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Ventajoso, para entidades financieras, proyecto de cobranza delegada: Monreal
Ciudad de México.— El proyecto que aprobó la Cámara de Diputados sobre la figura de “crédito de nómina con cobranza delegada” resulta en extremo ventajoso para las entidades financieras, en detrimento de los derechos laborales que históricamente han conseguido los trabajadores.
Así lo consideró el coordinador parlamentario de Morena, Ricardo Monreal Ávila, quien confirmó que la mayoría legislativa en el Senado, si bien siempre está abierta al diálogo y al intercambio respetuoso de ideas, actuará en esta ocasión aún con más cautela.
Por ello, agregó el legislador, se revisarán de manera pormenorizada los supuestos y las consecuencias jurídicas, sociales y económicas de la minuta. “No vamos a precipitar la discusión, ya que debemos conducirnos con plena responsabilidad, en beneficio de la sociedad”.
“Respetamos el trabajo legislativo de la Cámara de Diputados, y por eso buscaremos reunirnos con sus integrantes, para generar los acuerdos y consensos necesarios, a fin de dotar a las y los trabajadores de un sistema jurídico que fortalezca su patrimonio”.
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En un artículo que publicó en su página oficial, Monreal Ávila recordó que el 18 de febrero de 2021, el Senado aprobó el proyecto para establecer la figura jurídica del “contrato de crédito con cobranza delegada”, cuyo propósito original fue impulsar la inclusión de la población de menores recursos en el sistema financiero.
La reforma a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito -avalada por los senadores-, buscaba garantizar el acceso a productos y servicios bancarios adecuados a este sector de la población, como cuentas de depósito y ahorro, servicios de pago, préstamos y seguros.
Sin embargo, la Cámara de Diputados aprobó un proyecto con más de 90 modificaciones, que será devuelto a la Cámara de Senadores para su análisis y discusión.
Entre los cambios de las y los diputados, está el que pueda ser materia de “libranza” el pago fraccionado o a plazo de primas por pólizas de seguros u otros servicios financieros.
Se trata de una figura que no contempla la Ley Federal del Trabajo, pero que, al encontrarse en el proyecto, se institucionalizaría de manera irrevocable, y su aplicación haría posible que, desde antes de recibir su salario, al trabajador o la trabajadora se le aplicara un descuento, correspondiente al importe del pago de los créditos por ley.
“Dejar la libranza con ese carácter sería una medida que limitaría totalmente la posibilidad de que las y los trabajadores cambiaran de institución o tipo de crédito, si éste ya no les resultara conveniente, o bien, que pudieran encontrar otro esquema de refinanciamiento más benéfico”.
El proyecto aprobado por la colegisladora -continuó Monreal-, tiene como finalidad disminuir los riesgos de no pago de créditos, pues las y los trabajadores van a instruir, a través de libranza, a los empleadores para que dispongan de las fuentes de pago a que tengan derecho, a efecto de realizar en su nombre y cuenta uno o varios pagos parciales y periódicos o el pago total del crédito.
Para esos efectos, la persona acreditada deberá otorgar su consentimiento expreso e irrevocable.
Además, propone reforzar el modelo anterior, determinando que el cliente deberá expresar que “entiende y reconoce las consecuencias de una libranza irrevocable y que está en aptitud y libre voluntad de aceptarlo, para darle todas las oportunidades de evaluar y tomar la mejor decisión a sus intereses”.
Ello, sin que exista de por medio un mecanismo legal y objetivo a través del cual se garantice que, efectivamente, las y los trabajadores conocen y aceptan las consecuencias jurídicas de este tipo de actos, “lo que resulta en extremo ventajoso para las entidades financieras”, advirtió el senador.
Como es notorio, acotó Ricardo Monreal, “estas modificaciones no redundan en un beneficio para la clase trabajadora; representan una lesión, un menoscabo a los derechos laborales que históricamente fueron conseguidos a través de diversas luchas sociales”.
Basta recordar que el artículo 98 de la Ley Federal del Trabajo establece que los trabajadores dispondrán libremente de sus salarios y que, por tanto, cualquier mandato o medida que desvirtúe este derecho será nulo.
Por otra parte, el artículo 99 del mismo ordenamiento señala que el derecho a percibir el salario es irrenunciable, como lo es igualmente el derecho a recibir los salarios devengados.
Y el artículo 112 de la misma legislación puntualiza que los salarios de los trabajadores no podrán ser embargados, salvo en el caso de las pensiones alimenticias.
Ricardo Monreal mencionó que México cuenta con un sistema bicameral, que permite examinar y revisar los proyectos de ley o las iniciativas que aprueba la colegisladora.
Ello, para “interponer un bloqueo temporal hasta que la opinión pública nacional se exprese en torno a los proyectos aprobados que pudieran atentar contra los principios constitucionales o que introduzcan nuevos en la legislación del país”.
ebv
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Banxico ajusta tasas: ¿Cómo impactará a tu bolsillo?
Ciudad de México.— La Junta de Gobierno del Banco de México (Banxico) redujo en 25 puntos base el objetivo para la Tasa de Interés Interbancaria a un día, ubicándola en 10%, efectiva a partir del 20 de diciembre de 2024. Este movimiento representa el cuarto recorte consecutivo aplicado en la misma magnitud.
De acuerdo con el anuncio de política monetaria, la decisión se basó en la reducción de la inflación general, que pasó de 4.76% en octubre a 4.55% en noviembre. Asimismo, la inflación subyacente, indicador que refleja con mayor precisión la tendencia inflacionaria, descendió de 3.80% a 3.58% en el mismo periodo.
El banco central señaló que, aunque la inflación subyacente sigue mostrando una tendencia a la baja, persisten presiones en el rubro de servicios, cuyo descenso ha sido moderado. Por otro lado, la inflación de mercancías alcanzó niveles bajos. Las expectativas inflacionarias para el cierre de 2024 disminuyeron, mientras que las correspondientes a 2025 y a largo plazo permanecen por encima de la meta del 3%.
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Banxico espera que tanto la inflación general como la subyacente mantengan una tendencia descendente. Sin embargo, ajustó sus proyecciones debido a la persistencia en la inflación de servicios, estimando que la inflación general convergerá a su meta hasta el tercer trimestre de 2026.
Banxico advirtió sobre posibles riesgos que podrían afectar las previsiones inflacionarias, entre ellos la implementación de aranceles por parte de Estados Unidos a importaciones mexicanas, lo que generaría presiones inflacionarias en ambos países. Otros riesgos incluyen la persistencia de la inflación subyacente, la depreciación del tipo de cambio, presiones de costos, afectaciones climáticas y disrupciones derivadas de conflictos geopolíticos o políticas comerciales.
En el ámbito económico, la Junta de Gobierno destacó que, tras un periodo de marcada debilidad, la economía mostró una mayor expansión durante el tercer trimestre de 2024. Sin embargo, anticipa atonía en el cierre del año y en 2025. En cuanto al mercado laboral, el empleo registró una desaceleración, y el balance de riesgos para la actividad económica sigue inclinado a la baja.
ebv
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Mexicana, acumula pérdidas millonarias en menos de un año de operación
Actualmente, movilizar a un pasajero le cuesta a la aerolínea 4,484 pesos, mientras que ingresa tan solo 927 pesos por cada boleto vendido.
Ciudad de México.- La aerolínea Mexicana, a cargo de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), ha registrado pérdidas superiores a los 932 millones de pesos durante los primeros tres trimestres de 2024.
Informes financieros de la empresa revelan que, entre enero y octubre, la aerolínea ha requerido subsidios por mil 175 millones de pesos, cifra que supera cinco veces los ingresos generados por venta de bienes y servicios en el mismo periodo.
Por ello, Mexicana ha reportado ingresos por 243 millones de pesos en los primeros nueve meses del año.
Sin embargo, esta cantidad apenas cubre el 20 por ciento de sus gastos operativos, que incluyen alquiler de aeronaves, pago de turbosina y salarios al personal.
Actualmente, movilizar a un pasajero le cuesta a la aerolínea 4,484 pesos, mientras que ingresa tan solo 927 pesos por cada boleto vendido.
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Entre los gastos destacados se encuentran pagos anticipados a TAR, la empresa que alquila aeronaves a Mexicana, y un depósito de más de 100 millones de pesos a SAT Aero Holdings, firma que mantiene una demanda activa contra la paraestatal en tribunales de Estados Unidos.
La aerolínea ha enfrentado retos como niveles de ocupación que no superan el 60 por ciento, muy por debajo del promedio del 85 por ciento que registra la industria aérea en México.
Pese a ello, Mexicana ha logrado mantenerse operativa gracias a subsidios canalizados por la Sedena, los cuales ascienden a mil 474 millones de pesos al tercer trimestre, pese a no estar contemplados en el Presupuesto de Egresos de la Federación.
Pérdidas millonarias cada 24 horas.
Mexicana pierde aproximadamente 10 millones de pesos al día. Para dimensionar esta cifra, sería suficiente para adquirir 20 casas de interés social con un valor promedio de 500 mil pesos cada una. Esto equivale a 560 viviendas al mes.
Con un panorama económico complicado y altas dependencias de recursos públicos, la viabilidad de Mexicana como aerolínea estatal enfrenta serios cuestionamientos en su primer año de operación.
ARH
Ciudad de México.— Este jueves se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Ley Silla, que obliga a las empresas proporcionar asientos a sus trabajadores.
De esta manera, inició el periodo de transición de 180 días naturales que estipula la ley para que las empresas cumplan sus obligaciones.
Todos los trabajadores deberán contar con un asiento con respaldo en su totalidad a partir del 17 de junio del 2025.
Posteriormente, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) contará con 30 días para emitir la normatividad correspondiente.
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La Ley Silla obliga a las empresas a otorgar una silla con respaldo a los trabajadores para el descanso durante la jornada laboral.
El marco regulatorio también prohíbe a los empleadores obligar a las personas a permanecer de pie la totalidad del horario de trabajo en una postura vertical.
Por otra parte, las empresas deberán destinar un área específica en el centro de trabajo para las sillas, y además, el uso de los asientos y los periodos de descanso deberán regularse a través del reglamento interno de trabajo.
La Ley Silla está dirigida a centros de trabajo del sector de servicios, comercio y análogos. En el caso de las empresas de corte industrial, las disposiciones sólo podrán ser exigibles cuando la naturaleza del trabajo lo permita.
Aunque el tema puede ser nuevo en México, existen economías como España, Chile y Argentina que tienen marcos legales en la materia desde principios del siglo XX.
Busca la Ley Silla reducir daños en salud de trabajadores
Un documento del ministerio de Trabajo de España explica que estar de pie es una postura natural, por lo que no representa por sí misma un problema de salud.
Sin embargo, tras un largo periodo se reduce el suministro de sangre a los músculos de las piernas, la espalda y el cuello. Esto provoca dolor en las zonas.
Esta fatiga desaparece con el reposo. Pero si este no se realiza o es insuficiente pueden llegar a desarrollarse trastornos musculoesqueléticos.
Estar de pie de forma prolongada y frecuente, sobre todo cuando no existe la opción de movimiento, hace que la sangre se acumule en las piernas y los pies, lo que puede derivar en varices.
El estar en una postura erguida mucho tiempo también hace que las articulaciones de la columna, las caderas, las rodillas y los pies se inmovilicen. Esto puede conducir posteriormente a enfermedades reumáticas debido al daño degenerativo de los tendones y ligamentos.
Incluso, Peter Smith, investigador del Instituto de Trabajo y Salud de Toronto, Canadá, advierte que una postura erguida por mucho tiempo aumenta el riesgo cardiovascular.
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JAHA
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Nuevas reglas para Uber, Didi y Rappi: ¿Qué cambiará para conductores y repartidores?
Ciudad de México.— La reciente aprobación de la reforma laboral en el Congreso de la Unión que regula a las plataformas digitales en México y su inminente publicación en el Diario Oficial de la Federación ha generado un amplio debate en el sector empresarial y los trabajadores.
Esta legislación, enfocada en mejorar las condiciones laborales de los colaboradores de apps como Uber, Didi y Rappi, plantea retos para las empresas que operan bajo este modelo de negocio.
La reforma incorpora reglas al modelo de trabajo en aplicaciones, como criterios para el acceso pleno a la seguridad social y derechos laborales, o reglas para el pago de PTU. Por su parte, los repartidores y conductores de apps deberán respetar los mecanismos y sistemas de las plataformas digitales para el seguimiento de la conexión y de las horas laboradas, y en su caso para la comunicación con la aplicación; atender las políticas de protección de datos y restricciones de sobre su uso; abstenerse de prácticas de discriminación y acoso sexual u otros actos relacionados.
Una vez que se promulgue la reforma en el Diario Oficial de la Federación (DOF), entrará en vigor 180 días después de su publicación. Después de esto, el Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tendrá cinco días para publicar las reglas de carácter general para la afiliación de repartidores y conductores, y una vez realizado esto, la autoridad de seguridad social contará con 180 días para realizar un programa piloto de aseguramiento obligatorio.
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“Uno de los principales beneficios de la reforma es la claridad regulatoria que ofrece tanto a las empresas como a los trabajadores. Con la definición de derechos laborales como el acceso a la seguridad social, prestaciones y horarios establecidos, las empresas pueden operar dentro de un marco legal más transparente y evitar posibles sanciones por incumplimientos”, explica Jesús Moscoso, abogado especialista en materia laboral y CEO de ESSAD, firma especializada en la gestión de talento humano.
Por ejemplo, plataformas como Uber ahora tienen lineamientos claros sobre cómo integrar a sus conductores al sistema de seguridad social, lo que no solo beneficia a los trabajadores, sino que también mejora la percepción de la marca ante los consumidores.
“De acuerdo con un estudio de Nielsen, especializada en el estudio de consumo, siete de cada 10 consumidores deciden conscientemente adquirir un producto ‘socialmente responsable’ aunque cueste más”, afirmó Moscoso.
Además, la reforma podría incentivar la formalización del empleo en un sector tradicionalmente caracterizado por la informalidad.
“En el caso de México, donde más del 55% de la población económicamente activa trabaja en la informalidad, este avance podría ser un primer paso hacia una economía más equilibrada”, agregó Fernando Rojas, socio CEO de ESSAD.
Sin embargo, la reforma también trae consigo retos significativos. Uno de ellos el aumento en los costos operativos para las empresas. Incorporar a miles de trabajadores al sistema de seguridad social y otorgar prestaciones como aguinaldo o vacaciones implica un gasto adicional que podría impactar en la rentabilidad de las plataformas.
Empresas como Rappi han advertido que podría ser necesario ajustar sus tarifas para cubrir estos costos, lo que podría desincentivar a algunos usuarios. Además, está el reto logístico de garantizar el cumplimiento de la legislación en un país tan diverso como México, donde las condiciones de trabajo y las necesidades de los colaboradores varían considerablemente entre regiones.
“Otro desafío importante es la resistencia al cambio tanto de las empresas como de algunos trabajadores. Muchas plataformas han defendido su modelo de trabajo independiente, argumentando que les da flexibilidad a los colaboradores. Con la reforma, los conductores y repartidores podrían percibir la pérdida de cierta autonomía, especialmente si se establecen horarios fijos o metas obligatorias”, señaló Rojas.
Las sanciones por incumplimiento van de 250 a 25 mil veces la Unidad de Medida y Actualización, dependiendo del caso. Es decir, multas que van desde los 27 mil 142.50 pesos, hasta los 2 millones 714 mil 250 pesos.
ebv
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