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Otorgan amparo a Beltrán Leyva contra extradición a EU
Ciudad de México.— Un juez federal otorgó un amparo a Héctor Beltrán Leyva, alias “El H”, que deja sin efecto el acuerdo por el cual la Secretaría de Relaciones Exteriores lo concedió en extradición a Estados Unidos.
De esta forma, sin que implique su libertad, el Juzgado federal concedió un amparo a Héctor Beltrán Leyva para efectos de su extradición por los Estados Unidos de América y subsanar una violación procesal.
El Juzgado Décimo de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México determinó conceder la protección de la justicia federal, contra el acuerdo administrativo de fecha 26 de septiembre de 2016, dictado por la Secretaría de Relaciones Exteriores, en el que concede la extradición del quejoso.
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Los efectos de la sentencia son los siguientes:
1) Que el Secretario de Relaciones Exteriores deje insubsistente el referido acuerdo, dictado en el expediente de extradición mediante el cual concedió la extradición del quejoso al Gobierno de los Estados Unidos de América.
2) Devuelva el expediente al Juez Octavo de Distrito de Procesos Penales Federales en la Ciudad de México, quien deberá reponer el procedimiento a partir del auto dictado el 11 de agosto de 2016, en el que consideró innecesario llevar a cabo una junta de peritos y, en su caso, designar un perito tercero en discordia, a fin de que lleve a cabo el trámite previsto en el artículo 236 del Código Federal de Procedimientos Penales. Una vez hecho lo anterior, pueda emitir la opinión jurídica que corresponde a ese órgano jurisdiccional, lo que implica que dicho juzgador deje insubsistente la opinión jurídica de fecha 29 de agosto de 2016.
3) Realizado lo anterior, continúe con el trámite correspondiente al procedimiento de extradición y, con plenitud de jurisdicción, emita la opinión jurídica correspondiente.
Es importante señalar que el amparo otorgado a Héctor Beltrán Leyva no se traduce en la libertad de éste, precisamente porque no existe un pronunciamiento de fondo respecto de la procedencia o improcedencia de la petición de extradición formulada.
En la sentencia se precisa que la concesión se hace extensiva al acto de ejecución reclamado al Procurador General de la República y al Director del Centro Federal de Readaptación Social número 1 “Altiplano”, en Almoloya de Juárez, Estado de México, dado que ese acto no se impugnó por vicios propios, sino que en vía de consecuencia.
También precisa que se sobreseyó por lo que hace a actos atribuidos a diversas autoridades, en virtud de que el quejoso no desahogó la prevención señalada por el juzgador.
Al proceder al análisis de los actos reclamados, entre ellos, la divergencia entre las conclusiones formuladas por los peritos de las partes respecto a los dictámenes sobre la identidad de la persona reclamada, se advirtió una violación procesal, ya que el juez instructor no siguió el procedimiento que establece el artículo 236 del Código Federal de Procedimientos Penales para el caso de conclusiones periciales divergentes.
En el caso particular, tal divergencia radica, esencialmente, en que para un especialista no existen elementos técnicos prácticos ni científicos suficientes para realizar cualquier tipo de identificación, pues las fotografías digitales anexadas a la petición formal de extradición no son originales, y respecto a la ficha antropométrica que consta en autos es obsoleta para esos fines, entre otras cosas.
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Mientras que para el otro experto sí resultaron suficientes las constancias que obran en autos para llevar a cabo el dictamen pericial y concluir que la persona solicitada por el Gobierno de Estados Unidos de América y el aquí quejoso son la misma persona.
Es incorrecta la razón que da el juez de Distrito para no llevar a cabo una junta de peritos y, en su caso, designar a un perito tercero en discordia, bajo el argumento de que consideraba innecesario el trámite señalado en el artículo 236 del Código Federal de Procedimientos Penales, esencialmente por la naturaleza administrativa del procedimiento de extradición.
Con tal actuación, puntualiza la sentencia, se transgredieron las reglas que rigen el procedimiento, pues no se justificó la falta de integración de la prueba pericial referida a fin de establecer indubitablemente la identidad o falta de identidad entre el quejoso y la persona requerida; ya sea dilucidándose en una junta de peritos o con un dictamen tercero en discordia.
Es cierto -expresa la resolución-, como lo señala el juez de Distrito, que el procedimiento de extradición es de índole administrativo y no un proceso penal que se sujete a las reglas procedimentales de éste; sin embargo, el artículo 25 de la Ley de Extradición prevé que el extraditable puede oponer y probar excepciones, entre ellas, la de ser distinta persona de aquella cuya extradición se pide.
Por ende, al optar por esa línea de defensa, debió respetarse el derecho a un debido proceso del quejoso por lo que hace al derecho de oponer excepciones y probarlas.
Para el análisis y resolución del presente juicio de amparo, la autoridad jurisdiccional invocó jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, así como de diversos Tribunales Colegiados.
ebv
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¿Qué factores hicieron del peso una de las divisas más depreciadas en 2024?
El retorno del expresidente estadounidense a la Casa Blanca incrementó la percepción de riesgo en los mercados emergentes.
Ciudad de México.- El peso mexicano se posicionó como la cuarta divisa más depreciada frente al dólar en 2024, superado únicamente por el peso argentino, el real brasileño y la lira turca, según datos del Banco de México (Banxico).
La moneda mexicana sufrió una depreciación de 18.27% , alcanzando los 20.0342 pesos por dólar entre el 29 de diciembre de 2023 y el 20 de diciembre de 2024.
¿Qué eventos y decisiones llevaron a este escenario?
Contexto internacional: El peso argentino lideró las pérdidas con una caída del 26.41%, seguido por el real brasileño con 25.42% y la lira turca con 19.28% . Otras monedas emergentes también se vieron afectadas, como el florín húngaro (14.37%), el rublo ruso (13. 98) y el peso colombiano (13.30%).
Mientras tanto, el Índice Dólar (DXY), que mide la fortaleza del billete verde frente a otras divisas de referencia, aumentó 6.20%, lo que intensificó la presión sobre las monedas emergentes.
Factores internos y externos que influyeron en el peso mexicano: De acuerdo con analistas de mercados en ATFX LATAM, el año 2024 presentó retos significativos para la moneda mexicana, influenciados por eventos tanto nacionales como internacionales:
Transición política en México: La llegada de Claudia Sheinbaum como la primera mujer presidenta del país y las reformas propuestas por su administración generan incertidumbre en los mercados.
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Salida de capital extranjero: En el segundo semestre, se registraron importantes flujos de salida de “capital golondrina” y una menor participación de inversionistas extranjeros.
Reelección de Donald Trump: El retorno del expresidente estadounidense a la Casa Blanca incrementó la percepción de riesgo en los mercados emergentes.
Factores externos.
Las Expectativas de recortes en las tasas de interés tanto en México como en Estados Unidos.
Además de los Incrementos previstos en las tasas de interés en Japón.
Registro en riesgos globales por conflictos geopolíticos y la desaceleración económica de China.
Factores internos que incrementan la aversión al riesgo hacia México.
ARH
Negocios
Banxico ajusta tasas: ¿Cómo impactará a tu bolsillo?
Ciudad de México.— La Junta de Gobierno del Banco de México (Banxico) redujo en 25 puntos base el objetivo para la Tasa de Interés Interbancaria a un día, ubicándola en 10%, efectiva a partir del 20 de diciembre de 2024. Este movimiento representa el cuarto recorte consecutivo aplicado en la misma magnitud.
De acuerdo con el anuncio de política monetaria, la decisión se basó en la reducción de la inflación general, que pasó de 4.76% en octubre a 4.55% en noviembre. Asimismo, la inflación subyacente, indicador que refleja con mayor precisión la tendencia inflacionaria, descendió de 3.80% a 3.58% en el mismo periodo.
El banco central señaló que, aunque la inflación subyacente sigue mostrando una tendencia a la baja, persisten presiones en el rubro de servicios, cuyo descenso ha sido moderado. Por otro lado, la inflación de mercancías alcanzó niveles bajos. Las expectativas inflacionarias para el cierre de 2024 disminuyeron, mientras que las correspondientes a 2025 y a largo plazo permanecen por encima de la meta del 3%.
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Banxico espera que tanto la inflación general como la subyacente mantengan una tendencia descendente. Sin embargo, ajustó sus proyecciones debido a la persistencia en la inflación de servicios, estimando que la inflación general convergerá a su meta hasta el tercer trimestre de 2026.
Banxico advirtió sobre posibles riesgos que podrían afectar las previsiones inflacionarias, entre ellos la implementación de aranceles por parte de Estados Unidos a importaciones mexicanas, lo que generaría presiones inflacionarias en ambos países. Otros riesgos incluyen la persistencia de la inflación subyacente, la depreciación del tipo de cambio, presiones de costos, afectaciones climáticas y disrupciones derivadas de conflictos geopolíticos o políticas comerciales.
En el ámbito económico, la Junta de Gobierno destacó que, tras un periodo de marcada debilidad, la economía mostró una mayor expansión durante el tercer trimestre de 2024. Sin embargo, anticipa atonía en el cierre del año y en 2025. En cuanto al mercado laboral, el empleo registró una desaceleración, y el balance de riesgos para la actividad económica sigue inclinado a la baja.
ebv
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Mexicana, acumula pérdidas millonarias en menos de un año de operación
Actualmente, movilizar a un pasajero le cuesta a la aerolínea 4,484 pesos, mientras que ingresa tan solo 927 pesos por cada boleto vendido.
Ciudad de México.- La aerolínea Mexicana, a cargo de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), ha registrado pérdidas superiores a los 932 millones de pesos durante los primeros tres trimestres de 2024.
Informes financieros de la empresa revelan que, entre enero y octubre, la aerolínea ha requerido subsidios por mil 175 millones de pesos, cifra que supera cinco veces los ingresos generados por venta de bienes y servicios en el mismo periodo.
Por ello, Mexicana ha reportado ingresos por 243 millones de pesos en los primeros nueve meses del año.
Sin embargo, esta cantidad apenas cubre el 20 por ciento de sus gastos operativos, que incluyen alquiler de aeronaves, pago de turbosina y salarios al personal.
Actualmente, movilizar a un pasajero le cuesta a la aerolínea 4,484 pesos, mientras que ingresa tan solo 927 pesos por cada boleto vendido.
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Entre los gastos destacados se encuentran pagos anticipados a TAR, la empresa que alquila aeronaves a Mexicana, y un depósito de más de 100 millones de pesos a SAT Aero Holdings, firma que mantiene una demanda activa contra la paraestatal en tribunales de Estados Unidos.
La aerolínea ha enfrentado retos como niveles de ocupación que no superan el 60 por ciento, muy por debajo del promedio del 85 por ciento que registra la industria aérea en México.
Pese a ello, Mexicana ha logrado mantenerse operativa gracias a subsidios canalizados por la Sedena, los cuales ascienden a mil 474 millones de pesos al tercer trimestre, pese a no estar contemplados en el Presupuesto de Egresos de la Federación.
Pérdidas millonarias cada 24 horas.
Mexicana pierde aproximadamente 10 millones de pesos al día. Para dimensionar esta cifra, sería suficiente para adquirir 20 casas de interés social con un valor promedio de 500 mil pesos cada una. Esto equivale a 560 viviendas al mes.
Con un panorama económico complicado y altas dependencias de recursos públicos, la viabilidad de Mexicana como aerolínea estatal enfrenta serios cuestionamientos en su primer año de operación.
ARH
Ciudad de México.— Este jueves se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Ley Silla, que obliga a las empresas proporcionar asientos a sus trabajadores.
De esta manera, inició el periodo de transición de 180 días naturales que estipula la ley para que las empresas cumplan sus obligaciones.
Todos los trabajadores deberán contar con un asiento con respaldo en su totalidad a partir del 17 de junio del 2025.
Posteriormente, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) contará con 30 días para emitir la normatividad correspondiente.
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La Ley Silla obliga a las empresas a otorgar una silla con respaldo a los trabajadores para el descanso durante la jornada laboral.
El marco regulatorio también prohíbe a los empleadores obligar a las personas a permanecer de pie la totalidad del horario de trabajo en una postura vertical.
Por otra parte, las empresas deberán destinar un área específica en el centro de trabajo para las sillas, y además, el uso de los asientos y los periodos de descanso deberán regularse a través del reglamento interno de trabajo.
La Ley Silla está dirigida a centros de trabajo del sector de servicios, comercio y análogos. En el caso de las empresas de corte industrial, las disposiciones sólo podrán ser exigibles cuando la naturaleza del trabajo lo permita.
Aunque el tema puede ser nuevo en México, existen economías como España, Chile y Argentina que tienen marcos legales en la materia desde principios del siglo XX.
Busca la Ley Silla reducir daños en salud de trabajadores
Un documento del ministerio de Trabajo de España explica que estar de pie es una postura natural, por lo que no representa por sí misma un problema de salud.
Sin embargo, tras un largo periodo se reduce el suministro de sangre a los músculos de las piernas, la espalda y el cuello. Esto provoca dolor en las zonas.
Esta fatiga desaparece con el reposo. Pero si este no se realiza o es insuficiente pueden llegar a desarrollarse trastornos musculoesqueléticos.
Estar de pie de forma prolongada y frecuente, sobre todo cuando no existe la opción de movimiento, hace que la sangre se acumule en las piernas y los pies, lo que puede derivar en varices.
El estar en una postura erguida mucho tiempo también hace que las articulaciones de la columna, las caderas, las rodillas y los pies se inmovilicen. Esto puede conducir posteriormente a enfermedades reumáticas debido al daño degenerativo de los tendones y ligamentos.
Incluso, Peter Smith, investigador del Instituto de Trabajo y Salud de Toronto, Canadá, advierte que una postura erguida por mucho tiempo aumenta el riesgo cardiovascular.
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JAHA
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