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¿Debe renunciar el subsecretario de Salud Hugo López-Gatell?

El Abogado Constitucionalista Dr. Erazo Juárez analizó la exigencia de nueve gobernadores que piden su cabeza

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Ciudad de México.- Es un hecho jurídico irrefutable que el Gobierno mexicano tiene la obligación de proteger la salud de los mexicanos y éste deposita esa responsabilidad, de acuerdo con la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en la Secretaría de Salud, la cual está integrada por un Secretario y varios Subsecretarios, los cuales toman las decisiones conducentes para atender la salud de los mexicanos.

De acuerdo con el Dr. Fredy Erazo Juárez, abogado constitucionalista que llevó a cabo un análisis detallado de esta exigencia por parte de nueve gobernadores integrantes de la llamada Alianza Federalista, haciendo a un lado si el subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, Hugo López Gatell, es o no un perfil con experiencia y capacidad para la toma de decisiones en el marco de la actual crisis sanitaria global por el COVID-19, técnicamente él solo sigue las indicaciones que la misma ley le faculta.

En este sentido, Erazo Juárez puntualizó que la Ley es clara y señala que en caso de epidemias graves, la Secretaría de Salud tiene la obligación de dictar las medidas preventivas para resguardar la salud de los mexicanos.

En entrevista, el Abogado Constitucionalista subrayó que la propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos menciona en su artículo 90 cómo será la Administración Pública Federal y explica que “los negocios del orden administrativo de la Federación estarán a cargo de las Secretarías de Estado”. Las leyes determinarán las relaciones entre las entidades federativas y el Ejecutivo Federal, o entre éstas y las Secretarías de Estado.

Ahora bien, qué instancia es la que interviene cuando los representantes de una o varias entidades federativas o estados de la República tienen desacuerdo con alguna Secretaría de Estado, en este caso con la Secretaría de Salud.

La Secretaría de Gobernación está facultada en este rubro por el Artículo 27. Señala que a ésta le corresponde el despacho de este tipo de asuntos en lo que toca a Política Interior; a la coordinación de los Secretarios de Estado y demás funcionarios de la Administración Pública Federal para garantizar el cumplimiento de las órdenes y acuerdos del titular del Ejecutivo Federal; y conducir las relaciones del Poder Ejecutivo con los demás Poderes de la Unión, con los órganos constitucionales autónomos, con los gobiernos de las entidades federativas, de los municipios y con las demás autoridades federales y locales.

En consecuencia, indicó el Dr. Erazo Juárez, siguiendo un silogismo lógico jurídico podríamos decir que, en primera instancia, las Secretarías de Estado son creadas y dependen del Ejecutivo federal; y en segundo lugar, el Ejecutivo federal le confiere la facultad de regir las Secretarías de Estado a la Secretaría de Gobernación, que a su vez rige también las relaciones del Ejecutivo con los gobiernos de las entidades federativas.

En conclusión, la Secretaría de Gobernación puede dirimir las controversias políticas entre las Secretarías de Estado y las entidades federativas. Por lo tanto, los Gobernadores inconformes no tienen facultad alguna para destituir o exigir la destitución de un Secretario o Subsecretario de Estado, sólo lo puede hacer el propio Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Gobernación.

En este entendido, lo conducente para los titulares del Poder Ejecutivo en sus estados, en este caso para los gobernadores inconformes, sería presentar su queja fundamentada y motivada ante la Secretaría de Gobernación.

La otra posibilidad, de acuerdo con el Artículo 37, es que a la Secretaría de la Función Pública (SFP) le corresponde investigar las conductas de los servidores públicos de la Administración Pública Federal que puedan constituir responsabilidades administrativas, así como substanciar los procedimientos correspondientes conforme a lo establecido en la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

A la SFP también le corresponde establecer mecanismos internos para que la Administración Pública Federal prevenga actos u omisiones que pudieran constituir responsabilidades administrativas. Así que esto lo tendrían que hacer de acuerdo con la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

En sus argumentos los gobernadores inconformes aseguran que la estrategia de la que el subsecretario Hugo López-Gatell forma parte ha costado miles de vidas. Además, lo señalan de ser responsable de la crisis actual y de actuar políticamente.

En este sentido, de acuerdo con el Dr. Erazo Juárez, el Gobierno federal tiene varios elementos para argumentar en contra de lo que señalan estos nueve gobernadores, empezando por las políticas de prevención que inició estableciendo prácticamente de forma inmediata con la campaña ‘quédate en casa’ y para mantener la ‘sana distancia’.

También rehabilitó de forma expedita los hospitales, equipándolos con lo necesario para establecer áreas COVID; asimismo gestionó acuerdos de colaboración con hospitales privados con el objeto de coadyuvar para mitigar la demanda del uso de los mismos derivado de la pandemia; gestionó incluso en el extranjero, en solicitud al presidente estadounidense Donald Trump, los ventiladores suficientes para atender la demanda.

Ahora bien, las circunstancias extraordinarias de pandemia o emergencia nacional ¿qué papel juegan? Son en definitiva un factor al que el Gobierno federal ha estado haciendo frente día con día, hora con hora, minuto a minuto. El papel que juegan preponderantemente estas circunstancias es de reto y desafío para comprender que la capacidad de atención es medida a través de una reacción especializada y eficaz en beneficio de la sociedad.

Si la discusión los gobernadores se centrara en el perfil del subsecretario López-Gatell, en debatir si está calificado para este tema o no, valdría la pena ponderar si en este encargo en este momento especifico podría estar un perfil no técnico ni científico; también valdría la pena preguntar si los gobernadores podrían estar haciendo uso político del tema.

Los más curiosos, consideró el Dr. Erazo Juárez, deberán revisar a detalle la historia curricular del Subsecretario. Una vez hecho esto y luego del análisis de estos elementos a través de una óptica jurídica, para algunos podría estar claro que los gobernadores están generando acciones de “politiquería”, ya que no existen elementos cualitativos ni cuantitativos que hayan sido generados por las decisiones tomadas por el subsecretario López Gatell que puedan demostrar su negligencia, abuso, excesos en sus funciones o incapacidad para atender una pandemia.



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Nacidos en febrero y mayo serán funcionarios de casilla para elección judicial

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Nacidos en febrero y mayo serán funcionarios de casilla para elección judicial
Foto @INEMexico

Ciudad de México.— El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó, mediante sorteo, que los meses de febrero y mayo servirán como base para la insaculación de los ciudadanos que integrarán las Mesas Directivas de Casilla durante los Procesos Electorales Locales (PEL) 2024-2025 y el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial de la Federación (PEEPJF) 2024-2025.

En el sorteo, se excluyeron los meses de marzo y abril, que fueron utilizados en el proceso electoral 2023-2024 para seleccionar a los ciudadanos que fungieron como funcionarios de casilla.

Las personas nacidas en febrero y mayo podrán ser convocadas por el INE para participar como funcionarios de mesas directivas de casilla en las elecciones locales de Durango y Veracruz, así como en la primera elección de jueces, magistrados y ministros en México, programada para el 1 de junio de 2025.

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Claudia Arlett Espino, secretaria ejecutiva del INE, explicó que los nacidos en febrero tendrán prioridad en este proceso, mientras que mayo servirá como base complementaria. Además, señaló que el INE realizará una segunda insaculación para determinar las letras de los apellidos de los ciudadanos que serán convocados.

En el marco de la reforma judicial aprobada en el Congreso de la Unión, las elecciones de junio de 2025 incluirán la designación de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, magistrados y jueces.

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Credencial para Votar vencida en 2024 ¿continuará vigente en elecciones de 2025?

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Credencial para Votar vencida en 2024 ¿continuará vigente en elecciones de 2025?
Foto Cuartoscuro

Ciudad de México.— El pleno del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó que las Credenciales para Votar cuyo último día de vigencia es el 31 de diciembre de 2024, continúen vigentes hasta el día de la Jornada Electoral de las elecciones ordinarias y, en su caso, extraordinarias que se celebren con motivo de los PEL 2024-2025.

Asimismo, que los registros de las personas ciudadanas cuyas Credenciales para Votar se encuentren en este supuesto, sean excluidas del Padrón Electoral y de la Lista Nominal de Electores el día siguiente a la celebración de las jornadas electorales respectivas.

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Con corte al 31 de octubre de 2024, el número de registros de ciudadanas y ciudadanos residentes en los estados con PEL el próximo año, cuyas credenciales tienen como último día de vigencia el 31 de diciembre de 2024, asciende a un total de 478 mil 405 (91 mil 204 en Durango y 387 mil 201 en Veracruz).

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El político está sometido a intrigas palaciegas de su equipo y de la familia, asegura Ricardo Monreal

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El político está sometido a intrigas palaciegas de su equipo y de la familia, asegura Ricardo Monreal
Foto Cuartoscuro

Ciudad de México.— El coordinador del Grupo Parlamentario de Morena en la Cámara de Diputados, advirtió que en la política se tiene que actuar con honestidad y rectitud, pese a que el político está sometido a vicisitudes, a intrigas palaciegas, a intrigas de su equipo y de la familia incluso, está sometido a golpes y elogios de los más cercanos que luego se convierten en detractores.

En ese sentido, Monreal Ávila sostuvo que cuando alguien amenaza con interponer una denuncia debe concretarla para que no quede mal frente a la población, y el denunciado debe exigir que se presente la denuncia, porque si son bases falsas o endebles queda en el escenario de la población que sí fue cierto, cuando fue producto de un mecanismo de maquinación o de invento por dañar la reputación de una persona.

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“Esos son los grandes mensajes, por eso en la vida hay que resistir y por eso el que se dedica a la política es obligado ver estas obras, porque en el camino te vas a encontrar con todas ellas, incluso mentiras, insultos o reconocimientos y normalmente no debes dejar pendiente una mentira, una intriga o una acusación falsa, de eso habla el político y de eso habla Maquiavelo. No dejes abierto un expediente, tienes que cerrarlo”, aseveró.

Monreal Ávila indicó que el político tiene que exigir que se presente la denuncia y debe pedir, sí acuerdos, pero no pactos de impunidad. Sí acuerdos en beneficio de lo que se representa, pero no a cambio de impunidad, eso sería muy lamentable.

“Entonces hay que decir, presenta tus denuncias si tienes bases y que la autoridad aclare. No a la maquinación de delitos, no a la maniobra y construcción de argucias ilegales inexistentes, pero tampoco impunidad”.

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Proponen protocolos de atención para madres y padres en pérdidas perinatales

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Proponen protocolos de atención para madres y padres en casos de pérdidas perinatales
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Ciudad de México.— La diputada del PRI Ana Isabel González González impulsa una iniciativa con el objetivo de establecer protocolos de atención en caso de pérdida gestacional, perinatal o neonatal, con manejo clínico y acompañamiento psicoemocional y mental a la madre y al padre, en todo el Sistema Nacional de Salud.

La propuesta de reformas a las leyes General de Salud, del Seguro Social, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, y Federal del Trabajo, plantea incluir la atención médica física y mental integral a la mujer durante el embarazo, el parto y el puerperio.

Señala que, en caso de pérdida perinatal o neonatal, la madre tendrá derecho a atención física y psicológica para vivir y superar su duelo y en esta etapa se le otorgará una licencia especial por posparto de seis meses, con el pago de salario íntegro, respetando en todo momento su dignidad como persona.

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Se establecerán protocolos específicos de atención física y psicológica, así como acompañamiento y seguimiento al proceso de duelo de madres y padres de familia, en casos de muerte perinatal o neonatal, estipula.

Asimismo, se activarán los protocolos correspondientes para otorgar a la madre la información necesaria respecto a los bancos de leche humana que le permita la donación de leche materna, respetando en todo momento su voluntad y sus derechos humanos.

Se menciona que las causas más importantes de defunciones están relacionadas con la diabetes, el parto prematuro, la hipertensión, las infecciones maternas, el embarazo prolongado y el consumo del tabaquismo.

Refiere que datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (NEGI) señalan que en 2023 se registraron 23 mil 541 defunciones fetales, las cuales pertenecen a una tasa nacional de 67.5 por cada 100 mil mujeres de edad fértil.

Agrega que, del total de fallecimientos fetales, 81.7 por ciento fue antes del parto, 17.2 durante el parto. Las entidades que obtuvieron tasas más altas fueron San Luis Potosí con 92.8 por ciento, Durango 91.1 por ciento y Estado de México con 89 por ciento.

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