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Sentencia de la SCJN para regular la publicidad oficial

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Hace dos semanas la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió un fallo para exigir al Congreso de la Unión regular los recursos fiscales destinados a la publicidad gubernamental en los medios de comunicación en respuesta a un amparo promovido por Artículo 19, que denunció que por una omisión de los legisladores no se ha emitido una legislación desde hace casi cuatro años, -desde 2014- como es la obligación constitucional por parte del Congreso de la Unión.

Los congresistas tendrán hasta el 30 de abril de 2018 para legislar al respecto en cumplimiento de la sentencia y que ordena la Constitución. Esta sentencia histórica de la SCJN es un paso decisivo para reglamentar el gasto gubernamental en publicidad a los medios. El ministro Arturo Saldívar, autor del dictamen que originó la sentencia que obliga al Congreso a legislar al respecto, explica que “el interés legítimo de Artículo 19 se centra en que es una ONG que entre sus finalidades está la defensa de la libertad de expresión, lo que se acreditó fehacientemente”.

Esta inédita acción de constitucionalidad ocurrió en medio de un tiempo de inestabilidad generado por las pugnas internas de los partidos políticos que a partir de la última semana de noviembre definirán a sus candidatos para la contienda por la sucesión presidencial de 2018, -el PRI ya comenzó con el destape de José Antonio Meade- mientras que el presidente Enrique Peña Nieto mantenía pendientes los nombramientos del Procurador General de la República, del titular de la Fiscalía Especializada para Delitos Electorales (Fepade) el fiscal anticorrupción y el sucesor de Ernesto Carstens, que concluyó su gestión en el Banco de México el 30 de noviembre. De último momento, el martes 28 de noviembre, designó a Alejandro Díaz de León, quien asumirá su cargo este viernes 1 de diciembre y concluirá su período el 31 de diciembre de 2021. Su encomienda y prioridad será recuperar el control de la inflación, que de 3 por ciento en los primeros 4 años y medio de esta administración, se disparó a más del 6 por ciento.

Luego de conocerse la determinación de la SCJN, la senadora panista Marcela Torres Peimbert propuso crear la Ley Federal de Comunicación Gubernamental y la iniciativa propone la creación del Consejo Consultivo Ciudadano para la evaluación del destino de los recursos públicos que se aplican en la publicidad del gobierno. Hay otras 17 iniciativas para regular la publicidad del gobierno.

En un comunicado del Representante en México de Naciones Unidas para Derechos Humanos, Jan Jarab, calificó la sentencia de la Corte como un paso decisivo en la instrumentación de reglas claras para la contratación de publicidad del gobierno, porque de lo contrario, “el uso discresional de la publicidad oficia puede tener un efecto disuasivo, comparable con la censura”.

Artículo 19, que promovió el amparo que a la postre fue otorgado por la SCJN, hizo notar que el gobierno del presidente Peña Nieto hasta el momento ha destinado 38 mil millones de pesos para resaltar la figura presidencial, 72% más de lo autorizado por el Congreso en el Presupuesto de Egresos de la Federación. Dijo que desde 2007 se iniciaron los trámites y la búsqueda para regular la publicidad oficial, pero desde 2012 se quedaron en la congeladora del Congreso de la Unión iniciativas del PRI, PAN y PRD.

Leopoldo Maldonado, oficial del Programa de Protección y Defensa de los periodistas, de Artículo 19, dijo que no haber reglas claras en la publicidad oficial ha representado en México un instrumento de manipulación de la prensa y mientras para unos medios que sí han tenido siempre esta publicidad, que no es otra cosa que propaganda para destacar la personalidad de los gobernantes, para otros ha sido un mecanismo de restricciones, control, amenazas y represión que ha provocado que México sea uno de los países más peligros para los periodistas que tienen la opción de “plata o plomo”, lo que ha ocasionado más de 2 mil agresiones a periodistas, 111 asesinatos y 23 desaparecidos en los últimos diez años.

Y esta omisión legislativa para cumplir con la Constitución para emitir la Ley Reglamentaria del Artículo 134 Constitucional en materia de publicidad oficial, indirectamente, según se sostiene en la sentencia, afecta la libertad de expresión al establecer una censura también indirecta, de la cual se puede desprender el estímulo o beneficio para ciertos medios que son afines a ciertas posturas de los distintos gobiernos o también para limitar, castigar o por lo menos amenazar a otros medios que pueden ser más críticos, de tal suerte que quedó ampliamente demostrado que Artículo 19 es una organización que defiende la libertad de expresión, y por esta omisión legislativa, al afectarse la libertad de expresión y el derecho a la información de los mexicanos, tiene interés legítimo para acudir al amparo.

El Ministro Arturo Saldivar, autor del proyecto de dictamen para dictar sentencia para que el Congreso de la Unión legisle para regular la publicidad gubernamental en los medios de comunicación, explicó durante una entrevista en la televisión abierta con el politólogo Leo Zuckerman que esta sentencia sienta un precedente muy importante porque es la primera vez que la SCJN acepta que el juicio de amparo es el instrumento adecuado para la defensa de los derechos humanos y pueda proceder a la defensa de los mismos por una omisión legislativa.

Lo relevante es que ahora en el Articulo 134 se precisan los criterios para ejercer el gasto en comunicación social del gobierno. Y en la misma Constitución, en un artículo transitorio se estableció que el Poder Legislativo tendría que legislar a más tardar en una fecha determinada y no se cumplió con ese mandato constitucional, por lo cual se emitió la sentencia que obliga legislar al respecto, para evitar que hubiera un vacío de discrecionalidad en el otorgamiento de la publicidad oficial, sino que hubiera principios y reglas. Pasaron tres años y no se cumplió con el ordenamiento constitucional, que ocasionó el fallo de la Corte.

Que el Congreso cumpla con la sentencia de la SCJN es lo constitucionalmente deseable, expresó el Ministro Saldívar, y es la confianza que hay en la postura de los líderes de las fracciones parlamentarias en el Senado sea en el sentido de cumplir con el ordenamiento de la Corte. El presidente de la Cámara de Diputados también ha hecho el mismo ofrecimiento. “Esta es una magnífica oportunidad para que los órganos del Estado mexicano en este ejercicio de pesos y contrapesos constitucionales demos una señal de civilidad, de democracia, de madurez, para generar un ejemplo para remontar la credibilidad de los ciudadanos. Más allá de las vías jurídicas que se puedan dar en su momento, si el Congreso no cumple, creo que sería una mala noticia para la democracia mexicana”.

“Si nos queremos tomar en serio nuestra Constitución, si queremos vivir en un estado de derecho y si queremos efectivamente recobrar parte de la credibilidad y confianza de la ciudadanía, todos tenemos que hacer la parte que nos corresponde. A mí me parece que entrar en esta dinámica en la que las autoridades no cumplen y la Corte está viendo que las va a destituir por no cumplir, creo que ésta es una dinámica perversa que tenemos que remontar con un cambio cultural.

Si una autoridad no cumple con la Constitución, las consecuencias las establece la Constitución y un nivel extremo es la destitución de las autoridades responsables. “En el caso del Congreso de la Unión, yo espero –que sería lo deseable- que la sentencia se cumpla. Porque además de que eso es lo que manda la Constitución, y se deben respetar las sentencias de la Corte como tribunal constitucional del país, me parece que eso es lo que nos permitiría entrar a un esquema mucho más civilizado de la publicidad del Estado”.

¿Qué pasa si el Congreso trata de legislar y no hay mayoría? Es un ejercicio democrático.

“Ahí entraríamos en un esquema en el que no me gustaría adelantar criterio. Podría haber muchas variables en las cuales pudiéramos entrar en una etapa de vías de cumplimiento de la sentencia y no propiamente en un desacato de la sentencia, pero la idea es que esa ley se tiene que dar porque lo establece la Constitución y el reto es que los actores de los partidos políticos en el Congreso puedan dialogar y llegar a consensos y a criterios mayoritarios y se saque una legislación que el poder revisor de la Constitución y los partidos políticos lo establecieron en la Constitución”.

¿La otra opción sería derogar ese párrafo del Artículo 134 y ya no habría materia que legislar?

-Desde un punto de vista teórico, ésta es una posibilidad; pero desde un punto de vista democrático y político, me parece que sería un error enorme no legislar.

En el fondo de la sentencia es que mientras no se legisle y haya discrecionalidad en el manejo de la publicidad del gobierno se va en contra de la libertad de expresión. Exactamente, se pervierte la libertad de expresión y el derecho a la información. “Lo ideal, -y es lo que a mí me parece- es que la publicidad oficial del gobierno se distribuya en forma equitativa y transparente, con los objetivos que establece la Constitución y –muy importante- sin que se utilice para promoción personal de ningún servidor público, como lo establece la Constitución.

Por los casos de ex y gobernadores que están bajo investigación o bajo proceso, ellos aplicaron el presupuesto para su propio lucimiento o sus propios fines de enriquecimiento.

El Ministro Saldívar reconoció que “Todos estamos conscientes de que estamos viviendo una crisis de credibilidad y de confianza de la ciudadanía. Me parece que para revertir esta crisis pasa por respetar la Constitución. Si los funcionarios de los distintos órdenes de gobierno no partimos del presupuesto de respetar la Constitución, y cumplir las sentencias del tribunal constitucional, me parece que va a ser imposible que podamos generar un ambiente más civilizado en nuestra vida política y social.

La Constitución es norma jurídica, lo que quiere decir que obliga; no puede ser un cuerpo normativo de ocurrencias o de obligaciones que de antemano se sabe que no van a ser cumplidas. Si se establece que hay que poner un precepto constitucional, este precepto se tiene que reglamentar y se tiene que cumplir. La Constitución no es para hacer retórica, no es para hacer cuestiones simplemente coyunturales de un momento político, sino normas jurídicas que establecen normas, principios y valores y que por supuesto establecen derechos humanos.

Retomando el tema del desacato, semanas antes la SCJN sancionó al delegado de Venustiano Carranza por este motivo. La Constitución da a la SCJN el poder destituir y consignar ante un juez de distrito a una autoridad por incumplimiento de una sentencia de amparo. “Lo único que hizo la Corte fue ejercer una facultad que le da la Constitución. La SCJN es un contrapeso de los poderes Ejecutivo y Legislativo en la defensa de los derechos humanos, precisamente esto hace la diferencia entre los poderes de la Unión. Caer en desacato de la Constitución no es opcional, se tiene que cumplir. Y esto no implica ningún enfrentamiento entre los poderes, es parte de los pesos y contrapesos entre los tres poderes que establece todo sistema constitucional”, explicó el Ministro Saldívar.

“En un momento de crisis no podemos caer en la desesperanza de que todo está perdido y nada funciona; esto no es así. Hay instituciones que funcionan para tratar de generar esta estabilidad por un lado y cambio por el otro. El trabajo de la SCJN es muy relevante en el trabajo que estamos haciendo. Y esta sentencia que se emitió hace unos días, me parece que demuestra ese compromiso de la Suprema Corte con la Constitución y con los derechos humanos de todos”.

Comentó que la SCJN es garante del estado de derecho y sin éste no puede haber desarrollo económico, ni paz social ni desarrollo social. El estado de derecho es una de las piezas fundamentales de todo sistema democrático. “Hay que reconocer que nos falta mucho para tener un estado de derecho consolidado, pero la Corte está haciendo la parte que le corresponde, aunque también tenemos que ser autocríticos y que veces que quizás hemos quedado a deber y lo tenemos que reconocer, pero hay compromiso con el estado de derecho”.

Por lo pronto es una buena noticia que los coordinadores legislativos han dicho que van a cumplir la sentencia de la Corte. Ya se publicó el proyecto y la sentencia se publicará en los próximos días, prácticamente sin cambios. En esta omisión legislativa, por primera vez en la historia el amparo sirve para ordenarle al Congreso que cumpla con una ley que no ha emitido y que la Constitución ordena que se emita para proteger la libertad de expresión y el derecho a la información.

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Nacidos en febrero y mayo serán funcionarios de casilla para elección judicial

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Nacidos en febrero y mayo serán funcionarios de casilla para elección judicial
Foto @INEMexico

Ciudad de México.— El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó, mediante sorteo, que los meses de febrero y mayo servirán como base para la insaculación de los ciudadanos que integrarán las Mesas Directivas de Casilla durante los Procesos Electorales Locales (PEL) 2024-2025 y el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial de la Federación (PEEPJF) 2024-2025.

En el sorteo, se excluyeron los meses de marzo y abril, que fueron utilizados en el proceso electoral 2023-2024 para seleccionar a los ciudadanos que fungieron como funcionarios de casilla.

Las personas nacidas en febrero y mayo podrán ser convocadas por el INE para participar como funcionarios de mesas directivas de casilla en las elecciones locales de Durango y Veracruz, así como en la primera elección de jueces, magistrados y ministros en México, programada para el 1 de junio de 2025.

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Claudia Arlett Espino, secretaria ejecutiva del INE, explicó que los nacidos en febrero tendrán prioridad en este proceso, mientras que mayo servirá como base complementaria. Además, señaló que el INE realizará una segunda insaculación para determinar las letras de los apellidos de los ciudadanos que serán convocados.

En el marco de la reforma judicial aprobada en el Congreso de la Unión, las elecciones de junio de 2025 incluirán la designación de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, magistrados y jueces.

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Credencial para Votar vencida en 2024 ¿continuará vigente en elecciones de 2025?

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Credencial para Votar vencida en 2024 ¿continuará vigente en elecciones de 2025?
Foto Cuartoscuro

Ciudad de México.— El pleno del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó que las Credenciales para Votar cuyo último día de vigencia es el 31 de diciembre de 2024, continúen vigentes hasta el día de la Jornada Electoral de las elecciones ordinarias y, en su caso, extraordinarias que se celebren con motivo de los PEL 2024-2025.

Asimismo, que los registros de las personas ciudadanas cuyas Credenciales para Votar se encuentren en este supuesto, sean excluidas del Padrón Electoral y de la Lista Nominal de Electores el día siguiente a la celebración de las jornadas electorales respectivas.

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Con corte al 31 de octubre de 2024, el número de registros de ciudadanas y ciudadanos residentes en los estados con PEL el próximo año, cuyas credenciales tienen como último día de vigencia el 31 de diciembre de 2024, asciende a un total de 478 mil 405 (91 mil 204 en Durango y 387 mil 201 en Veracruz).

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El político está sometido a intrigas palaciegas de su equipo y de la familia, asegura Ricardo Monreal

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El político está sometido a intrigas palaciegas de su equipo y de la familia, asegura Ricardo Monreal
Foto Cuartoscuro

Ciudad de México.— El coordinador del Grupo Parlamentario de Morena en la Cámara de Diputados, advirtió que en la política se tiene que actuar con honestidad y rectitud, pese a que el político está sometido a vicisitudes, a intrigas palaciegas, a intrigas de su equipo y de la familia incluso, está sometido a golpes y elogios de los más cercanos que luego se convierten en detractores.

En ese sentido, Monreal Ávila sostuvo que cuando alguien amenaza con interponer una denuncia debe concretarla para que no quede mal frente a la población, y el denunciado debe exigir que se presente la denuncia, porque si son bases falsas o endebles queda en el escenario de la población que sí fue cierto, cuando fue producto de un mecanismo de maquinación o de invento por dañar la reputación de una persona.

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“Esos son los grandes mensajes, por eso en la vida hay que resistir y por eso el que se dedica a la política es obligado ver estas obras, porque en el camino te vas a encontrar con todas ellas, incluso mentiras, insultos o reconocimientos y normalmente no debes dejar pendiente una mentira, una intriga o una acusación falsa, de eso habla el político y de eso habla Maquiavelo. No dejes abierto un expediente, tienes que cerrarlo”, aseveró.

Monreal Ávila indicó que el político tiene que exigir que se presente la denuncia y debe pedir, sí acuerdos, pero no pactos de impunidad. Sí acuerdos en beneficio de lo que se representa, pero no a cambio de impunidad, eso sería muy lamentable.

“Entonces hay que decir, presenta tus denuncias si tienes bases y que la autoridad aclare. No a la maquinación de delitos, no a la maniobra y construcción de argucias ilegales inexistentes, pero tampoco impunidad”.

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Proponen protocolos de atención para madres y padres en pérdidas perinatales

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Proponen protocolos de atención para madres y padres en casos de pérdidas perinatales
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Ciudad de México.— La diputada del PRI Ana Isabel González González impulsa una iniciativa con el objetivo de establecer protocolos de atención en caso de pérdida gestacional, perinatal o neonatal, con manejo clínico y acompañamiento psicoemocional y mental a la madre y al padre, en todo el Sistema Nacional de Salud.

La propuesta de reformas a las leyes General de Salud, del Seguro Social, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, y Federal del Trabajo, plantea incluir la atención médica física y mental integral a la mujer durante el embarazo, el parto y el puerperio.

Señala que, en caso de pérdida perinatal o neonatal, la madre tendrá derecho a atención física y psicológica para vivir y superar su duelo y en esta etapa se le otorgará una licencia especial por posparto de seis meses, con el pago de salario íntegro, respetando en todo momento su dignidad como persona.

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Se establecerán protocolos específicos de atención física y psicológica, así como acompañamiento y seguimiento al proceso de duelo de madres y padres de familia, en casos de muerte perinatal o neonatal, estipula.

Asimismo, se activarán los protocolos correspondientes para otorgar a la madre la información necesaria respecto a los bancos de leche humana que le permita la donación de leche materna, respetando en todo momento su voluntad y sus derechos humanos.

Se menciona que las causas más importantes de defunciones están relacionadas con la diabetes, el parto prematuro, la hipertensión, las infecciones maternas, el embarazo prolongado y el consumo del tabaquismo.

Refiere que datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (NEGI) señalan que en 2023 se registraron 23 mil 541 defunciones fetales, las cuales pertenecen a una tasa nacional de 67.5 por cada 100 mil mujeres de edad fértil.

Agrega que, del total de fallecimientos fetales, 81.7 por ciento fue antes del parto, 17.2 durante el parto. Las entidades que obtuvieron tasas más altas fueron San Luis Potosí con 92.8 por ciento, Durango 91.1 por ciento y Estado de México con 89 por ciento.

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