México
Diputados avalan Ley de Ingresos 2019; pasa al Senado
Ciudad de México.— Diputados aprobaron en lo general y en lo particular el proyecto de decreto de la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) de 2019, con un monto adicional de 23 mil 768 millones de pesos a la propuesta del Ejecutivo, para sumar un total de cinco billones 838 mil 059.7 millones de pesos.
En una sesión que se prolongó casi 26 horas, con un receso de unas 16 horas, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó este miércoles la LIF 2019 en su discusión en lo particular con 307 votos en favor, 108 en contra y cero abstenciones.
La víspera, los diputados habían avalado en lo general con 295 votos en favor y 179 en contra, con lo cual el decreto fue turnado al Senado de la República para su análisis, discusión y, en su caso, aprobación.
436 votos a favor. Por unanimidad avalan dictamen que reforma la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, el Código Penal Federal y la Ley General de Responsabilidades Administrativas. https://t.co/2GwAUUepcO
— Cámara de Diputados (@Mx_Diputados) December 20, 2018
En la discusión hoy en lo particular se desecharon ochos de los 13 artículos reservados, y se aprobó una adición al proyecto, destacando el aval para modificar la carátula y el artículo 1, párrafo quinto de la LIF 2019, mediante la cual aumentó la “bolsa” en 23 mil 768 millones de pesos por el combate a “empresas fantasmas”.
Así, con este cambio, la Ley de Ingresos de la Federación para el año próximo quedó en un total de cinco billones 838 mil 059.7 millones de pesos, desde los cinco billones 814 mil 291.7 millones de la propuesta que el Ejecutivo puso a consideración del Congreso el pasado 15 de diciembre.
Con esta modificación, de los 5.8 billones de pesos que se estima por concepto de ingresos para el año próximo, tres billones 311 mil 373.4 millones de pesos (3.2 billones) corresponden a impuestos.
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El marco macroeconómico de la LIF para 2019 prevé un crecimiento real de entre 1.5 y 2.5 por ciento anual; en particular, para las estimaciones de finanzas públicas se considera un crecimiento puntual de 2.0 por ciento real anual.
Asimismo, para el cierre del año próximo se proyecta una inflación de 3.4 por ciento, un tipo de cambio nominal promedio de 20 pesos, una tasa de interés nominal promedio de 8.3 por ciento.
Dada la volatilidad que ha mostrado el precio de la mezcla mexicana de crudo de exportación se considera un precio de 55 dólares por barril y una plataforma de producción de un millón 847 mil barriles de petróleo diarios.
Se plantea un déficit público de 2.0 por ciento del PIB, un superávit primario de 1.0 por ciento del PIB y meta un déficit para los Requerimientos Financieros del Sector Público (RFSP) de 2.5 por ciento del PIB para 2019.
Se autoriza un monto de endeudamiento neto interno para el Ejecutivo Federal hasta por 490 mil millones de pesos, así como un monto de endeudamiento neto externo de cinco mil 400 millones de dólares, el cual incluye el monto de endeudamiento neto externo que se ejercería para la contratación de financiamientos con organismos financieros internacionales.
Para Petróleos Mexicanos (Pemex) se autoriza contratar hasta cuatro mil 350 millones de pesos de endeudamiento neto interno y hasta cinco mil 422.5 millones de dólares de tipo externo.
En el caso de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), esos montos son de hasta nueve mil 750 millones de pesos de endeudamiento neto interno y de 497.5 millones de dólares de endeudamiento neto externo.
Para la Ciudad de México, se autoriza un techo de endeudamiento neto para 2019 para esa entidad federativa de cinco mil 500 de pesos para financiar obras consideradas en su presupuesto de egresos local.
En la sesión de este miércoles, el pleno de la Cámara de Diputados avaló por votación económica la reserva del diputado del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), Carol Antonio Altamirano, quien propuso modificar la carátula y un ajuste al alza en el artículo 1, párrafo quinto, de la LIF con el fin de mejorar los ingresos públicos.
“Consideramos que existe un área de enorme oportunidad para atacar la facturación fantasma y lograr que esos recursos ingresen al erario público”, argumentó el legislador, al señalar su reserva para modificar la Ley de Ingresos del año próximo.
Con este cambio al proyecto de decreto de la LIF, del combate a la facturación falsa que se hace a través de las “empresas fantasma”, se estima obtener 17 mil 576 millones de pesos por Impuesto sobre la Renta (ISR) y seis mil 192 millones de pesos por Impuesto al Valor Agregado (IVA), lo que sumará 23 mil 768 millones de pesos adicionales.
Derivado de este monto adicional de ingresos fiscales a obtener durante el ejercicio fiscal de 2019, se proyecta una recaudación federal participables de tres billones 288 mil 590.4 millones de pesos.
En la discusión en lo particular también se aceptó la propuesta de modificación al artículo 27, fracción III del dictamen del proyecto de decreto de la LIF 2019, el cual estable que la Comisión Reguladora de Energía (CRE) podrá regular los precios del gas LP cuando la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) determine que no hay competencia en ese mercado.
Asimismo, avanzó la reserva al artículo Séptimo Transitorio para que el dinero que sobre en los estados se quede en los mismos y se destine al fortalecimiento de las obras de reconstrucción en el caso de afectaciones por fenómenos naturales, subsanando las pérdidas y que no se devuelva a la Secretaría de Hacienda.
En esa sesión se adicionó un artículo Décimo Quinto Transitorio para prever que una asignación por concepto del IEPS para las bebidas saborizadas se destine a combatir la desnutrición, controlar el sobrepeso, la obesidad y las enfermedades crónico-degenerativas, así como a la instalación de bebederos en zonas rurales.
Además, se aprobó la reserva de modificación y adición al artículo Décimo transitorio para que los recursos de fideicomisos públicos se destinen a programas y proyectos que cuenten con registro en la cartera de inversión de la Secretaría de Hacienda, y también al Plan Nacional de Desarrollo (PND).
Los diputados también aprobaron la reserva al artículo Décimo Segundo Transitorio, para que en convenios del ISSSTE con entidades y municipios para regularizar adeudos se puedan otorgar descuentos en accesorios generados a contribuciones adeudadas.
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México
Alertan por riesgos digitales al usar imágenes de menores en propaganda política
Ciudad de México.— A fin de establecer que, en la propaganda política o electoral, cuando aparezcan personas menores de 18 años de edad de manera directa o incidental, el partido político, las coaliciones o las personas físicas o morales vinculadas al proceso electoral deberán recabar por escrito el consentimiento de quien ejerza la patria potestad o tutela, la diputada de Morena, Blanca Araceli Narro Panameño, presentó una iniciativa legislativa.
Con la adición de un numeral 5 al artículo 247 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, se precisa que, en caso de no contar con el consentimiento, deberán difuminar, ocultar o hacer irreconocible la imagen, la voz o cualquier otro dato que haga identificables a niñas, niños o adolescentes, a fin de garantizar el interés superior de la niñez.
El documento, enviado a la Comisión de Reforma Política-Electoral, resalta que en los últimos procesos electorales se demostró el uso indiscriminado de imágenes de niñas, niños y adolescentes en eventos proselitistas, tanto en contextos directos como incidentales, destacando con frecuencia que su uso no cuenta con el consentimiento informado de la madre, padre o tutor, exponiendo a la niñez a riesgos que van desde el hostigamiento hasta el uso indebido de sus datos personales.
Sin permiso
Menciona que las madres, padres o tutores, en muchos casos no tienen conocimiento de que la imagen de su hija, hijo o persona sobre quien ejerce la tutela ha sido utilizada para fines políticos, lo que impide que tomen acciones inmediatas para su retiro de la propaganda político-electoral, situación que en el entorno digital resulta crítico, ya que una imagen puede difundirse y ser replicada miles de veces en cuestión de minutos, resultando prácticamente imposible su eliminación.
Narro Panameño expone que la aparición de una niña, niño o adolescente en propaganda electoral sin el debido consentimiento vulnera su intimidad, identidad y reputación.
“No se trata únicamente de una cuestión estética o de imagen, sino de un riesgo real de vincularlo, de forma involuntaria, con posturas políticas, ideologías o partidistas, lo cual puede afectar su vida presente y futura, tanto en su entorno escolar como en el social y familiar”.
Reglas claras
Destaca que reformar la legislación electoral para establecer reglas claras y obligatorias sobre el uso de la imagen, voz o datos personales de niñas, niños y adolescentes en propaganda político-electoral es una medida indispensable para garantizar su protección integral.
“En un entorno donde la difusión de contenidos es instantánea y hasta cierto punto incontrolable, el consentimiento informado y por escrito de quienes representan los intereses de las personas menores de dieciocho años se convierte en una salvaguarda fundamental para evitar la violación a sus derechos”, argumenta.
Con ello, dijo la legisladora, se asegura que la participación de niñas, niños y adolescentes en actos proselitistas no sea producto de la improvisación o de estrategias de mercadotecnia política, sino de una decisión responsable y consciente que ponga en primer plano su bienestar y su dignidad.
Subraya que la reforma propuesta responde al mandato constitucional e internacional de ponderar el interés superior de la niñez como principio rector en toda actuación estatal y social. Al incorporarlo de manera expresa en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales se fortalece la capacidad del Estado para prevenir abusos, brindar certeza jurídica a las y los actores políticos y envía un mensaje inequívoco de respeto hacia la niñez.
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Pagar antes de comprar: Proponen horas gratis de estacionamiento en plazas comerciales
Ciudad de México.— Entrar a una plaza comercial, antes de comprar alimentos, medicinas o ropa escolar, el cobro por el estacionamiento marca el inicio del consumo.
Acceso al consumo y el costo invisible
De acuerdo con la Asociación Mexicana de Plazas Comerciales, existen más de 900 centros comerciales y en la mayoría el estacionamiento se cobra como un servicio adicional.
En algunos estados se han documentado irregularidades en el funcionamiento de máquinas y relojes de cobro, lo que deriva en tarifas mayores a las anunciadas. Esta situación coloca a los consumidores en una posición de vulnerabilidad frente a un gasto que no cuenta con regulación específica.
El diputado del Partido Verde Ecologista de México, Luis Orlando Quiroga Treviño, planteó que condicionar el acceso a los bienes o servicios ofrecidos en plazas, centros o unidades comerciales mediante el cobro por estacionamiento constituye una práctica abusiva.
Entre la protección al consumidor y la viabilidad del proveedor
En ese sentido, Quiroga Treviño propuso modificar el artículo 7 de la Ley Federal de Protección al Consumidor para establecer que los proveedores estarán obligados a garantizar el uso gratuito del estacionamiento a los consumidores al menos durante las primeras dos horas.
La propuesta reconoce que prohibir de forma total el cobro de estacionamiento implicaría una carga económica para los proveedores. Por esa razón, la iniciativa plantea una alternativa intermedia: garantizar horas obligatorias de acceso gratuito siempre que exista un consumo dentro de la plaza comercial.
Esta fórmula busca equilibrar intereses sin desconocer los derechos de quienes operan los establecimientos. El objetivo se centra en evitar que el estacionamiento funcione como una barrera económica previa al consumo, sobre todo en contextos donde no existen opciones reales de acceso sin automóvil.
Vacío normativo que afecta a las familias
El diputado explicó que la protección de los derechos de los consumidores forma parte del núcleo del sistema jurídico mexicano, aunque el marco actual no contempla una normatividad que resguarde a la ciudadanía frente al pago por estacionamiento en plazas comerciales. En la práctica, las personas usuarias quedan sujetas a esquemas de cobro desregulados.
El entorno jurídico, institucional y económico, de acuerdo con la exposición, favorece de manera sistemática al proveedor. Esto deriva en condiciones variables, tarifas poco claras y ausencia de mecanismos efectivos de defensa para quienes acuden a estos espacios de consumo cotidiano.
Dos horas de acceso gratuito como derecho
La iniciativa propone modificar el artículo 7 de la Ley Federal de Protección al Consumidor para establecer la obligación de garantizar el uso gratuito del estacionamiento durante al menos las primeras dos horas a los consumidores. La medida aplica a quienes acrediten un consumo en alguno de los establecimientos de la plaza comercial.
El documento fue turnado a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad de la Cámara de Diputados. En su exposición de motivos, se subraya la intención de crear un marco jurídico equilibrado que proteja de manera efectiva a las personas consumidoras sin desconocer los derechos de los proveedores.
Movilidad, vulnerabilidad y acceso a servicios básicos
La propuesta reconoce que personas con movilidad reducida, adultos mayores y otros grupos en situación de vulnerabilidad dependen del automóvil para acceder a bienes y servicios básicos. Para estos sectores, el cobro por estacionamiento representa una carga adicional que incide de forma directa en su economía diaria.
Desde esta perspectiva, el estacionamiento se define como un servicio accesorio del derecho al consumo. Cobrarlo, bajo estas condiciones, se plantea como una práctica abusiva que traslada al consumidor un costo que condiciona el acceso mismo al mercado.
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Sin auto y sin certeza: la realidad de familias tras un accidente vial
Ciudad de México.— El choque vehicular ocurre en segundos, pero un accidente vial no termina cuando se apaga el motor, inicia un periodo de incertidumbre que impacta la rutina familiar, el empleo y la economía del hogar.
Vacío legal que prolonga la espera
El diputado de Movimiento Ciudadano, Francisco Javier Farías Bailón, advirtió que la legislación vigente no establece tiempos máximos ni mecanismos de compensación frente a retrasos prolongados en la reparación de vehículos asegurados. Esta omisión normativa deja a los usuarios sin herramientas efectivas para exigir el cumplimiento del contrato cuando el proceso se extiende más allá de lo razonable.
Dijo que el impacto no se limita al ámbito administrativo. Para familias y trabajadores, el automóvil cumple una función central en el traslado diario, el acceso al empleo y la organización de la vida familiar. La falta del vehículo, tras un siniestro, implica gastos adicionales, pérdida de ingresos y ajustes forzados en la dinámica cotidiana.
Cifras que reflejan una afectación masiva
De acuerdo con la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, durante 2022 cerca del 50 por ciento de las quejas contra aseguradoras correspondieron a daños en automóviles, con 3 mil 972 reportes relacionados con retrasos en la reparación.
La tendencia continuó al inicio de 2023. En enero se registraron 753 quejas en la misma categoría, muchas vinculadas con demoras prolongadas. A este escenario se suma la escasez de autopartes, factor que ha extendido los tiempos de entrega de algunos días a varios meses, lo que profundiza la afectación para los asegurados.
Movilidad detenida, economía presionada
Farías Bailón señaló que la falta de un marco específico reduce la responsabilidad de las aseguradoras ante retrasos injustificados. Sin plazos definidos ni compensaciones obligatorias, los usuarios enfrentan procesos largos sin respaldo para cubrir los costos derivados de la falta de movilidad.
El diputado indicó que esta situación evidencia la necesidad de incorporar disposiciones claras que establezcan tiempos máximos y esquemas de compensación. El objetivo consiste en garantizar una protección integral al usuario y fortalecer la función reparadora del seguro, más allá de la atención al daño material.
Iniciativa: transporte como derecho durante la reparación
Ante este panorama, el legislador impulsa una reforma a la Ley sobre el Contrato de Seguro. La propuesta adiciona un artículo 144 Bis para obligar a las aseguradoras a cubrir los gastos de transporte del asegurado cuando, tras un siniestro, la reparación del vehículo exceda los 120 días naturales, hasta el momento de su entrega o sustitución.
La iniciativa, turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, busca reforzar la protección de los usuarios de seguros automotrices y garantizar el derecho a la movilidad, un elemento esencial para la vida laboral y familiar.
Función social del seguro y equilibrio contractual
El planteamiento legislativo amplía el alcance del seguro automotriz al atender los efectos indirectos de la falta de movilidad. Al contemplar el transporte alternativo, la propuesta incorpora una dimensión social que reconoce el impacto real de las demoras en la vida diaria de las personas aseguradas.
Además, la obligación de cubrir estos gastos introduce incentivos para que las aseguradoras optimicen sus procesos, fortalezcan la transparencia y asuman una mayor responsabilidad frente a los tiempos de reparación, lo que contribuye a restablecer el equilibrio entre empresas y consumidores.
Principios constitucionales y certeza para el usuario
La reforma se alinea con principios constitucionales como el derecho a la movilidad, la protección al consumidor, la buena fe contractual y el principio pro persona. Al mismo tiempo, ofrece a los usuarios una garantía adicional de seguridad y tranquilidad frente a un escenario que hoy genera desgaste económico y social.
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Cómo proteger a bebés y adultos mayores ante el virus sincicial respiratorio en invierno
Ciudad de México.— El virus sincicial respiratorio es una de las principales causas de infecciones respiratorias en bebés y niños pequeños. De acuerdo con la Biblioteca Nacional de Medicina de Estados Unidos, sus síntomas iniciales pueden confundirse con un resfriado, como tos o escurrimiento nasal. Sin embargo, en menores de un año, adultos mayores y personas con padecimientos previos, la infección puede evolucionar hacia bronquiolitis o neumonía, lo que incrementa el riesgo de hospitalización.
Durante la temporada invernal, la circulación del virus se intensifica, lo que obliga a los sistemas de salud a mantener vigilancia epidemiológica constante y a reforzar las estrategias de prevención en la población.
Aval sanitario y proceso de adquisición en marcha
La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios autorizó la vacuna contra el Virus Sincicial Respiratorio el 16 de diciembre. Tras este aval, la Secretaría de Salud inició el proceso de adquisición del biológico con el objetivo de contar con él en las clínicas del país y comenzar su aplicación durante el actual periodo invernal.
El secretario de Salud, David Kershenobich, informó que una vez concluida la compra se definirán los criterios específicos para su aplicación, de acuerdo con la evidencia clínica y el monitoreo de las enfermedades respiratorias agudas que realiza la dependencia de forma permanente.
¿Quiénes recibirán la vacuna contra el VSR?
La Cofepris otorgó dos registros a la vacuna bivalente recombinante contra el Virus Sincicial Respiratorio, tras un análisis regulatorio que incluyó la revisión de la documentación presentada por dos laboratorios. La autorización contempla su uso en dos grupos de la población considerados prioritarios.
Las personas que recibirán la vacuna son:
Mujeres embarazadas
Adultos mayores a partir de los 60 años
Protección desde el embarazo y en la vejez
En el caso de las mujeres embarazadas, la vacunación tiene como propósito proteger a los bebés desde el nacimiento hasta los seis meses de edad. La inmunización se realiza durante la gestación, entre las semanas 32 y 36, con el fin de que los anticuerpos maternos se transmitan al recién nacido.
Para los adultos mayores, la vacuna busca reducir el riesgo de enfermedad respiratoria aguda y de infecciones en vías respiratorias inferiores asociadas al Virus Sincicial Respiratorio, una de las causas frecuentes de complicaciones durante el invierno.
Vigilancia y aplicación conforme al riesgo epidemiológico
La Secretaría de Salud mantiene un seguimiento constante de las enfermedades respiratorias agudas en el país. Con base en este monitoreo, la autoridad sanitaria emitirá en su momento las indicaciones precisas para la aplicación de la vacuna, una vez que se encuentre disponible en el sistema público.
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