México
Instruye INAI a ISSSTE informar sobre“responsabilidad patrimonial del estado”
n específico, debe dar a conocer de cada expediente: número de juicio; sentido de la resolución; tipo de indemnización; monto aprobado; fecha, lugar y forma de pago.
Ciudad de México.- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) buscar e informar sobre los expedientes de reclamaciones presentadas en términos de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado, en el periodo de 2005 a 2012.
En específico, debe dar a conocer de cada expediente: número de juicio; sentido de la resolución; tipo de indemnización; monto aprobado; fecha, lugar y forma de pago; así como la fecha en que se realizaron los registros establecidos en el artículo 16 de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado.
Al presentar el caso ante el Pleno, la Comisionada Josefina Román Vergara señaló que en México la Responsabilidad Patrimonial del Estado es una figura prevista en el artículo 109 de la Constitución, en la que el Estado adquiere la obligación de indemnizar a quienes se vean afectados por una actuación administrativa irregular, entendida como aquella que causa daño a los bienes y derechos de los particulares.
Planteó que, en este caso, “la entrega de la información delimita dos cosas: la gestión pública del sujeto obligado, cuyo actuar administrativo pudo producir una afectación a los derechos y bienes de determinadas personas y la manera en que se pudo haber reparado el daño causado, lo que a su vez estaría vinculado con el uso de recursos públicos al generarse, en su caso, una indemnización”.
“Es por ello que la búsqueda exhaustiva de la información requerida en las áreas del sujeto obligado resulta ineludible, pues, además de garantizar el derecho de acceso a la información, con estas resoluciones se contribuye al cumplimiento de los objetivos de la Agenda 2030, a la transparencia y la rendición de cuentas y además a garantizar derechos humanos”, expuso.
Una persona solicitó información sobre las reclamaciones presentadas de 2005 a 2012. En respuesta, el ISSSTE, por conducto de la Dirección Normativa de Procedimientos Legales, señaló que no contaba con datos anteriores al 1 de abril de 2013, pues fue a partir de esa fecha cuando se le delegó la facultad de iniciar, sustanciar y resolver los procedimientos de responsabilidad patrimonial del Estado.
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Al respecto, proporcionó un registro de 876 expedientes administrativos sobre reclamaciones por responsabilidad patrimonial del Estado, presentadas entre 2013 y 2021.
Inconforme con la inexistencia de la información para el periodo requerido, la persona solicitante presentó un recurso de revisión ante el INAI. En sus alegatos, el ISSSTE reiteró su respuesta.
En el análisis del caso, a cargo de la ponencia de la Comisionada Román Vergara, se constató que, de acuerdo con el Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado y de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de junio de 2009, a partir del 13 de junio de ese mismo año, las dependencias y entidades, incluido el ISSSTE, adquirieron la atribución para conocer sobre las reclamaciones de responsabilidad patrimonial del Estado.
Se advirtió que, si bien en el periodo de 2005 a 2009 no correspondía al ISSSTE sustanciar y resolver las reclamaciones, sino al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, lo cierto es que, al asumir esa facultad, se le debió correr traslado de las demandas de reclamaciones presentadas en su contra y, por tanto, está en posibilidad de conocer las resoluciones correspondientes, sobre todo, en aquellos casos donde celebró convenios con los reclamantes, para fijar la indemnización y dar por concluida la controversia.
Finalmente, se constató que el ISSSTE omitió hacer una búsqueda exhaustiva en su Dirección General, la cual puede contar con la información del periodo requerido, pues cuenta con atribuciones para iniciar, sustanciar y resolver los procedimientos de responsabilidad patrimonial.
Por tanto, se concluyó que el ISSSTE puede contar con información sobre dichas reclamaciones; en ese sentido, el Pleno del INAI resolvió modificar su respuesta e instruirle realizar una búsqueda exhaustiva en la Dirección General, a efecto de que localice y entregue la información solicitada para el periodo de 2005 a 2012.
ARH
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México
Nacidos en febrero y mayo serán funcionarios de casilla para elección judicial
Ciudad de México.— El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó, mediante sorteo, que los meses de febrero y mayo servirán como base para la insaculación de los ciudadanos que integrarán las Mesas Directivas de Casilla durante los Procesos Electorales Locales (PEL) 2024-2025 y el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial de la Federación (PEEPJF) 2024-2025.
En el sorteo, se excluyeron los meses de marzo y abril, que fueron utilizados en el proceso electoral 2023-2024 para seleccionar a los ciudadanos que fungieron como funcionarios de casilla.
Las personas nacidas en febrero y mayo podrán ser convocadas por el INE para participar como funcionarios de mesas directivas de casilla en las elecciones locales de Durango y Veracruz, así como en la primera elección de jueces, magistrados y ministros en México, programada para el 1 de junio de 2025.
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Claudia Arlett Espino, secretaria ejecutiva del INE, explicó que los nacidos en febrero tendrán prioridad en este proceso, mientras que mayo servirá como base complementaria. Además, señaló que el INE realizará una segunda insaculación para determinar las letras de los apellidos de los ciudadanos que serán convocados.
En el marco de la reforma judicial aprobada en el Congreso de la Unión, las elecciones de junio de 2025 incluirán la designación de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, magistrados y jueces.
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Credencial para Votar vencida en 2024 ¿continuará vigente en elecciones de 2025?
Ciudad de México.— El pleno del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó que las Credenciales para Votar cuyo último día de vigencia es el 31 de diciembre de 2024, continúen vigentes hasta el día de la Jornada Electoral de las elecciones ordinarias y, en su caso, extraordinarias que se celebren con motivo de los PEL 2024-2025.
Asimismo, que los registros de las personas ciudadanas cuyas Credenciales para Votar se encuentren en este supuesto, sean excluidas del Padrón Electoral y de la Lista Nominal de Electores el día siguiente a la celebración de las jornadas electorales respectivas.
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Con corte al 31 de octubre de 2024, el número de registros de ciudadanas y ciudadanos residentes en los estados con PEL el próximo año, cuyas credenciales tienen como último día de vigencia el 31 de diciembre de 2024, asciende a un total de 478 mil 405 (91 mil 204 en Durango y 387 mil 201 en Veracruz).
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El político está sometido a intrigas palaciegas de su equipo y de la familia, asegura Ricardo Monreal
Ciudad de México.— El coordinador del Grupo Parlamentario de Morena en la Cámara de Diputados, advirtió que en la política se tiene que actuar con honestidad y rectitud, pese a que el político está sometido a vicisitudes, a intrigas palaciegas, a intrigas de su equipo y de la familia incluso, está sometido a golpes y elogios de los más cercanos que luego se convierten en detractores.
En ese sentido, Monreal Ávila sostuvo que cuando alguien amenaza con interponer una denuncia debe concretarla para que no quede mal frente a la población, y el denunciado debe exigir que se presente la denuncia, porque si son bases falsas o endebles queda en el escenario de la población que sí fue cierto, cuando fue producto de un mecanismo de maquinación o de invento por dañar la reputación de una persona.
“Esos son los grandes mensajes, por eso en la vida hay que resistir y por eso el que se dedica a la política es obligado ver estas obras, porque en el camino te vas a encontrar con todas ellas, incluso mentiras, insultos o reconocimientos y normalmente no debes dejar pendiente una mentira, una intriga o una acusación falsa, de eso habla el político y de eso habla Maquiavelo. No dejes abierto un expediente, tienes que cerrarlo”, aseveró.
Monreal Ávila indicó que el político tiene que exigir que se presente la denuncia y debe pedir, sí acuerdos, pero no pactos de impunidad. Sí acuerdos en beneficio de lo que se representa, pero no a cambio de impunidad, eso sería muy lamentable.
“Entonces hay que decir, presenta tus denuncias si tienes bases y que la autoridad aclare. No a la maquinación de delitos, no a la maniobra y construcción de argucias ilegales inexistentes, pero tampoco impunidad”.
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Proponen protocolos de atención para madres y padres en pérdidas perinatales
Ciudad de México.— La diputada del PRI Ana Isabel González González impulsa una iniciativa con el objetivo de establecer protocolos de atención en caso de pérdida gestacional, perinatal o neonatal, con manejo clínico y acompañamiento psicoemocional y mental a la madre y al padre, en todo el Sistema Nacional de Salud.
La propuesta de reformas a las leyes General de Salud, del Seguro Social, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, y Federal del Trabajo, plantea incluir la atención médica física y mental integral a la mujer durante el embarazo, el parto y el puerperio.
Señala que, en caso de pérdida perinatal o neonatal, la madre tendrá derecho a atención física y psicológica para vivir y superar su duelo y en esta etapa se le otorgará una licencia especial por posparto de seis meses, con el pago de salario íntegro, respetando en todo momento su dignidad como persona.
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Se establecerán protocolos específicos de atención física y psicológica, así como acompañamiento y seguimiento al proceso de duelo de madres y padres de familia, en casos de muerte perinatal o neonatal, estipula.
Asimismo, se activarán los protocolos correspondientes para otorgar a la madre la información necesaria respecto a los bancos de leche humana que le permita la donación de leche materna, respetando en todo momento su voluntad y sus derechos humanos.
Se menciona que las causas más importantes de defunciones están relacionadas con la diabetes, el parto prematuro, la hipertensión, las infecciones maternas, el embarazo prolongado y el consumo del tabaquismo.
Refiere que datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (NEGI) señalan que en 2023 se registraron 23 mil 541 defunciones fetales, las cuales pertenecen a una tasa nacional de 67.5 por cada 100 mil mujeres de edad fértil.
Agrega que, del total de fallecimientos fetales, 81.7 por ciento fue antes del parto, 17.2 durante el parto. Las entidades que obtuvieron tasas más altas fueron San Luis Potosí con 92.8 por ciento, Durango 91.1 por ciento y Estado de México con 89 por ciento.
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