sido convalidado, en casos análogos, por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la tesis.

Apenas, la semana pasada, La Consejería Jurídica y de Servicios Legales (Cejur) capitalina presentó un incidente de modificación a la suspensión de la Línea 7 del Metrobús que fue admitido por el Juez VIII de Distrito en Materia Administrativa, Fernando Silva García.

El organismo informó que la finalidad del recurso era que el juzgador permitiera concluir los trabajos iniciados en Paseo de la Reforma a fin evitar riesgos para los automovilistas y transeúntes.

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La solicitud, se sumó a otra en la que se pidió al mismo juez que permitiera al Gobierno de la Ciudad de México continuar con las labores respectivas.

La dependencia dijo que la administración local pretende generar una óptima movilidad con la conclusión de los carriles confinados que quedaron abiertos e impedir daños a los carriles adyacentes y banquetas.

El expediente se acompañó de la manifestación de impacto ambiental y las especificaciones técnicas pertinentes sobre el cuidado de la estructura urbana protegida y el respeto absoluto al medio ambiente, agregó.

“Se busca asegurar la validad en los carriles liberados, la prevención de accidentes y la protección civil”, se destaca en el incidente de suspensión presentado.

En un comunicado destacó que el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) autorizó la construcción del corredor vial del Metrobús en Reforma, que incluye la habilitación de los carriles confinados, la construcción de 30 estaciones de embarque-desembarque, dos estaciones terminales y la colocación de mobiliario y señalética urbanos, principalmente.

El oficio del INAH señala que, de acuerdo a los planos, diagramas y memorias técnicas, el proyecto de este medio de transporte no altera los valores patrimoniales de los sitios históricos protegidos, y puntualiza que la continuación de la obra estará supervisada por personal técnico adscrito a la Coordinación

agch



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Banxico ajusta tasas: ¿Cómo impactará a tu bolsillo?

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Banxico ajusta tasas: ¿Cómo impactará a tu bolsillo?
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Ciudad de México.— La Junta de Gobierno del Banco de México (Banxico) redujo en 25 puntos base el objetivo para la Tasa de Interés Interbancaria a un día, ubicándola en 10%, efectiva a partir del 20 de diciembre de 2024. Este movimiento representa el cuarto recorte consecutivo aplicado en la misma magnitud.

De acuerdo con el anuncio de política monetaria, la decisión se basó en la reducción de la inflación general, que pasó de 4.76% en octubre a 4.55% en noviembre. Asimismo, la inflación subyacente, indicador que refleja con mayor precisión la tendencia inflacionaria, descendió de 3.80% a 3.58% en el mismo periodo.

El banco central señaló que, aunque la inflación subyacente sigue mostrando una tendencia a la baja, persisten presiones en el rubro de servicios, cuyo descenso ha sido moderado. Por otro lado, la inflación de mercancías alcanzó niveles bajos. Las expectativas inflacionarias para el cierre de 2024 disminuyeron, mientras que las correspondientes a 2025 y a largo plazo permanecen por encima de la meta del 3%.

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Banxico espera que tanto la inflación general como la subyacente mantengan una tendencia descendente. Sin embargo, ajustó sus proyecciones debido a la persistencia en la inflación de servicios, estimando que la inflación general convergerá a su meta hasta el tercer trimestre de 2026.

Banxico advirtió sobre posibles riesgos que podrían afectar las previsiones inflacionarias, entre ellos la implementación de aranceles por parte de Estados Unidos a importaciones mexicanas, lo que generaría presiones inflacionarias en ambos países. Otros riesgos incluyen la persistencia de la inflación subyacente, la depreciación del tipo de cambio, presiones de costos, afectaciones climáticas y disrupciones derivadas de conflictos geopolíticos o políticas comerciales.

En el ámbito económico, la Junta de Gobierno destacó que, tras un periodo de marcada debilidad, la economía mostró una mayor expansión durante el tercer trimestre de 2024. Sin embargo, anticipa atonía en el cierre del año y en 2025. En cuanto al mercado laboral, el empleo registró una desaceleración, y el balance de riesgos para la actividad económica sigue inclinado a la baja.

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Mexicana, acumula pérdidas millonarias en menos de un año de operación

Actualmente, movilizar a un pasajero le cuesta a la aerolínea 4,484 pesos, mientras que ingresa tan solo 927 pesos por cada boleto vendido.

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Mexicana

Ciudad de México.- La aerolínea Mexicana, a cargo de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), ha registrado pérdidas superiores a los 932 millones de pesos durante los primeros tres trimestres de 2024.

Informes financieros de la empresa revelan que, entre enero y octubre, la aerolínea ha requerido subsidios por mil 175 millones de pesos, cifra que supera cinco veces los ingresos generados por venta de bienes y servicios en el mismo periodo.

Por ello, Mexicana ha reportado ingresos por 243 millones de pesos en los primeros nueve meses del año.

Sin embargo, esta cantidad apenas cubre el 20 por ciento de sus gastos operativos, que incluyen alquiler de aeronaves, pago de turbosina y salarios al personal.

Actualmente, movilizar a un pasajero le cuesta a la aerolínea 4,484 pesos, mientras que ingresa tan solo 927 pesos por cada boleto vendido.

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Entre los gastos destacados se encuentran pagos anticipados a TAR, la empresa que alquila aeronaves a Mexicana, y un depósito de más de 100 millones de pesos a SAT Aero Holdings, firma que mantiene una demanda activa contra la paraestatal en tribunales de Estados Unidos.

La aerolínea ha enfrentado retos como niveles de ocupación que no superan el 60 por ciento, muy por debajo del promedio del 85 por ciento que registra la industria aérea en México.

Pese a ello, Mexicana ha logrado mantenerse operativa gracias a subsidios canalizados por la Sedena, los cuales ascienden a mil 474 millones de pesos al tercer trimestre, pese a no estar contemplados en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

Pérdidas millonarias cada 24 horas.

Mexicana pierde aproximadamente 10 millones de pesos al día. Para dimensionar esta cifra, sería suficiente para adquirir 20 casas de interés social con un valor promedio de 500 mil pesos cada una. Esto equivale a 560 viviendas al mes.

Con un panorama económico complicado y altas dependencias de recursos públicos, la viabilidad de Mexicana como aerolínea estatal enfrenta serios cuestionamientos en su primer año de operación.

ARH

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Ley Silla; las nuevas obligaciones de los empresarios

Entrará en vigor el próximo año

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Ciudad de México.— Este jueves se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Ley Silla, que obliga a las empresas proporcionar asientos a sus trabajadores.

De esta manera, inició el periodo de transición de 180 días naturales que estipula la ley para que las empresas cumplan sus obligaciones.

Todos los trabajadores deberán contar con un asiento con respaldo en su totalidad a partir del 17 de junio del 2025.

Posteriormente, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) contará con 30 días para emitir la normatividad correspondiente.

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La Ley Silla obliga a las empresas a otorgar una silla con respaldo a los trabajadores para el descanso durante la jornada laboral.

El marco regulatorio también prohíbe a los empleadores obligar a las personas a permanecer de pie la totalidad del horario de trabajo en una postura vertical.

Por otra parte, las empresas deberán destinar un área específica en el centro de trabajo para las sillas, y además, el uso de los asientos y los periodos de descanso deberán regularse a través del reglamento interno de trabajo.

La Ley Silla está dirigida a centros de trabajo del sector de servicios, comercio y análogos. En el caso de las empresas de corte industrial, las disposiciones sólo podrán ser exigibles cuando la naturaleza del trabajo lo permita.

Aunque el tema puede ser nuevo en México, existen economías como España, Chile y Argentina que tienen marcos legales en la materia desde principios del siglo XX.

Busca la Ley Silla reducir daños en salud de trabajadores

Un documento del ministerio de Trabajo de España explica que estar de pie es una postura natural, por lo que no representa por sí misma un problema de salud.

Sin embargo, tras un largo periodo se reduce el suministro de sangre a los músculos de las piernas, la espalda y el cuello. Esto provoca dolor en las zonas.

Esta fatiga desaparece con el reposo. Pero si este no se realiza o es insuficiente pueden llegar a desarrollarse trastornos musculoesqueléticos.

Estar de pie de forma prolongada y frecuente, sobre todo cuando no existe la opción de movimiento, hace que la sangre se acumule en las piernas y los pies, lo que puede derivar en varices.

El estar en una postura erguida mucho tiempo también hace que las articulaciones de la columna, las caderas, las rodillas y los pies se inmovilicen. Esto puede conducir posteriormente a enfermedades reumáticas debido al daño degenerativo de los tendones y ligamentos.

Incluso, Peter Smith, investigador del Instituto de Trabajo y Salud de Toronto, Canadá, advierte que una postura erguida por mucho tiempo aumenta el riesgo cardiovascular.

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JAHA

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Nuevas reglas para Uber, Didi y Rappi: ¿Qué cambiará para conductores y repartidores?

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Nuevas reglas para Uber, Didi y Rappi: ¿Qué cambiará para conductores y repartidores?
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Ciudad de México.— La reciente aprobación de la reforma laboral en el Congreso de la Unión que regula a las plataformas digitales en México y su inminente publicación en el Diario Oficial de la Federación ha generado un amplio debate en el sector empresarial y los trabajadores.

Esta legislación, enfocada en mejorar las condiciones laborales de los colaboradores de apps como Uber, Didi y Rappi, plantea retos para las empresas que operan bajo este modelo de negocio.

La reforma incorpora reglas al modelo de trabajo en aplicaciones, como criterios para el acceso pleno a la seguridad social y derechos laborales, o reglas para el pago de PTU. Por su parte, los repartidores y conductores de apps deberán respetar los mecanismos y sistemas de las plataformas digitales para el seguimiento de la conexión y de las horas laboradas, y en su caso para la comunicación con la aplicación; atender las políticas de protección de datos y restricciones de sobre su uso; abstenerse de prácticas de discriminación y acoso sexual u otros actos relacionados.

Una vez que se promulgue la reforma en el Diario Oficial de la Federación (DOF), entrará en vigor 180 días después de su publicación. Después de esto, el Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tendrá cinco días para publicar las reglas de carácter general para la afiliación de repartidores y conductores, y una vez realizado esto, la autoridad de seguridad social contará con 180 días para realizar un programa piloto de aseguramiento obligatorio.

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Por ejemplo, plataformas como Uber ahora tienen lineamientos claros sobre cómo integrar a sus conductores al sistema de seguridad social, lo que no solo beneficia a los trabajadores, sino que también mejora la percepción de la marca ante los consumidores.

“De acuerdo con un estudio de Nielsen, especializada en el estudio de consumo, siete de cada 10 consumidores deciden conscientemente adquirir un producto ‘socialmente responsable’ aunque cueste más”, afirmó Moscoso.

Además, la reforma podría incentivar la formalización del empleo en un sector tradicionalmente caracterizado por la informalidad.

“En el caso de México, donde más del 55% de la población económicamente activa trabaja en la informalidad, este avance podría ser un primer paso hacia una economía más equilibrada”, agregó Fernando Rojas, socio CEO de ESSAD.

Sin embargo, la reforma también trae consigo retos significativos. Uno de ellos el aumento en los costos operativos para las empresas. Incorporar a miles de trabajadores al sistema de seguridad social y otorgar prestaciones como aguinaldo o vacaciones implica un gasto adicional que podría impactar en la rentabilidad de las plataformas.

Empresas como Rappi han advertido que podría ser necesario ajustar sus tarifas para cubrir estos costos, lo que podría desincentivar a algunos usuarios. Además, está el reto logístico de garantizar el cumplimiento de la legislación en un país tan diverso como México, donde las condiciones de trabajo y las necesidades de los colaboradores varían considerablemente entre regiones.

“Otro desafío importante es la resistencia al cambio tanto de las empresas como de algunos trabajadores. Muchas plataformas han defendido su modelo de trabajo independiente, argumentando que les da flexibilidad a los colaboradores. Con la reforma, los conductores y repartidores podrían percibir la pérdida de cierta autonomía, especialmente si se establecen horarios fijos o metas obligatorias”, señaló Rojas.

Las sanciones por incumplimiento van de 250 a 25 mil veces la Unidad de Medida y Actualización, dependiendo del caso. Es decir, multas que van desde los 27 mil 142.50 pesos, hasta los 2 millones 714 mil 250 pesos.

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