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Detienen a mujer con 1.4 mdd en droga

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San Diego, EU.- Una mujer de 22 años fue arrestada en el cruce de la frontera con la Mesa de Otay cuando intentaba introducir a Estados Unidos un millón 400 mil dólares en tabletas de oxicodona, un medicamento controlado, informaron autoridades federales.

El arresto se registró el pasado miércoles en ese cruce fronterizo de San Diego, luego que el analgésico controlado fue encontrado en un compartimiento secreto del vehículo que conducía la mujer.

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Las 47 mil 340 tabletas de oxicodona encontradas en un compartimiento oculto bajo el carro de la mujer representan la mayor incautación de esa droga a lo largo de la frontera entre Estados Unidos y México en al menos cinco años, indicó la Oficina del Fiscal de Estados Unidos.

La mujer detenida, la estadounidense Adriana Morfin-Paniagua -residente en la ciudad mexicana de Tijuana- fue acusada de importar una sustancia controlada y en caso de ser hallada culpable enfrentaría una sentencia de hasta 22 años de prisión.

De acuerdo con la acusación, cuando Morfin-Paniagua intentó cruzar el puerto de entrada de la Mesa de Otay, el agente de aduanas detectó un olor a silicona por lo que utilizó un espejo para mirar debajo del automóvil Honda 1990, donde encontró los paquetes de la droga escondidos en el compartimento.

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En una zona de inspección secundaria, los oficiales utilizaron un elevador de automóvil y descubrieron 30 envases del medicamento controlado envueltos en plástico. Las tabletas de oxicodona eran de 40 mg, que de acuerdo con las autoridades en el mercado negro alcanzan un valor de 30 dólares por unidad.

Morfin-Paniagua admitió ante las autoridades que sabía que los paquetes ocultos contenían algún tipo de droga y que le habían prometido pagar entre mil y mil dólares por introducirla a Estados Unidos. (Notimex)

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Diciembre sin empleo: práctica que interrumpe derechos laborales

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Diciembre sin empleo: práctica que interrumpe derechos laborales
Foto Cuartoscuro

Ciudad de México.— La baja repentina del empleo en diciembre no siempre responde al fin de un contrato temporal. En muchos casos, se trata de una práctica recurrente que interrumpe la continuidad de derechos laborales, de seguridad social y de vivienda, con efectos directos en la vida cotidiana de familias trabajadoras que dependen de un ingreso estable.

Bajas en diciembre, recontrataciones en enero

El Gobierno de México identificó a patrones que, de manera sistemática, dan de baja a trabajadores ante el Instituto Mexicano del Seguro Social y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores durante diciembre, para reincorporarlas en enero del año siguiente. Esta práctica se repite en distintos sectores y afecta a trabajadores registrados como permanentes.

Entre noviembre y diciembre de 2024, el 63 por ciento de los puestos de trabajo perdidos correspondió a empleos permanentes. La cifra revela que no se trata de una variación estacional asociada a contratos temporales, sino de una dinámica que interrumpe relaciones laborales formales.

Impacto directo en derechos laborales y familiares

Las bajas injustificadas generan una ruptura en la continuidad de derechos. La interrupción del registro ante el IMSS afecta el acceso a servicios médicos y a la acumulación de semanas de cotización. En el caso del INFONAVIT, la baja detiene aportaciones para crédito de vivienda y altera la estabilidad financiera de los hogares.

Para las familias, el efecto se traduce en incertidumbre. La pérdida momentánea del empleo formal implica semanas sin cobertura plena y sin certeza sobre el ingreso, aun cuando la relación laboral se restablezca semanas después.

Recontrataciones que confirman la irregularidad

Durante enero de 2025, 142 mil 398 trabajadores que habían sido dadas de baja en diciembre de 2024 fueron recontratadas por la misma empresa. La coincidencia en los registros confirma que muchas de estas separaciones no respondieron a la naturaleza del trabajo ni al término de un contrato, sino a una práctica irregular.

Aunque la legislación reconoce la contratación temporal en ciertos casos, las personas recontratadas estaban registradas como trabajadores permanentes. En estos supuestos, la baja carece de justificación legal.

Advertencias a patrones y consecuencias legales

Ante este panorama, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, el IMSS y el INFONAVIT enviaron cartas a patrones que presuntamente incurren en estas prácticas. El objetivo es que revisen el manejo de su plantilla laboral conforme al marco normativo vigente y eviten acciones que vulneren derechos laborales o eludan obligaciones en materia de seguridad social.

El incumplimiento de estas obligaciones conlleva consecuencias legales. Las empresas pueden enfrentar responsabilidades administrativas y fiscales que ponen en riesgo sus finanzas y su operación.

Protección continua para trabajadores y familias

Las autoridades laborales subrayan la importancia de que los trabajadores y sus familias cuenten de manera ininterrumpida con todas las prestaciones que la ley reconoce. La estabilidad en el empleo formal no solo garantiza derechos individuales, también sostiene la protección social de millones de hogares en el país.

Para la atención de dudas:

IMSS ofrece el teléfono 800 623 2323, opción 5, luego opción 1.

INFONAVIT atiende a través de Infonatel Patrones en el 55 9171 5050 para la Ciudad de México y la zona metropolitana, así como 800 008 3900 (sin costo) desde cualquier parte del país.

En materia de derechos laborales, PROFEDET orienta en el 800 717 2942 y 800 911 7877.

El Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE) resuelve dudas en el 55 3067 3000 y 55 3000 2100 extensiones 20005, 63160, 65104, 65235, 65311 y 65344, así como mediante el correo electrónico [email protected]

Inspección Federal del Trabajo recibe quejas y denuncias a través del Sistema de Quejas y Accidentes Laborales (SIQAL) siqal.stps.gob.mx; así como en el 5520005700 extensiones 65338, 65354 y 65314 o mediante los correos electrónicos [email protected] y [email protected].

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¿Quiénes quedan fuera del aguinaldo y por qué no todos los empleados lo reciben?

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¿Quiénes quedan fuera del aguinaldo y por qué no todos los empleados lo reciben?
Foto Cortesía

Ciudad de México.— A medida que se acerca el cierre de año, surge una pregunta entre trabajadores y empleadores: ¿quiénes tienen derecho al aguinaldo?

La prestación del aguinaldo en México está regulada por la Ley Federal del Trabajo (LFT). En su Artículo 87 la ley establece: “Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos. Los que no hayan cumplido el año de servicios … tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste”.

Todos los trabajadores subordinados que presten servicios a un patrón bajo la LFT, ya sean de base, confianza, de planta, sindicalizados, por obra o tiempo determinado, eventuales, comisionistas, agentes de comercio o vendedores, entre otros, deben recibir el pago del aguinaldo.

Sin embargo, de acuerdo con datos de INEGI (al segundo trimestre de 2025) y el IMSS, alrededor del 45% de los trabajadores están registradas formalmente y, por ende, tienen derecho efectivo a esta prestación. El otro 55%, que labora en la informalidad, no goza regularmente de este beneficio.

En cifras absolutas, de los más de 65 millones de personas empleadas, aproximadamente 30 millones no reciben aguinaldo ni prestaciones.

“No importa si los trabajadores no han cumplido un año completo de trabajo: en ese caso, reciben la parte proporcional del aguinaldo conforme al tiempo laborado. Si cambiaron de empleo durante el año o renunciaron antes del 20 de diciembre —o ya no trabajan al momento del pago— también tienen derecho a su parte proporcional. El aguinaldo no puede pagarse en especie: debe ser en efectivo (o depósito bancario) y en moneda nacional”, asegura Fernando Rojas, abogado experto en el tema laboral y socio CEO de ESSAD, firma especializada en el desarrollo empresarial.

A decir de Rojas, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) subraya que el aguinaldo es un derecho irrenunciable, y que ningún patrón puede usar como excusa dificultades económicas o falta de utilidades para no pagarlo o reducir su monto.

¿Quiénes no tienen derecho al aguinaldo?

  1. Profesionistas independientes o trabajadores por honorarios
    Quienes facturan sus servicios y no tienen un vínculo laboral directo con una empresa generalmente no tienen derecho al aguinaldo, ya que operan como prestadores de servicios y no como empleados.
  2. Personal contratado por proyectos sin relación laboral
    Si el contrato especifica que no existe relación de trabajo y se trata de un servicio externo, el empleador no está obligado a pagar aguinaldo.
  3. Emprendedores y socios de empresas
    Las personas que trabajan para su propio negocio o que reciben ingresos como socios no reciben aguinaldo, aunque sí pueden otorgárselo voluntariamente a sí mismos como política interna.
  4. Pasantes o becarios sin contrato laboral
    En la mayoría de los casos, los programas de prácticas profesionales no incluyen prestaciones, salvo que la empresa establezca un contrato laboral formal.

¿Qué deben hacer las empresas para pagar correctamente?

Para cumplir con la ley, ESSENTIA ADVISORY recomienda a las empresas y patrones:

Pagar cada año el aguinaldo a más tardar el 20 de diciembre.

Asegurarse de ofrecer como mínimo 15 días de salario a quienes hayan trabajado todo el año.

Calcular la parte proporcional si el trabajador no completó el año, tomando en cuenta el tiempo laborado.

Pagar en efectivo o con transferencia/depósito en moneda nacional, sin condicionar el pago al trabajador ni cubrirlo en especie.

“Estas obligaciones aplican indistintamente al tipo de trabajador —base, eventual, comisionista, empleado del hogar, etc.— siempre que exista una relación de subordinación regulada por la LFT”, aclara Jesús Moscoso, CEO de ESSAD.

¿Qué pasa si la empresa no paga o lo hace tarde?

La LFT contempla sanciones para los patrones que incumplan el pago de aguinaldo. En concreto:
El incumplimiento (no pagar, pagar incompleto o fuera de plazo) puede generar una multa conforme al Artículo 1002 de la LFT.

Dicha multa puede ir —según la ley y dependencia inspectora— de 50 a 5,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Además, los trabajadores tienen hasta un año para reclamar el pago del aguinaldo desde el día siguiente al que debió ser pagado.

Como expertos en la gestión de talento humano, lo que aconsejamos es hacer una proyección anticipada y precisa del aguinaldo. Así, como empresa, puedes cumplir con la normativa legal, proteger tu flujo de caja: Planifica tus pagos sin comprometer tu estabilidad financiera y proyectar estabilidad hacia el mercado”, concluye Moscoso.

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Los desafíos de las parejas que emprenden juntas

No es sencillo

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Foto: Pexels

Ciudad de México.— Cada vez más parejas deciden emprender o trabajar juntas. Esa decisión ofreció ventajas, pero también planteó desafíos importantes cuando no separaron lo laboral y lo personal.

Cuando los conflictos personales invadieron la oficina o la rutina, la convivencia laboral se volvió compleja. Esa situación puso en riesgo tanto la relación como la salud del negocio.

Un joven matrimonio compartió su experiencia. Ángel Villa y Jocelyne González transformaron su pasión por la música en un ministerio común. Ellos admitieron que entendieron algo esencial: ser pareja y socios demandó reflexión, acuerdos claros y respeto por los límites entre casa y trabajo.

“Somos dos personas imperfectas conviviendo todo el tiempo”, dijo la pareja. Destacaron que decidieron separar los espacios: en la casa no hablarían de cables del equipo, y en el trabajo no mencionarían calcetines tirados en el hogar. Esa división les permitió convivir y colaborar sin mezclar responsabilidades.

Ambos coincidieron en que la clave residió en aceptar que, aunque vivían juntos, el hogar y el trabajo son mundos diferentes. Ese reconocimiento los ayudó a mantenerse unidos y mantener su proyecto creativo con claridad.

Riesgos reales cuando no se oponen límites

Estudios sobre parejas que trabajan juntas advierten los retos de juntar amor y negocios. Muchos investigadores identifican una tensión frecuente: la falta de límites claros entre lo laboral y lo doméstico. Esa dilución puede generar desgaste, agotamiento o conflictos emocionales que trascienden al negocio.

También se observó que el rol compartido puede generar confusión. A veces uno asume decisiones mientras el otro se siente subordinado. Eso provocó tensiones internas y resentimiento.

Más para leer: La realidad de la precariedad oficinista en México

Si la pareja no define responsabilidades y no conversa con honestidad, las diferencias en estilo de trabajo, expectativas y prioridades pueden deteriorar tanto la relación como la empresa.

Estrategias que favorecieron su emprendimiento en pareja

Según expertos, una de las claves es la comunicación constante y honesta. Las parejas exitosas acordaron jornadas claras, espacios libres de trabajo en casa y roles definidos en el negocio.

El matrimonio entrevistado siguió esas recomendaciones. Realizaron “juntas matrimoniales”, para conversar sobre desacuerdos o agradecer logros. Acordaron que ningún conflicto doméstico se trasladara al lugar de trabajo y viceversa.

También destacaron la necesidad de verse como un equipo: reconocieron que juntos podían aprovechar sus fortalezas. Esa actitud generó colaboración, acompañamiento mutuo y una visión compartida del proyecto.

¿Por qué vale la pena planear con anticipación?

Cuando dos personas deciden trabajar juntas, la ilusión suele ser grande. Pero los expertos advierten: sin límites claros ni diálogo, la mezcla de roles puede tensar la relación. Separar espacios, definir funciones y respetar tiempos personales puede marcar la diferencia.

En su caso, Ángel y Jocelyne lograron armonizar su vida matrimonial con su apostolado. Su experiencia demuestra que, con acuerdos claros y respeto mutuo, trabajar en pareja puede fortalecer tanto la relación como el proyecto compartido.

JAHA

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Ingreso de 2026: empatar el salario mínimo con la vida diaria

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Ingreso de 2026: empatar el salario mínimo con la vida diaria
Foto Cuartoscuro

Ciudad de México.— El anuncio de un incremento al salario mínimo para 2026 abre una expectativa sobre el ingreso de millones de familias. En los hogares donde cada peso define decisiones cotidianas surge una pregunta ¿el aumento permitirá cubrir lo esencial o continuará la presión del costo de la vida?

Ajuste que busca empatar el ingreso con las necesidades reales

El gobierno federal acordó con los sectores obrero y patronal un incremento de 13% al salario mínimo general a partir del 1 de enero de 2026. Será de 315.04 pesos diarios a nivel general, lo que representa 9 mil 582.47 pesos mensuales; y de 5 por ciento en la Zona Libre de la Frontera Norte (ZLFN) para quedar en 440.87 pesos diarios y en 13 mil 409.80 pesos mensuales.

El secretario del Trabajo y Previsión Social, Marath Baruch Bolaños López, informó que el poder adquisitivo del salario mínimo registra un crecimiento acumulado en ocho años y que en la frontera permanece arriba del máximo histórico. Bajo ese parámetro, dijo, la capacidad para adquirir la canasta básica se estima en dos unidades en 2026 y en 2.8 en la franja fronteriza.

Este incremento coincide con un proceso de revisión impulsado por organizaciones civiles. Acción Ciudadana Frente a la Pobreza entregó a la Conasami una propuesta técnica que calcula el costo de la canasta básica en 4 mil 750 pesos para 2026. Su planteamiento sostiene que el salario mínimo general debe alcanzar 9 mil 700 pesos mensuales, equivalentes a 323.33 pesos diarios, con el propósito de cubrir dos canastas básicas y cumplir un criterio constitucional.

El precio de la canasta básica presiona a los hogares

El reajuste salarial llega en un contexto definido por el costo de los productos esenciales. El INEGI informó que la canasta alimentaria aumentó 2.9% en zonas rurales y 4.3% en urbanas durante octubre de 2025, una variación superior a la inflación general anual en las ciudades.

Los ingresos necesarios para adquirir la canasta alimentaria fueron de mil 844.15 pesos en el ámbito rural y de 2 mil 450.01 en el urbano. Para la canasta alimentaria y no alimentaria, el costo ascendió a 3 mil 411.88 pesos en zonas rurales y a 4 mil 759.91 en zonas urbanas.

Entre los productos con mayor incidencia al alza se ubicaron alimentos consumidos fuera del hogar, cortes de res y leche pasteurizada. En los gastos no alimentarios aumentaron los rubros de educación, cultura, recreación, vivienda y servicios de conservación.

La canasta básica es el referente utilizado para medir el costo de vida. Incluye alimentos, artículos de higiene personal, servicios esenciales de vivienda, educación, transporte, salud y entretenimiento. Su función es orientar políticas públicas, evaluar condiciones de seguridad alimentaria y medir la capacidad de las familias para cubrir necesidades esenciales.

Debate sobre suficiencia, productividad y efectos económicos

La revisión del salario mínimo para 2026 ocurre bajo un criterio sostenido desde 2017. La propuesta de Acción Ciudadana Frente a la Pobreza sugiere mantener la fórmula de recuperación gradual con dos componentes, un monto independiente de recuperación y un ajuste por inflación.

En la argumentación presentada por esa organización, Rogelio Gómez Hermosillo, presidente ejecutivo de Acción Ciudadana Frente a la Pobreza, señala que el salario mínimo y los salarios generales no son equivalentes. Expone que los incrementos al salario mínimo no se trasladan automáticamente a los precios y sostiene que su efecto sobre la inflación es nulo.

Agrega que los retos de productividad dependen de inversión, tecnología, capacitación y organización empresarial, factores que influyen en el conjunto de salarios y no en el mínimo de forma directa.

La propuesta retoma un compromiso asumido por el sector empresarial en 2018 y por el gobierno federal al inicio del sexenio anterior. Bajo esa lógica, el aumento de 2026 se considera un paso para cumplir metas previas y avanzar hacia el objetivo de 2030, cuando el salario mínimo debería cubrir dos y media canastas básicas.

La pobreza y los vacíos que aún presionan a las familias

Organizaciones civiles impulsan la iniciativa “10 Rutas”, un esfuerzo que busca articular políticas contra la pobreza. Su punto de partida señala un ritmo insuficiente para cumplir la meta en el 2030. Aunque la pobreza disminuyó de 42% a 30% entre 2016 y 2024, varios estados no lograrán reducirla a la mitad en ese periodo.

El análisis identifica factores que influyen en la reproducción del rezago: desnutrición en la primera infancia, rezago educativo, dificultades para continuar estudios, obstáculos para acceder a trabajos dignos, exclusión laboral de mujeres por tareas de cuidado, falta de servicios de salud para personas con empleos informales y desventajas estructurales en comunidades indígenas y rurales.

Los datos incluyen otros factores: 55% de trabajadores con salario insuficiente, 9% de población en pobreza alimentaria, 38% de personas con discapacidad en pobreza por ingresos y 20% de población afectada por fenómenos climáticos.

Las “10 Rutas” plantean acciones que abarcan atención temprana, calidad educativa, inclusión laboral, formación técnica, servicios de cuidados, alternativas de economía social, cobertura de salud, vinculación de programas sociales con derechos y modelos productivos sostenibles. La iniciativa señala la necesidad de recursos públicos adicionales mediante una reforma hacendaria progresiva y una reasignación de presupuesto.

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