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Aprueban ‘participación ciudadana’ en la CDMX
México.— Los diputados constituyentes aprobaron el artículo 31 de la Constitución CDMX sobre “Democracia participativa”, que reconoce la participación de los habitantes de la Ciudad de México en las diferentes formas, ámbitos como la iniciativa ciudadana, el plebiscito, la consulta ciudadana y la consulta popular.
Al debatir el artículo 30 sobre Democracia directa, la mayoría calificada del órgano constituyente determinó que las y los ciudadanos tienen el derecho y el deber de participar en la resolución de problemas y temas de interés general y en el mejoramiento de las normas que regulan las relaciones en la comunidad, a través de los mecanismos de democracia directa y participativa.
Asimismo, se reconoce el derecho de los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes a ser consultadas en los términos de la constitución y tratados internacionales. En ninguno de los mecanismos de participación se permitirá someter a consulta la restricción de los derechos humanos, y las materias penal, tributaria y fiscal.
Se determinó que los ciudadanos tienen derecho de iniciar leyes y decretos, así como reformas a la misma constitución ante el Congreso de la Ciudad de México, el cual establecerá una comisión para su procesamiento. Para ser admitidos los proyectos deberán contar con las firmas de por lo menos el cero punto trece por ciento (0.13 %) de las personas inscritas en la lista nominal de electores de la ciudad.
Estas iniciativas tendrán el carácter preferente cuando cuenten con al menos el cero punto veinticinco por ciento (0.25%). También se aprobó que las y los ciudadanos tengan derecho a ser consultados en plebiscito para aprobar o rechazar de decisiones públicas que sean competencia del poder ejecutivo de la ciudad o de las alcaldías. Para que proceda el plebiscito deberá contar con al menos el cero punto cuatro por ciento (0.4%) de las personas inscritas en la lista nominal de electores del ámbito correspondiente.
También lo podrá solicitar el o la titular de la Jefatura de Gobierno, las dos terceras partes de las alcaldías y una tercera parte de los integrantes del Congreso de la ciudad.
En el apartado relativo al derecho a la consulta ciudadana se abrió un amplio debate respecto a las modificaciones que se llevaron a cabo en la comisión.
Entre otros aspectos, la diputada Clara Jusidman, del grupo parlamentario Constitucionalista, señaló que la nueva redacción no clarificaba el propósito de este instrumento de democracia directa.
Ante ello, Manuel Oropeza, constituyente por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) y secretario de la comisión, presentó en tribuna una nueva redacción de consenso elaborada durante la sesión.
La propuesta fue aprobada por 76 votos en favor, dos en contra y una abstención, y a la letra dice: “Las y los ciudadanos tienen derecho a la consulta en términos de lo dispuesto por esta constitución y la ley en la materia.
A través de este instrumento las autoridades someterán a consideración de las y los ciudadanos cualquier tema que tenga impacto trascendental en los distintos ámbitos temáticos y territoriales de la ciudad”.
Se estableció que para llevar a cabo la consulta ciudadana deberá ser solicitada por al menos el dos por ciento (2%) de las personas inscritas en el listado nominal del ámbito territorial correspondiente.
En cuanto a la consulta popular, se aprobó que el Congreso podrá convocar a este mecanismo de participación a solicitud de al menos el dos por ciento (2%) de la lista nominal de electores de la ciudad, el titular de la Jefatura de Gobierno, una tercera parte de los integrantes del Congreso, un tercio de las alcaldías, el 10 por ciento (10%) de los comités ciudadanos o las asambleas ciudadanas y los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes en las materias que les afecten.
Esta consulta se realizará el mismo día de las elecciones locales y no se podrá llevar a cabo ningún otro instrumento de participación ciudadana durante el proceso electoral.
REQUISITOS PARA QUE LOS RESULTADOS SEAN DE OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO
Quedó aprobado que se tendrán que reunir varios requisitos para que los mecanismos de democracia directa sean de carácter vinculatorio. El resultado del plebiscito será obligatorio con la participación de al menos la tercera parte de las personas inscritas en el listado nominal de electores del ámbito respectivo.
Las consultas ciudadanas serán vinculantes cuando cuenten con la participación de al menos el 15 por ciento (15%) de los electores del listado nominal del ámbito respectivo.
REFERÉNDUM Y REVOCACIÓN DE MANDATO
El apartado C relativo al referéndum no alcanzó consenso en Comisión por lo que se remitió a la Mesa de Consulta. El texto remitido lo contemplaba como derecho ciudadano a aprobar las reformas a la Constitución capitalina y las disposiciones normativas de carácter general competencia del Congreso. Y para ejercer este derecho, lo podrían solicitar al menos el 0.4% de la lista nominal de la ciudad; y dos terceras partes de los integrantes del Congreso local.
Lo referente a la revocación del mandato fue enviado también a la Mesa de Consulta pues no alcanzó consenso en la comisión. Contemplaba que los resultados de este mecanismo serían obligatorios sólo cuando participe como mínimo el 40 por ciento (40%) de los electores inscritos en el listado nominal del ámbito respectivo y que el 60 por ciento (60%) se pronuncie en favor de la revocación.
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JAHA
Ciudad de México.— La empresa de boletos Ticketmaster resarcirá a 500 mexicanos por un conjunto de 3.4 millones de pesos, anunció la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).
Los quejosos acusaron a la compañía de la “cancelación unilateral” de la compra de entradas de eventos de entretenimiento, artísticos, culturales y deportivos.
Quienes demostraron la afectación consiguieron el reembolso íntegro de su compra más los cargos por servicio y una bonificación del 20% conforme a la ley.
Mientras que quienes sufrieron cancelación por la pandemia de Covid-19, sólo recibirán el costo total de la entrada.
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Lo anterior, “por tratarse de una emergencia sanitaria a nivel mundial, no imputable a las boleteras”.
Profeco destacó que Ticketmaster “invirtió en la mejora del servicio de comercialización de boletos con el fin de otorgar seguridad y certeza jurídica en las relaciones de consumo”.
Pidió a los afectados por una cancelación unilateral de eventos del 1 de enero del 2020 al 31 de diciembre del 2023 a sumarse.
Para lo anterior, podrán exhibir los documentos que acrediten su afectación para solicitar incorporarse a los beneficios del convenio dentro del plazo que va del 24 de abril del 2024 al 24 de octubre de 2025.
El escrutinio sobre Ticketmaster en México subió en 2022, cuando la Profeco identificó la venta por duplicado cerca de dos mil boletos.
JAHA
Ciudad de México.— La inflación general anual en México se aceleró a 4.63 por ciento en la primera quincena de abril 2024. Este dato representó el mayor avance en las últimas cinco quincenas.
Según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) presentó una variación de 0.09 por ciento respecto a la quincena anterior.
En la misma quincena de 2023, la inflación quincenal fue de -0.16 % y la anual, de 6.24 por ciento.
El índice de precios subyacente, considerado un mejor parámetro para medir la carestía general porque elimina artículos de alta volatilidad, aumentó 0.16 por ciento a tasa quincenal y 4.39 % a tasa anual.
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El índice de precios no subyacente registró una caída de 0.12 por ciento quincenal y un incremento de 5.38 % a tasa anual.
Al interior del índice subyacente, a tasa quincenal, los precios de las mercancías crecieron 0.24 por ciento y los de servicios, 0.07 por ciento.
El índice de precios de la canasta de consumo mínimo, conformada por 176 productos y servicios, cayó 0.04 por ciento quincenal y aumentó 4.26 % a tasa anual.
En el mismo periodo de 2023, las variaciones correspondientes fueron de -0.25 y 6.50 por ciento, en ese orden.
La tasa de inflación mexicana cerró 2023 en 4.66 por ciento, por encima de las expectativas del mercado.
JAHA
Negocios
Cartier entrega aretes que vendió en 474 pesos
Su valor original es de casi medio millón de pesos
Ciudad de México.— La marca francesa de joyería Cartier entregará los aretes que un mexicano compró con un costo total de 474 pesos.
En redes sociales, se informó que la empresa se negó a entregar en primera instancia debido a que las joyas tienen un costo real de casi medio millón de pesos.
Sin embargo, tras meses de conflicto con la firma y tras hacer público el caso, el afectado confirmó que logró un acuerdo con la empresa.
¿Qué pasó con los aretes de Cartier?
Según lo relatado por el usuario de X, antes Twitter, veía su celular cuando encontró la oferta en el sitio oficial de la marca.
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En la página oficial de Cartier México, los aretes se encontraban en sólo 237 pesos, cuando en realidad estarían tasados en 213 mil.
Sin dudarlo, compró los artículos sin dudarlo y el sistema le permitió completar el proceso.
Para posibles problemas, el estudiante de medicina documentó con fotos y videos todo el proceso, para tener forma de defenderse.
La firma contactó al comprador para para tratar de llegar a un acuerdo reparatorio, ofreciéndole una botella y un porta pasaporte. Sin embargo, no aceptó y pedía se le entregaran los aretes.
Por ello, el comprador se acercó a la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) y se fue con Cartier a juntas de conciliación.
Sin embargo, no pudieron llegar a un acuerdo sino hasta las últimas horas.
Actualmente, Cartier México no tiene servicio de ventas en línea.
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